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DECRETO 065 DE 2021
(Marzo 10)
“Por medio del cual se acepta una renuncia y se hace un encargo”
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 107 del 8 de abril de 2020, se nombró a la doctora Yuly Esmeralda Hernández Silva, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.032.365.459, en el empleo Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Teusaquillo.
Que
la Ley 909 de 2004 en su artículo 41, Literal d), señaló como causal de retiro
del servicio de quien desempeñe empleos de libre nombramiento y remoción la
renuncia regularmente aceptada, en los siguientes términos:
"ARTICULO 41. Causales de retiro del servicio. El retiro del servicio de quienes estén desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción y de carrera administrativa se produce en los siguientes casos:
d) Por renuncia regularmente aceptada;
(…)”
Que frente a la renuncia, el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto 648 de 2017, "por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 201 5, Reglamentario Unico de la Función Pública"., establece:
“Toda persona que sirva un empleo de voluntaria aceptación puede renunciarlo libremente en cualquier tiempo.
(…)
La competencia para aceptar renuncias corresponde aljçfe del organismo o al empleado en quien éste haya delegado la función nominadora.”
Que mediante comunicación radicada bajo el Número 20216300001083 de fecha 4 de marzo de 2021; la doctora Yuly Esmeralda Hernández Silva, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.032.365.459, presentó renuncia libre y espontánea al empleo de Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Teusaquillo, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Que
con el fin de garantizar la continua prestación de los servicios que ese
despacho tiene a su cargo, se hace necesario efectuar un encargo en el empleo
de Alcalde Local, Código 030, Grado 05, de la Alcaldía Local de Teusaquillo.
Que el artículo 2.2.5.9.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017 establece que "Hay encargo cuando se designa temporalmente a un empleado para asumir, total o parcialmente, las funciones de otro empleo vacante por falla temporal o definitiva de su titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.”
Que
la Directora de Gestión del Talento Humano de la Secretaría Distrital de
Gobierno certificó que la doctora Ana Dunia Pinzón Barón, identificada con
cédula de ciudadanía No. 23780262. Profesional Universitario Código 219 Grado 18,
de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno, no registra
sanciones disciplinarias, fiscales, ni penales. por lo cual podrá ser designada
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 10. Aceptar a partir del 11 de marzo de 2021, la renuncia libre y voluntaria presentada por la doctora Yuly Esmeralda Hernández Silva, identificada con cédula de ciudadanía No. 1032365459, en el empleo Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Teusaquillo.
Artículo 20. Encargar a partir del 11 de marzo de 2021, a la doctora Ana Dunia Pinzón Barón, identificada con cédula de ciudadanía No. 23780262, Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno, del empleo de Alcalde Local, Código 030, Grado 05, de la Alcaldía Local de Teusaquillo.
Artículo 30. Comunicar el contenido del presente Decreto a la doctoras Yuly Esmeralda Hernández Silva y Ana Dunia Pinzón Barón, a la Secretaría Distrital de Gobierno y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.; lo que se realizará a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos y direcciones de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.
Artículo 40. el presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de marzo del año 2021.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HENÁNDEZ
Alcaldesa Mayor
LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO
Secretarío Distrital de Gobierno
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