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Resolución Reglamentaria 020 de 2003 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
14/03/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/03/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2840 de marzo 26 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 020 DE 2003

(Marzo 14)

Derogada por el art. 4, Resolución Contraloría Distrital 18 de 2006

Modificada por la Resolución de la Contraloría Distrital 30 de 2003 , Derogada Parcialmente por la Resolución de la Contraloría Distrital 48 de 2003

Por la cual se adoptan Procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Micro y se dictan otras disposiciones.

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO:

De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 «Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones», se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D.C.. «Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones», fija la estructura organizacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. y faculta al Contralor de Bogotá, D.C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la Ley y los Acuerdos.

El numeral 13 del artículo 42 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, «Elaborar y actualizar el manual de procedimientos de la Contraloría en coordinación con las demás dependencias».

De acuerdo con el artículo 45 ídem la Dirección Administrativa y Financiera debe proponer las políticas, planes y programas que en materia de servicios administrativos se deban desarrollar para el buen funcionamiento de la Entidad.

Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el Sistema de Gestión de la Calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad.

Que para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad se requiere adoptar procedimientos relacionados el Proceso de Prestación de Servicio Micro.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 004 del 6 de febrero de 2003, se adoptaron algunos Documentos y Procedimientos del Proceso de Prestación de Servicio Micro.

Que el objetivo del Sistema de Gestión de Calidad es el de implementar acciones correctivas y preventivas para mejorar continuamente el desempeño de los procesos, con el fin de aumentar la satisfacción de los clientes y de las partes interesadas.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 003 del 6 de febrero de 2003, se modificó el Manual de Fiscalización para Bogotá, D.C. MAFISBO 1.0; modificaciones que fueron implementadas en los Procedimientos diseñados para el Proceso de Prestación de Servicio Micro.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 21 de 2002, se adoptó el Instructivo para la Cuantificación de los Beneficios del Control Fiscal en la Contraloría de Bogotá, D.C.; instructivo que hace parte del Procedimiento para la «Cuantificación y Comunicación de Beneficios de Control Fiscal», el cual es adoptado por la presente Resolución.

Los procedimientos que se adoptan fueron objeto de revisión y aprobación por las Direcciones Sectoriales.

Ver la Resolución de la Contraloría Distrital 48 de 2003

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar los siguientes procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Micro, los cuales para todos los efectos legales forman parte integral de la presente Resolución:

1. Recepción y Verificación de la Cuenta, sobre la Gestión Fiscal entregada por los Sujetos de Control.

2. Sistema Distrital de Riesgo - SIDRI.

3. Seguimiento al Plan de Auditoría Sectorial - PAS.

4. Elaborar el Informe de Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral.

5. Administrar Modalidad de Auditoría Especial «Transversal».

6. Elaborar Papeles de Trabajo del Equipo Auditor del Proceso de Prestación de Servicio Micro.

7. Dar Conformidad al Plan de Mejoramiento.

8. Remisión de Información del Proceso Micro al Proceso Macro.

9. Indagación Preliminar.

10. Elaboración y Seguimiento del Control Fiscal de Advertencia.

11. Cuantificación y Comunicación de Beneficios de Control Fiscal.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar la Resolución Reglamentaria No. 004 del 6 de febrero de 2003 en los siguientes ítems:

1. Modificar en los siguientes procedimientos el numeral 3 relacionado con la Base Legal donde se incluye la frase «Manual de Fiscalización para Bogotá» y en su lugar agregar lo siguiente: Constitución Política de Colombia, artículos 268 y 272; Ley 42 de 1993, artículos 8 y 65 y Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 105:

· Procedimiento para el Control del Producto no Conforme.

· Procedimiento para la Identificación y Trazabilidad del Informe de Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral.

· Procedimiento Elaboración Memorando de Encargo de Auditoría.

· Procedimiento para Desarrollar Mesas de Trabajo.

· Procedimiento para la Elaboración del Memorando de Planeación.

· Elaborar Programas y Aplicación de Técnicas de Auditoría.

· Desarrollar Objetivos Subsectoriales.

2. Modificar la cuarta columna del Formato de Caracterización del Producto «Informe de Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral», la cual quedará para cada una de las características definidas como «Manual de Fiscalización para Bogotá».

3. Modificar la tercera columna del Plan de Calidad del Proceso de Prestación de Servicio Micro, la cual quedará para cada una de las actividades descritas como «Manual de Fiscalización para Bogotá».

4. Modificar en su totalidad el Procedimiento para Concluir Hallazgo de Auditoría.

5. Agregar al Analista Sectorial como ejecutor de la actividad No. 7 del procedimiento para la Elaboración del Menorando de Planeación, (página 6).

ARTÍCULO TERCERO.- Delegar en la Dirección de Planeación en coordinación con las Direcciones Sectoriales, la actualización de los procedimientos adoptados.

ARTÍCULO CUARTO.- Es responsabilidad del Contralor Auxiliar y de los Directores Sectoriales, velar por la administración, divulgación y mejoramiento de los procedimientos adoptados.

ARTÍCULO  QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 003 del 6 de febrero de 2003 y la Resolución Reglamentaria No. 21 de 2002.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de marzo de dos mil tres (2003).

JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE

Contralor de Bogotá, D.C.

Nota: Publicada en el Registro Distrital 2840 de Marzo 26 de 2003.

Los anexos de la presente Resolución pueden ser consultados en el Registro Distrital señalado.