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ACUERDO 873 DE 2023
(Febrero 06)
Por el cual se establecen lineamientos para la implementación de medidas y el fortalecimiento del registro bici en Bogotá, D.C.
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 313 y 322 de la Constitución Política y el artículo 12 numerales 1 y 19 del Decreto Ley 1421 de 1993 Ver Proyecto de Acuerdo 496 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.
ACUERDA
Artículo 1. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad, además de la información asociada en el Registro Bici Bogotá, incluirá un campo en el cual el usuario registre la siguiente información:
a. Grupo sanguíneo y RH.
b. Contacto de emergencia.
Parágrafo. En cuanto a la información consignada en el registro Bici Bogotá, se tendrá en cuenta las disposiciones normativas vigentes para el tratamiento de datos personales.
Artículo 2. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad, incluirán en el Registro Bici Bogotá un Módulo de Sensibilización en Seguridad Vial con énfasis en el uso de elementos de protección personal para ciclistas como también el uso de luminarias para ciclistas con el fin de fortalecer el conocimiento a través de la pedagogía de las normas de tránsito y seguridad vial.
Parágrafo. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad, promoverá estrategias de comunicación para informar a los ciclistas y organizaciones sobre las nuevas disposiciones que se derivan del presente Acuerdo de la ciudad.
Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 06 dias del mes de febrero del año 2023.
EDWARD ANIBAL ARIAS RUBIO
Presidente
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. Nota: Ver norma original en Anexos. |