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RESOLUCIÓN 1952 DE
2022
(Marzo 28)
Por la cual se
modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales
del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU y se dictan otras disposiciones
EL DIRECTOR
GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU,
En ejercicio de
las atribuciones que le confiere los numerales 1[1]
y 2[2]
del artículo 17[3]
del Acuerdo Distrital 19 de 1972[4]
del Concejo de Bogotá, el literal f[5]
del artículo 29[6]
del Acuerdo del Consejo Directivo 1 de 2009[7]
y el artículo 5[8]
del Acuerdo del Consejo Directivo 6 de 2021 y
Ver Resolución 001 de 2025.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 de la Constitución Política señala que
no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento.
Que en desarrollo de dicho precepto constitucional, la Ley
909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, determinan que las entidades deben
expedir sus manuales específicos de funciones y de competencias laborales,
teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y
comportamentales de los cargos que conforman las plantas de empleo.
Que con base en la normativa aplicable, el Instituto de
Desarrollo Urbano -IDU a través del Acuerdo del Consejo Directivo Nº 02 del 28
de marzo de 2022 garantizó la segregación funcional en lo que respecta a las
etapas de instrucción y juzgamiento del control disciplinario interno de manera
que estas etapas las asumieron dependencias diferentes e independientes entre
sí.
Que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales
del Instituto es una herramienta de gestión dinámica y ha sido diseñado de
manera tal que se puedan realizar los ajustes necesarios, de acuerdo con los
requerimientos de la Entidad.
Que el Manual Específico de Funciones y de Competencias
Laborales para los diferentes cargos de la planta de empleos del IDU fue
adoptado mediante la Resolución 12649 de 2019 y sus resoluciones modificatorias
276, 5049 y 6751 de 2021.
Que es necesario modificar el Manual Específico de Funciones
y de Competencias Laborales del IDU de acuerdo con el arreglo funcional
respecto de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso disciplinario
al interior de la entidad.
Que mediante oficio No. 2022EE1277 del 14 de marzo de 2022,
el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto
técnico favorable para la modificación del Manual Específico de Funciones y
Competencias Laborales del IDU con ocasión del nuevo arreglo funcional respecto
de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso disciplinario.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modificación al Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales. Modificar el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales de los empleos de Director General,
Asesor, Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno y Subdirector General
Jurídico de la planta de personal del IDU, los cuales quedarán así:
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I. IDENTIFICACIÓN
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Nivel:
|
Directivo
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Denominación del Empleo:
|
Director General de Entidad
Descentralizada
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Código:
|
050
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Grado:
|
07
|
|
No. de cargos:
|
Uno (01)
|
|
Dependencia:
|
Dirección General
|
|
Cargo del Jefe Inmediato:
|
Alcalde Mayor de Bogotá
D.C.
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II. ÁREA FUNCIONAL:
Dirección General de la Entidad
|
4-DG
|
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III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Dirigir y orientar la
formulación, el diseño y la ejecución de sistemas de movilidad y espacio
público ordenados dentro del Plan de Ordenamiento Territorial, el Plan de
Desarrollo Distrital, los planes y programas sectoriales y los proyectos de
infraestructura de los Sistemas de Movilidad y de Espacio Público construido
a cargo de la entidad, así como las operaciones necesarias para la
distribución, asignación y cobro de las contribuciones de valorización y de
pavimentación, con el fin del logro de los objetivos misionales, de acuerdo
con la normatividad vigente y los mandatos de la administración central.
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IV. DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
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1. Fijar
y dirigir políticas y estrategias relacionadas con el Sector Movilidad del
Distrito Capital, de acuerdo con las necesidades de la ciudad en materia de
infraestructura para la movilidad, los planes de ordenamiento territorial,
los planes sectoriales, los planes maestros, el plan de desarrollo distrital,
de acuerdo con la normatividad vigente.
2. Definir
y liderar el seguimiento a las políticas, programas, planes, proyectos,
estrategias, objetivos y metas de la entidad con el fin de garantizar el
desarrollo y ejecución de planes, programas y proyectos de los Sistemas de
Movilidad y de Espacio Público Construido del Distrito Capital, en el marco
del Plan de Ordenamiento Territorial - POT, Plan de Desarrollo Distrital y
los planes sectoriales y las normas vigentes.
