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Resolución Reglamentaria 017 de 2020 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
28/08/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/08/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6896 del 30 de agosto de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 017 DE 2020

 

(Agosto 28)


Derogada por el art. 3, Resolución Reglamentaria 016 de 2021

 

Por la cual se adopta la nueva versión de un procedimiento del Proceso de Gestión Documental en la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

LA CONTRALORA DE BOGOTÁ D.C. (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C. y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional los procedimientos para la ejecución de procesos y la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo 658 de 2016, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., estableciendo en el artículo 6º que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo”.

 

Que el numeral 9 del artículo 38 del precitado Acuerdo, establece como una de las funciones de la Dirección de Planeación: “Realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de los demás sistemas implementados en la Entidad.”

 

Que en desarrollo de la implementación del Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información en la Entidad, se hace necesario identificar en las caracterizaciones de cada uno de los procesos del SIG, los requisitos que aplican a cada uno; por tanto, se requiere ajustar el Anexo de la “Estructura para caracterizar procesos” en el sentido de incorporar los requisitos del Subsistema de Seguridad de la información establecidos en la norma NTC-ISO-IEC 27001:2013.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 027 de agosto 25 de 2017, se adoptó la versión 11.0 del Procedimiento para mantener la información documentada del Sistema Integrado de Gestión – SIG, el cual requiere ser ajustado de acuerdo con la normatividad vigente y lo establecido en el párrafo anterior.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento del Proceso de Gestión Documental:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes velar por la administración, divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el artículo segundo de la Resolución Reglamentaria No. 027 de agosto 25 de 2017.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de agosto del año 2020.

 

MARÍA ANAYME BARÓN DURÁN

 

Contralora de Bogotá D.C. (E)


NOTA: Ver Anexo