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RESOLUCIÓN 129 DE 2020
(Octubre 05)
Por medio de la cual se corrige el artículo 22 de la Resolución 127 de 2020 “Por la cual se adopta el Reglamento Interno de los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos y se deroga la Resolución No. 673 de 2017
EL DIRECTOR PARA LA GESTIÓN POLICIVA
En uso de las facultades delegadas por el Secretario Distrital de Gobierno en las Resoluciones 0677 del 19 de julio de 2017 y 0993 del 30 de septiembre de 2020, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y Ver Resolución 120 de 2023, Secretaría Distrital de Gobierno.
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución No. 127 del 01 de octubre de 2020, esta Dirección para la Gestión Policiva adoptó el Reglamento Interno de los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos y derogó la Resolución No. 673 de 2017.
Que en el artículo 22 de la Resolución No. 127 del 01 de octubre de 2020 se estableció el cupo que cada Delegado para la Supervisión puede tener como indicativo máximo de asignación de delegaciones mensuales, disponiendo para el efecto las combinaciones posibles diferenciadas para sorteos y concursos y para espectáculos públicos.
Que no obstante en la parte en la que se relacionan las combinaciones posibles para sorteos y concursos, se cometió un error en la última, por cuanto se consignó la de dos(2) nocturnas, una (1) nocturna y una (1) diurna, la cual para los efectos equivale a la de tres (3) nocturnas y una (1) diurna que está en el mismo artículo ya relacionada; evidenciándose un error de transcripción en dicha combinación, ya que realmente debía corresponder a la de dos (2) festivas, una (1) nocturna y una (1) diurna.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011[1] , permite que cuando en los actos administrativos se evidencie la incursión en errores simplemente formales, en este caso de transcripción, estos puedan corregirse en cualquier tiempo, sin dar lugar al cambio en el sentido material de la decisión, ni revivir términos legales para demandarlo.
Que por lo anteriormente expuesto, esta Dirección para la Gestión Policiva encuentra procedente corregir el error de transcripción del artículo 22 de la Resolución 127 de 2020, y, por lo tanto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Corregir el artículo 22 de la Resolución 127 de 2020, ante la motivación expuesta en el presente acto administrativo, así:
“ARTÍCULO 22. Cupo. Cada Delegado para la Supervisión contará con un cupo indicativo máximo de asignación de delegaciones mensuales, en cualquiera de las siguientes combinaciones, así:
1. Para sorteos y concursos:
• Cuatro (4) diurnas y una (1) nocturna
• Cuatro (4) diurnas y una (1) festiva
• Tres (3) nocturnas y una (1) diurna
• Tres (3) festivas
• Tres (3) diurnas y dos (2) nocturnas
• Dos (2) diurnas y dos (2) festivas
• Dos (2) diurnas, una (1) nocturna y una (1) festiva
• Dos (2) nocturnas, una (1) festiva y una (1) diurna
• Dos (2) festivas, una (1) nocturna y una (1) diurna
• 2. Para espectáculos públicos:
• Cuatro (4) cines y cuatro (4) de otros.
PARÁGRAFO. Con miras a atender las necesidades del servicio y procurar la participación de los funcionarios que conformen la Lista de Delegados para la Supervisión, la Secretaría Distrital de Gobierno, según lo determine el acto administrativo respectivo, podrá modificar el cupo al que se refiere el presente artículo”.
ARTÍCULO 2.- Las demás disposiciones de la Resolución 127 de 2020, siguen sin modificación alguna manteniendo plena vigencia.
ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de octubre del año 2020.
ANDRÉS MÁRQUEZ PENAGOS
Director para la Gestión Policiva
NOTA DE PIE DE PÁGINA: [1] “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” |