3. Dirigir
y orientar el control y el seguimiento para asegurar el cumplimiento de los
objetivos y metas institucionales en concordancia con el Plan de Ordenamiento
Territorial, el Plan de Desarrollo Distrital, planes sectoriales y de
conformidad con las políticas trazadas por el Gobierno Distrital y el Consejo
Directivo de la Entidad.
4. Establecer
políticas, estrategias y planes para la generación de proyectos integrales de
desarrollo urbano a financiarse con la contribución de valorización general o
local, según el caso, con el fin de promover el desarrollo de la ciudad en
materia de infraestructura vial y espacio público, de acuerdo con el Plan de
Ordenamiento Territorial - POT, Plan de Desarrollo Distrital y los planes
sectoriales, planes maestros y demás normas vigentes
5. Dirigir
y orientar las operaciones de planeación, administrativas de cálculo,
liquidación, distribución, asignación y cobro de la Contribución de
Valorización conforme a las disposiciones legales vigentes.
6. Dirigir,
controlar y/o delegar las funciones de planeación, factibilidad, diseño y
ejecución técnica, financiera, administrativa, contractual y legal con el fin
de garantizar el desarrollo y cumplimiento de los proyectos a cargo del
Instituto, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
7. Definir,
revisar y aprobar para consideración del Consejo Directivo, cuando a ello
hubiere lugar, las políticas, planes y programas generales de la Entidad; lo
relacionado con el cumplimiento de las Leyes Orgánicas de Planeación y
Presupuesto y las modificaciones de la estructura orgánica, planta de
personal y régimen salarial, así como los demás asuntos contemplados en los
estatutos del Instituto y en las normas legales vigentes.
8. Rendir
al Consejo Directivo los informes periódicos, generales o particulares sobre
las actividades desarrolladas, la situación general de la entidad y las
medidas adoptadas para el cumplimiento de los planes generales de desarrollo,
de acuerdo con los estatutos de la entidad y los requerimientos solicitados
en el marco de la misión y los objetivos institucionales.
9. Expedir
y suscribir los actos administrativos y celebrar los contratos y/o convenios
necesarios para el cumplimiento de las funciones del Instituto, de
conformidad con los Acuerdos del Concejo Distrital, los Acuerdos del Consejo
Directivo de la entidad y demás disposiciones legales vigentes.
10. Dirigir y orientar la gestión administrativa y financiera a cargo de
la entidad y ejercer la supervisión y control sobre el manejo de los recursos
humanos, financieros, físicos, tecnológicos, de acuerdo con las disposiciones
del Consejo Directivo, los Estatutos de la entidad y la normatividad vigente.
11. Ejercer la potestad nominadora de la entidad, de acuerdo con las
necesidades de talento humano de las dependencias, los procesos establecidos
y las disposiciones legales vigentes.
12. Aprobar los manuales técnicos, de procesos y de soporte de la gestión
de la entidad con el fin de mejorar el desempeño, la eficacia, eficiencia y
efectividad, en cumplimiento de las funciones asignadas al Instituto y en el
marco del Sistemas Integrados de Gestión.
13. Fijar las directrices y orientar la correcta administración y uso
adecuado de los fondos, los recursos de crédito obtenidos de la banca
bilateral y multilateral, fuentes de financiación para los planes, programas
y proyectos, de acuerdo con la normatividad vigente y las necesidades del
Instituto.
14. Establecer las políticas, directrices y lineamientos para la
implementación y el desarrollo del Sistema Integrado de Gestión de la
entidad, de acuerdo con su naturaleza, estructura, misión institucional y la
normatividad vigente.
15. Hacer efectiva las sanciones disciplinarias impuestas a los
servidores públicos del Instituto o a los particulares disciplinables, de
acuerdo con lo establecido por el Código General Disciplinario.
16. Ejercer la ordenación del gasto para el presupuesto de la entidad y
emitir los actos administrativos de delegación de ordenación del gasto, según
los parámetros de cuantías de contratación que se defina para tal fin, de
acuerdo con las necesidades de contratación, los estatutos y las funciones de
la entidad y la normatividad vigente.
