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DECRETO 454 DE 2021
(Noviembre 11)
Por medio del cual se modifica la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7° del artículo 315 de la Constitución Política y 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá, crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014 se estableció la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda, la cual fue adicionada por el Decreto Distrital 608 de 2017 y modificada por el Decreto Distrital 835 de 2018.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Tesorería, DDT tiene la responsabilidad de asesorar en la formulación, coordinación, ejecución y control de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos en materia de recaudo, inversión y pago de los recursos a cargo del Tesoro Distrital.
Que en cumplimiento de este objeto y de las acciones para mejorar la gestión, la Dirección Distrital de Tesorería inició la implementación de la Cuenta Única Distrital - Nuevo Esquema de Pagos para los Establecimientos Públicos del Distrito Capital y se han optimizado los recursos y gestiones de la DDT, lo cual evidenció la necesidad de revisar las cargas de trabajo, específicamente de la Subdirección de Operación Financiera.
Que de acuerdo con el artículo 2.2.12.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, la modificación de una planta de empleos debe fundarse en las necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración, siempre que las conclusiones del estudio técnico de la misma deriven en la creación o supresión de empleos con ocasión, entre otras causas de: i) supresión, fusión o creación de dependencias o modificación de sus funciones, ii) mejoramiento o introducción de procesos, producción de bienes o prestación de servicios, iii) redistribución de funciones y cargas de trabajo, y iv) mejoramiento de los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad de las entidades públicas.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda presentó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto Nacional 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, y con base en este, el Departamento emitió concepto técnico favorable mediante oficio número 2019EE3192 del 24 de diciembre de 2019, y correo del 1 de octubre de 2021 que confirma su vigencia, de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 6° del Acuerdo Distrital 199 de 2005.
Que teniendo el cambio de administración fue necesario postergar la creación de estos cargos, con el fin de verificar si con la expedición del Plan de Desarrollo Distrital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI.”, se continua con la necesidad de la creación de dichos empleos, encontrando que las razones y necesidades expuestas en la justificación técnica se mantienen vigentes y aún persisten.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal mediante oficio radicado No. 2021IE019346O1 del 01 de octubre de 2021 para la modificación de la planta de la Secretaría Distrital Hacienda.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA
Artículo 1. Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 2. Modifíquese el artículo 2º del Decreto Distrital 835 de 2018, el cual quedará así:
DESPACHO DEL SECRETARIO DE HACIENDA
PLANTA GLOBAL
Artículo 3. La Secretaría Distrital de Hacienda mediante acto administrativo distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de Entidad.
Artículo 4. La provisión de los empleos a que se refiere el artículo 1º del presente decreto se efectuará de conformidad con las normas legales vigentes.
Artículo 5. Comunicar el contenido del presente decreto distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 6. El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica, el artículo 2º del Decreto Distrital 835 de 2018.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de noviembre del año 2021.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Nota: Ver Norma Original en Anexos. |