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Decreto Local 008 de 2020 Alcaldía Local de San Cristóbal

Fecha de Expedición:
27/02/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/02/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6749 del 03 de marzo de 2020
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 008 DE 2020

 

(Febrero 27)

 

Por el cual se ajustan las obligaciones por pagar en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal de 2020

 

EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto 372 del 2010 en su artículo 36 estipula que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que de acuerdo a lo normado en la circular conjunta No. 2 del 2019 y la resolución SDH -000191 del 2017 Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital Modulo 3 punto 4.5 Casos de Ajustes a las Obligaciones por Pagar

 

Que mediante comunicación No.2020EE24901 del 26 de febrero de 2020, la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el Ajuste Presupuestal del F.D.L. de San Cristóbal.

 

Que mediante comunicación No 2-2020-06760 del 13 de febrero de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del F.D.L. de San Cristóbal.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia Fiscal 2020, conforme al siguiente detalle:


 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de su expedición.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de febrero del año 2020

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

JUAN CARLOS SOSA RODRÍGUEZ

 

Alcalde Local de San Cristóbal (E.)