17. Dirigir el desarrollo de los comités de los cuales sea miembro o
presida, así como delegar responsablemente la representación en aquellos que
no pueda asistir, de acuerdo con lo establecido en el sistema de coordinación
interna y los actos administrativos que así lo regulen.
18. Desempeñar las funciones contenidas en los estatutos de la entidad,
en el Acuerdo del Consejo Directivo que adopta la estructura organizacional
del Instituto y las demás que le asigne la autoridad competente y que sean
acordes con la naturaleza del cargo y el objeto social de la entidad.
19. Rendir informes generales, específicos, periódicos y particulares al
Alcalde Mayor, el Consejo Directivo o al sector movilidad, de acuerdo con las
actividades desarrolladas, la situación general de la entidad y medidas
adoptadas en cumplimiento de las políticas de gobierno.
20. Atender las actuaciones disciplinarias en la segunda instancia en
contra de servidores y ex servidores públicos de la Entidad, adoptando las
decisiones que correspondan, de conformidad con lo previsto en las
disposiciones legales vigentes.
21. Desempeñar las demás funciones señaladas en la Constitución, la ley,
los estatutos y las disposiciones que determine la organización de la entidad
o dependen de la naturaleza del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES
|
|
1. Gerencia
o Administración de Proyectos.
2. Contratación
Administrativa.
3. Plan
de Ordenamiento Territorial.
4. Plan
de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá
D.C.
5. Estatuto
Orgánico de Presupuesto.
6. Gestión
pública y organización del estado.
7. Sistema
Integrado de Gestión.
|
|
VI. COMPETENCIAS
COMPORTAMENTALES
|
|
Comunes
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al
ciudadano
Compromiso con la
organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
|
Por Nivel Jerárquico
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del Desarrollo de
las personas
Pensamiento sistémico
Resolución de conflictos
|
|
VII. COMPETENCIAS ÁREAS
TRANSVERSALES
|
|
Competencias Laborales
Transversales
N/A
|
Competencias Comunes
Transversales
N/A
|
|
VIII. REQUISITOS DE
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
Estudios
Título de formación
profesional en Ingeniería Civil, Ingeniería Topográfica, Ingeniería Catastral
y Geodesia, Ingeniería Geográfica o Ingeniería de Transporte y Vías del
núcleo básico de conocimiento en: Ingeniería Civil y Afines; Arquitectura o
Urbanismo del núcleo básico de conocimiento en: Arquitectura; Administración
de Empresas, Administración Pública, Administración de Negocios,
Administración Industrial, Administración Financiera, o Administración de
Empresas y Finanzas del núcleo básico del conocimiento en: Administración;
Economía del núcleo básico del conocimiento en: Economía; Contaduría Pública
del núcleo básico del conocimiento en: Contaduría Pública; Ingeniería
Industrial del núcleo básico del conocimiento en: Ingeniería Industrial y
Afines; Ingeniería Financiera o Ingeniería Administrativa del núcleo básico
del conocimiento en: Ingeniería Administrativa y Afines; Derecho del núcleo
básico del conocimiento en: Derecho y Afines; Antropología en el núcleo
básico del conocimiento en: Antropología, Artes Liberales; o Relaciones Internacionales
del núcleo básico del conocimiento en: Administración, Ciencia Política,
Relaciones internacionales.
Título de postgrado en
cualquier modalidad en áreas relacionadas con el empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Experiencia
Setenta y dos (72) meses de
experiencia profesional.
|
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Asesor
|
|
Denominación del Empleo:
|
Asesor
|
|
Código:
|
105
|
|
Grado:
|
02
|
|
No. de cargos:
|
Cuatro (04)
|
|
Dependencia:
|
Dirección General
|
|
Cargo del Jefe Inmediato:
|
Director General
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL:
Asesoría Jurídica Gestión Integral de Proyectos
|
553-DG
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Asesorar al Director
General en la orientación y atención de los asuntos jurídicos de la
dependencia, de acuerdo con los términos y requerimientos legales, la
normatividad vigente y las políticas establecidas en la entidad.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1. Asesorar
al Director General en los asuntos jurídicos que le sean asignados, de
acuerdo con los términos y requerimientos legales, la normatividad vigente y
las políticas establecidas en la entidad.
2. Revisar
jurídicamente los documentos que se sometan a consideración de la Dirección
General para establecer la conveniencia, aplicabilidad y legalidad de
conformidad con la normatividad vigente.
