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Decreto Local 009 de 2020 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
14/05/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/05/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6814 del 24 de mayo de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 009 DE 2020

 

(Mayo 14)

 

Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2020

 

LA ALCALDESA LOCAL DE SUMAPAZ

 

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, determina que el Alcalde por Decreto incrementará o reducirá el monto de obligaciones por pagar al monto real, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz apropió en la vigencia 2020 Obligaciones por Pagar por $36.166.686.000, el cual es superior al valor de $28.610.579.958, correspondiente a las obligaciones constituidas a 31 de diciembre de 2019.

 

Que en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local, debe ajustar las Obligaciones por pagar en los Gastos de Funcionamiento e Inversión y Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores, hasta el monto de las Obligaciones por pagar realmente,

 

Constituidas a 31 de diciembre de 2019.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, debe ajustar el agregado de obligaciones por pagar de Gastos de Funcionamiento e Inversión.

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación expidió concepto favorable al Ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación No. 2- 2020-13752 del 17 de marzo 2020.

 

Que mediante comunicación N°2020EE53547 del 11 de mayo de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal de las Obligaciones por Pagar del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz.

 

Que, en mérito de lo expuesto anteriormente, al Alcaldesa Local de Sumapaz;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el agregado de Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento e Inversión, en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia fiscal del 2020, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

 AUMENTO

 REDUCIR

3

GASTOS

     73.673.488

     7.629.779.530

3,1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

                  -  

       304.927.616

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

                  -  

       304.927.616

3-1-8-90

Obligaciones por Pagar Funcionamiento

                  -  

       304.927.616

3-1-8-90-01

Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior

                  -  

       283.023.403

3-1-8-90-02

Obligaciones por Pagar Otras Vigencias

                  -  

         21.904.213

3,3

INVERSIÓN

     73.673.488

     7.324.851.914

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

     73.673.488

     7.324.851.914

3-3-6-15

Bogotá Mejor para todos

73.673.488  

     1.501.883.860

3-3-6-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

                  -  

     1.170.973.612

3-3-6-15-01-03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

                  -  

               57.452

3-3-6-15-01-03-1334

Mejores oportunidades para la población vulnerable

                  -  

               57.452

3-3-6-15-01-04

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

                  -  

       694.312.193

3-3-6-15-01-04-1340

Prevención de riesgos y acciones de mitigación

                  -  

       694.312.193

3-3-6-15-01-11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

                  -  

       476.603.967

3-3-6-15-01-11-1353

Acciones para la promoción de la cultura, la recreación y el deporte

                  -  

       476.603.967

3-3-6-15-02

Pilar Democracia urbana

                  -  

         29.401.643

3-3-6-15-02-17

Espacio público, derecho de todos

                  -  

           2.455.318

3-3-6-15-02-17-1358

Parques para todos y todas

                  -  

           2.455.318

3-3-6-15-02-18

Mejor movilidad para todos

                  -  

         26.946.325

3-3-6-15-02-18-1364

Movilidad para todos y todas

                  -  

         26.946.325

3-3-6-15-03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

                  -  

       152.348.500

3-3-6-15-03-19

Seguridad y convivencia para todos

                  -  

       152.348.500

3-3-6-15-03-19-1366

Seguridad y convivencia por una localidad en paz

                  -  

       152.348.500

3-3-6-15-05

Eje Transversal Desarrollo económico basado en conocimiento

                  -  

         47.623.396

3-3-6-15-05-36

Bogotá una ciudad digital

                  -  

         47.623.396

3-3-6-15-05-36-1368

Sumapaz digital

                  -  

         47.623.396

3-3-6-15-06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

     73.673.488

           8.362.038

3-3-6-15-06-41

Desarrollo rural sostenible

     73.673.488

           8.362.038

3-3-6-15-06-41-1356

Mejores condiciones para el acceso al agua potable

     73.673.488

                      -  

3-3-6-15-06-41-1382

Desarrollo rural sostenible y campesino

                  -  

           8.362.038

3-3-6-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

                  -  

         93.174.671

 

CÓDIGO

CONCEPTO

 AUMENTO

 REDUCIR

3-3-6-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

                  -  

         93.174.671

3-3-6-15-07-45-1375

Gobierno Local fortalecido y transparente

                  -  

         30.752.420

3-3-6-15-07-45-1377

Fortalecimiento de la participación y el control social

                  -  

         62.422.251

3-3-6-90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

                  -  

     5.822.968.054

TOTAL GASTOS

 

     73.673.488

  7.629.779.530

  

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de mayo del año 2020.

 

FRANCY LILIANA MURCIA DÍAZ

 

ALCALDESA LOCAL DE SUMAPAZ