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Acuerdo 033 de 2021 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO

Fecha de Expedición:
24/05/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/05/2021
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 033 DE 2021

 

(mayo 24)

 

Por el cual se corrige un error en el inciso sexto y séptimo de la parte considerativa del Acuerdo N° 031 del 25 de marzo de 2021

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus facultades legales, estatutarias, en especial, la conferida en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo acordado en la sesión virtual llevada a cabo el 25 de marzo de 2021, los miembros de la Junta Directiva de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. emitieron concepto favorable a la adición de $9.261.413.383 al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. para la vigencia fiscal de 2021, para lo cual se expidió el Acuerdo 031 de 2021.

 

Que el inciso sexto de la parte considerativa del Acuerdo 031 de 2021 señala: “Que la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. presupuestó para la vigencia fiscal 2020 en el rubro Cuentas por Pagar de Funcionamiento $1.850.000.000; la cifra definitiva por este concepto a 31 de diciembre de 2020 fue de $2.952.777.484. La Empresa mediante traslados internos cubrió el 100% de estas cuentas, por lo que debe acreditar la suma de $1.102.777.484 a los Gastos de Funcionamiento de la vigencia.”

 

Que el inciso séptimo de la parte considerativa del Acuerdo 031 de 2021 señala: “Que la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. presupuestó para la vigencia fiscal 2020 en el rubro Cuentas por Pagar de Inversión $9.000.000.000; la cifra definitiva por este concepto a 31 de diciembre de 2020 fue de $14.122.101.649. La Empresa mediante traslado interno cubrió el 100% de estas cuentas, por lo que debe acreditar la suma de $5.122.101.649 a la inversión directa de la vigencia 2021.”

 

Que, conforme a lo anterior, se evidenció que en los incisos sexto y séptimo el año al que corresponde el valor presupuestado en las cuentas por pagar, tanto de funcionamiento como de inversión, corresponde al 2021 y no al 2020, como aparece.

 

Que, en este orden de ideas, se hace necesario efectuar la corrección de los incisos sexto y séptimo del Acuerdo 031 de 2021 con fundamento en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, el cual establece: “Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.

 

Que la corrección prevista en el presente Acuerdo cumple con los presupuestos del artículo en cita, por cuanto fue un error formal de digitación y no genera modificaciones en el sentido material de la decisión adoptada por la Junta Directiva de la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá D.C.

 

En virtud de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Corregir los incisos sexto y séptimo de la parte considerativa del Acuerdo 031 del 25 de marzo de 2021, los cuales quedarán así:

 

“Que la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. presupuestó para la vigencia fiscal 2021 en el rubro Cuentas por Pagar de Funcionamiento $1.850.000.000; la cifra definitiva por este concepto a 31 de diciembre de 2020 fue de $2.952.777.484. La Empresa mediante traslados internos cubrió el 100% de estas cuentas, por lo que debe acreditar la suma de $1.102.777.484 a los Gastos de Funcionamiento de la vigencia.

 

Que la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. presupuestó para la vigencia fiscal 2021 en el rubro Cuentas por Pagar de Inversión $9.000.000.000; la cifra definitiva por este concepto a 31 de diciembre de 2020 fue de $14.122.101.649. La Empresa mediante traslado interno cubrió el 100% de estas cuentas, por lo que debe acreditar la suma de $5.122.101.649 a la inversión directa de la vigencia 2021.”

 

Parágrafo. Las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo 031 del 25 de marzo de 2021 siguen sin modificación alguna y, por consiguiente, continúan vigentes y tienen plenos efectos.

 

Artículo 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2021

 

NADYA RANGEL RADA

 

Presidente

 

MARÍA CECILIA GAITÁN ROZO

 

Secretaria Técnica