3. Elaborar
estudios, diagnósticos, proyectos, documentos y actos administrativos que le
sean asignados, de acuerdo a la normatividad legal vigente.
4. Conceptuar
sobre los proyectos de acuerdos, resoluciones y demás actos que el Instituto
deba expedir y que le sean asignados.
5. Participar
en la revisión de actos administrativos proyectados por otras dependencias y
que deban ser firmados por el Director General, de conformidad con la
normatividad legal vigente.
6. Asesorar
a la Dirección General en los procesos de contratación de la entidad, defensa
judicial y demás acciones jurídicas relacionadas con la misión del Instituto,
así como llevar a cabo los procesos de contratación que requiera la
dependencia, de conformidad con la normatividad legal vigente.
7. Asesorar
la toma de decisiones en el desarrollo de las diferentes instancias del
Sistema de Coordinación Interna del Instituto en los que participe el
Director General como el Comité de Defensa Judicial, Conciliación y
Repetición; el de Contratación; el Comité Institucional de Coordinación de
Control Interno, entre otros, de acuerdo con las políticas establecidas en la
entidad.
8. Asesorar
jurídicamente al Director General en su calidad de miembro de juntas
directivas, de acuerdo con los términos y requerimientos legales, la
normatividad vigente y las políticas establecidas en la entidad.
9. Asesorar
y acompañar en la definición de los lineamientos y políticas en materia
jurídica y contractual relacionadas con la planeación y desarrollo de los
proyectos de infraestructura que adelanta la entidad en todas sus etapas,
atendiendo los aspectos normativos y de ordenamiento territorial, de
conformidad con la normatividad legal vigente.
10. Sustanciar el proceso disciplinario de segunda instancia de conformidad
con la normatividad vigente y el debido proceso.
11. Elaborar documentos e informes que permitan a la Dirección General
mantener la memoria y seguimiento a la gestión institucional, de acuerdo con
los requerimientos de información, los proyectos y programas que desarrolla
la entidad.
12. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el superior
inmediato, de acuerdo con la naturaleza y propósito del empleo.
|
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES
|
|
1. Contratación
Estatal
2. Estructura
del aparato estatal colombiano
3. Gerencia
de proyectos.
4. Sistema
Integrado de Gestión
5. Herramientas
ofimáticas.
6. Gestión
pública
7. Derecho
Administrativo
8. Ley
734 de 2002
|
|
VI. COMPETENCIAS
COMPORTAMENTALES
|
|
Comunes
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al
ciudadano
Compromiso con la
organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
|
Por Nivel Jerárquico
Confiabilidad técnica
Creatividad e innovación
Iniciativa
Construcción de relaciones
Conocimiento del entorno
|
|
VII. COMPETENCIAS ÁREAS
TRANSVERSALES
|
|
Competencias Laborales
Transversales
N/A
|
Competencias Comunes
Transversales
N/A
|
|
VIII. REQUISITOS DE
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
Estudios
Título de formación
profesional en Derecho del núcleo básico del conocimiento en Derecho y
Afines.
Título de postgrado en la
modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del
empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Experiencia
Cuarenta y ocho (48) meses
de experiencia profesional relacionada.
|
|
|
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Directivo
|
|
Denominación del Empleo:
|
Jefe de Oficina
|
|
Código:
|
006
|
|
Grado:
|
02
|
|
No. de cargos:
|
Uno (01)
|
|
Dependencia:
|
Donde se ubique el cargo
|
|
Cargo del Jefe Inmediato:
|
Quien ejerza la supervisión
directa
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL: Control
Disciplinario
|
238-OCD
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Orientar e implementar las políticas y estrategias para el ejercicio de la función disciplinaria y
adelantar la etapa de instrucción en primera instancia de los procesos
disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores y exservidores
públicos, en los términos de oportunidad, de conformidad con la normatividad
vigente sobre la materia.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1. Orientar
al Director General en la formulación e implementación de las políticas y
estrategias para el ejercicio de la función disciplinaria de la Entidad, de
conformidad con las competencias atribuidas en el marco normativo vigente.
2. Dar
trámite a las denuncias de tipo disciplinario radicadas en la entidad de
conformidad con los términos señalados por la normatividad vigente.
3. Adelantar
la etapa de instrucción hasta la notificación del pliego de cargos de los/las
servidores/as públicos que presuntamente hubiesen incurrido en faltas
disciplinarias, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
4. Adelantar
la indagación preliminar, la investigación formal de los procesos disciplinarios
contra los/as servidores/as y ex servidores/ as del organismo, hasta la
formulación del pliego de cargos, de conformidad con el Código General
Disciplinario o la norma que lo modifique o sustituya y las demás
disposiciones vigentes sobre la materia.
5. Mantener
actualizada la información de los procesos disciplinarios en la etapa de
instrucción de la entidad, en el Sistema de Información Disciplinaria
Distrital o el que haga sus veces.
6. Fijar
procedimientos operativos disciplinarios acorde con las pautas señaladas por
la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica
Distrital.
7. Efectuar
el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los
servidores y ex servidores públicos de la entidad, de manera oportuna y
eficaz.
8. Orientar
y capacitar a los servidores públicos de la entidad en la prevención de
acciones disciplinarias en aplicación de las políticas que en materia
disciplinaria se expidan por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.
9. Surtir
el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los
expedientes disciplinarios que conozca en la etapa de instrucción en los
términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.
10. Resolver las consultas sobre aspectos relacionados con la acción
disciplinaria que se formulen a la entidad, en términos de interpretación y
aplicación de las normas sobre la materia.
11. Diseñar e implementar estrategias de difusión de la normatividad
disciplinaria a los servidores de la entidad, con el fin de prevenir la
ocurrencia de comportamientos o conductas violatorias de las normas que rigen
la materia.
12. Atender las peticiones y requerimientos relacionados con asuntos de
su competencia, de manera oportuna y eficaz.
13. Realizar todas las actividades en el marco del debido proceso.
14. Las demás funciones que se le asignen y que correspondan a la
naturaleza del empleo.
|
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES
|
|
1. Constitución
Política
2. Código
General Disciplinario
3. Derecho
Administrativo
4. Estatuto
Anticorrupción
5. Derecho
Probatorio y Derecho Procesal
6. Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
7. Ley
de Transparencia y Acceso a la Información.
8. Herramientas
ofimáticas
|
|
VI. COMPETENCIAS
COMPORTAMENTALES
|
|
Comunes
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al
ciudadano
Compromiso con la
organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
|
Por Nivel Jerárquico
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del Desarrollo de
las personas
Pensamiento sistémico
Resolución de conflictos
|
|
VII. COMPETENCIAS ÁREAS
TRANSVERSALES
|
|
Competencias Laborales
Transversales
N/A
|
Competencias Comunes
Transversales
N/A
|
|
VIII. REQUISITOS DE
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
Estudios
Título de formación
profesional en Derecho; Jurisprudencia; Leyes y Jurisprudencia; Derecho y
Ciencias Sociales; Derecho y Ciencias Políticas; Derecho y Ciencias Humanas
del núcleo básico del conocimiento en: Derecho y Afines. Título de formación
profesional en Derecho del núcleo básico del conocimiento en: Derecho y
Afines.
Título de postgrado en
áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Experiencia
Cuarenta y ocho (48) meses
de experiencia profesional relacionada.
|
|
|
|
I. IDENTIFICACIÓN
|
|
Nivel:
|
Directivo
|
|
Denominación del Empleo:
|
Subdirector General
|
|
Código:
|
084
|
|
Grado:
|
06
|
|
No. de cargos:
|
Cuatro (04)
|
|
Dependencia:
|
Donde se ubique el cargo
|
|
Cargo del Jefe Inmediato:
|
Quien ejerza la supervisión
directa
|
|
II. ÁREA FUNCIONAL:
Servicio Jurídico
|
304-SGJ
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Liderar, orientar y
asegurar por el cumplimiento del orden jurídico del Instituto de Desarrollo
Urbano y llevar a cabo la etapa de juzgamiento dentro del proceso
disciplinario interno, de conformidad con lo establecido con la normatividad
vigente.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS
FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
|
|
1. Liderar
y orientar la definición e implementación de las políticas, estrategias,
planes y programas para los proyectos de orden legal a cargo de la Entidad.
2. Orientar
al Consejo Directivo, a la Dirección General y a todas las dependencias del
Instituto en relación con la interpretación y aplicación de las disposiciones
legales vigentes.
3. Emitir
conceptos y absolver consultas sobre las diversas situaciones jurídicas en
términos de interpretación y aplicación de las normas y jurisprudencia
relacionada con procesos y competencias de acuerdo con los procedimientos,
normatividad vigente y manuales de la entidad.
4. Estudiar
la viabilidad y conveniencia jurídica de los proyectos de ley, decretos y
acuerdos que sean sometidos a consideración de la entidad y proponer textos
de reforma a la legislación que afecten los cumplimientos de los objetivos
misionales de acuerdo con las normas legales vigentes, políticas y
procedimientos establecidos por la organización.
5. Suscribir
los actos administrativos a través de los cuales se asigna, modifica y se
resuelven recursos de la contribución de valorización de acuerdo con las
normas legales vigentes.
6. Liderar,
orientar y coordinar la estructuración de las respuestas a los requerimientos
de los órganos de control y vigilancia y de las autoridades administrativas y
judiciales, así como la consolidación y estructuración de las respuestas a
los derechos de petición recibidos en la entidad en lo relacionado con las
competencias a su cargo, cumpliendo con los términos y condiciones de ley
para brindar una respuesta pertinente, oportuna y eficaz.
7. Administrar
los sistemas de información de que disponga la entidad, en lo relacionado con
las competencias a su cargo, de acuerdo con los procedimientos y manuales de
la entidad.
8. Liderar,
orientar y dirigir la gestión para la defensa judicial relacionada con las
diferentes actuaciones administrativas (Procesos judiciales, extrajudiciales
y administrativos) propendiendo por los intereses de la entidad, acorde con
la normatividad legal vigente y las políticas de la organización.
9. Dirigir
y coordinar los proyectos de inversión a su cargo en las etapas de
planeación, formulación, control y seguimiento según las normas
presupuestales, procedimientos, normatividad vigente.
10. Liderar y gestionar los análisis de riesgos y los estudios previos
necesarios para adelantar los procesos de contratación de los asuntos del
área de acuerdo con las políticas, normas legales vigentes y procedimientos
de la entidad.
11. Liderar, orientar y dirigir la estructuración jurídica de los
procesos de selección de contratistas, prestando la asistencia legal que
requieran las diferentes áreas de la Entidad y proponer los ajustes
necesarios a los pliegos de condiciones elaborados para los procesos
selectivos de contratación y la suscripción de los contratos que requiera la
Entidad.
12. Liderar y orientar las acciones jurídicas requeridas durante la
suscripción, ejecución y liquidación de los contratos y convenios que ejecute
la entidad ajustándose a la legalidad y a los requerimientos técnicos en
concordancia con la normatividad vigente.
13. Liderar y orientar las acciones jurídicas de las áreas ejecutoras en
los asuntos jurídicos de imposición de multas, declaración de siniestros,
aplicación de cláusulas excepcionales y liquidación de contratos y convenios,
que ejecute la entidad ajustándose a la legalidad y a los requerimientos
técnicos en concordancia con la normatividad vigente.
14. Establecer indicadores de gestión y demás factores de medición para
verificar el cumplimiento de las metas propuestas en los proyectos a su
cargo, de conformidad con las directrices que se impartan al respecto.
15. Supervisar y controlar de manera integral los contratos en los cuales
sea interventor o coordinador.
16. Liderar y orientar la recopilación, actualización y divulgación de
las normas legales y reglamentarias que hagan relación a la actividad propia
del Instituto.
17. Orientar al Director General en la formulación e implementación de
las políticas y estrategias para el ejercicio de la función disciplinaria de
la Entidad, de conformidad con las competencias atribuidas en el marco
normativo vigente.
18. Llevar a cabo las actuaciones a que haya lugar del proceso
disciplinario una vez formulado el pliego de cargos, en la etapa de
juzgamiento disciplinario de conformidad con la normatividad vigente.
19. Desarrollar la etapa probatoria del juicio disciplinario en primera
instancia.
20. Fallar en primera instancia, garantizando el debido proceso de las
partes procesales.
21. Mantener actualizada la información de los procesos disciplinarios en
la etapa de juzgamiento en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital
o el que haga sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios en
esta etapa, acorde con las pautas señaladas por la Dirección Distrital de
Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.
22. Realizar de manera oportuna el reporte de las sanciones impuestas a
los servidores(as) y ex servidores(as) públicos (as) de la entidad, a la
Oficina de Control Disciplinario Interno.
23. Las demás señaladas en la Constitución, la ley, los estatutos y las
disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su
cargo y la naturaleza del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES
|
|
1. Ley
de Contratación Estatal vigente
2. Derecho
Administrativo 3. Derecho Comercial
4. Derecho
Constitucional
5. Derecho
Civil
6. Código
General Disciplinario
7. Estatuto
Anticorrupción.
8. Derecho
Probatorio y Derecho Procesal
9. Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
10. Ley de Transparencia y Acceso a la Información
|
|
VI. COMPETENCIAS
COMPORTAMENTALES
|
|
Comunes
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al
ciudadano
Compromiso con la
organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
|
Por Nivel Jerárquico
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del Desarrollo de
las personas
Pensamiento sistémico
Resolución de conflictos
|
|
VII. COMPETENCIAS ÁREAS
TRANSVERSALES
|
|
Competencias Laborales
Transversales
N/A
|
Competencias Comunes
Transversales
N/A
|
|
VIII. REQUISITOS DE
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
|
|
Estudios
Título de formación
profesional en Derecho del núcleo básico del conocimiento en: Derecho y
Afines.
Título de postgrado en la
modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del
empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Experiencia
Setenta y dos (72) meses de
experiencia profesional relacionada.
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Artículo 2. Requisitos ya acreditados. A quienes al
entrar en vigencia esta Resolución estén desempeñando empleos de conformidad
con la resolución que se modifica, para todos los efectos legales y mientras
permanezcan en los mismos empleos, no se les exigirán los requisitos
establecidos en las fichas de la presente resolución.
Artículo 3. Socialización. El(la) Subdirector(a)
Técnico(a) de Recursos Humanos socializará con el(la) servidor(a) público(a)
correspondiente las funciones determinadas para el respectivo cargo en la
presente resolución en las siguientes circunstancias:
a. Cuando tome posesión del empleo.
b. Cuando sea asignado a otra dependencia.
c. Cuando se modifiquen las funciones.
Artículo 4. Equivalencias. Para el cumplimiento de
los requisitos señalados en las fichas objeto de la presente modificación del
Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto de
Desarrollo Urbano, se aplicarán las equivalencias establecidas en el Decreto
785 de 2005 y en las demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Artículo 5. Cambio denominación de dependencia. Dwado
(sic) que con ocasión del Acuerdo 2 de 2022 del Consejo Directivo del
Instituto, la Oficina de Control Disciplinario cambió su denominación a Oficina
de Control Disciplinario Interno, entiéndase incorporada dicha nueva
denominación al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales
cuando este se refiera al nombre anterior.
Artículo 6. Vigencia. La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica en lo
pertinente la Resolución 12649 de 2019 y sus resoluciones modificatorias 276,
5049 y 6751 de 2021 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá,
D.C., a los 28 días del mes de marzo del año 2022.
DIEGO SÁNCHEZ
FONSECA
Director General
NOTAS AL PIE DE PÁGINA:
[1] “Dictar los actos (…) necesarios
para el cumplimiento de las funciones del Instituto, conforme a los acuerdos
del Concejo y demás disposiciones legales estatutarias y a las resoluciones de
la Junta Directiva”.
[2] “Dirigir y coordinar el trabajo de
los funcionarios y empleados”.
[3] “Son funciones y atribuciones del
Director”.
[4] “Por el cual se crea y reglamenta el
funcionamiento del Instituto de Desarrollo Urbano”.
[5] “Dirigir, coordinar, vigilar y
controlar la ejecución de las funciones (…) y de su personal”.
[6] “Funciones generales del Director
General”.
[7] “Por el cual se expiden los Estatutos del Instituto de
Desarrollo Urbano, IDU”.
[8] “*Dirigir, asignar, controlar y
garantizar las funciones (…) administrativas, de desarrollo institucional (…),
de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 19 de 1972, la ley 489 de 1998 y
demás disposiciones jurídicas vigentes”.
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