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Resolución 138 de 2023 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/03/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.7685 del 30 de marzo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 138 DE 2023

 

(Marzo 24)

 

Por la cual se realiza una delegación

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 señala que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa pueden delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la Ley y los actos orgánicos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa.

 

Que el artículo 48 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 6 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, establece que “La Secretaría General tiene por objeto (...) orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital, mediante el diseño e implementación de instrumentos de coordinación y gestión, la promoción del desarrollo institucional (…)” y que, dentro de sus funciones básicas, se encuentran: “b). Formular, adoptar, orientar y coordinar las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa distrital y su modernización, a través del mejoramiento de la gestión y de las estrategias de información y comunicación, de la utilización de los recursos físicos, financieros, tecnológicos e informáticos, y del desarrollo de las funciones de organización, dirección, control y seguimiento.”, “c). Dirigir y coordinar la política laboral del Distrito Capital (…)” y “g). Realizar seguimiento y monitoreo a las políticas, programas y/o proyectos de interés prioritario para la ciudad, en aras de fortalecer la Gestión Pública Distrital, la eficiencia administrativa y la transparencia organizacional”, y que estas funciones se encuentran igualmente desarrolladas en el artículo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021.

 

Que atendiendo lo anterior y considerando la autonomía administrativa y financiera de las Entidades del sector central del Distrito Capital que cuentan con el mismo Número de Identificación Tributaria - NIT 899.999.061-9 con relación al traslado y reporte de la información de historial laboral pensional del talento humano a su cargo, fue expedida la Circular No. 022 de 2022, a través de la cual, este Despacho emitió orientaciones para gestionar los usuarios para acceder al portal web de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, a efectos de realizar el proceso de depuración de deuda real y presunta que se presenta con dicha Entidad, con miras a evitar el daño antijurídico ante los procesos de cobro coactivo.

 

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., la administración del usuario principal que asigna Colpensiones y con el cual se permite la creación y/o activación de usuarios funcionales de las Entidades del Distrito Capital.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto Distrital 140 de 2021, corresponde a la Dirección de Talento Humano, entre otras funciones, “2. Dirigir, y adelantar la formulación, implementación y evaluación de los planes, programas, proyectos y/o estrategias institucionales de administración del personal, aspectos salariales, empleo público, vinculación y selección, bienestar social, formación y capacitación y seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con la normatividad vigente que regula la materia”. y “9. Administrar la información del talento humano, planta de personal y responder por la gestión del archivo y actualización de las historias laborales de los/las servidores/as públicos/as de planta de la Entidad”.

 

Que atendiendo los principios constitucionales de eficacia, economía, eficiencia y celeridad que rigen el ejercicio de la función pública, se hace necesario delegar la administración del usuario principal asignado por la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, en el (la) Director (a) de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Delegar en el (la) Director (a) de Talento Humano, la administración del usuario principal asignado por la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, para la creación y/o activación de usuarios funcionales de las Entidades del sector central del Distrito Capital identificadas con el Número de Identificación Tributaria - NIT 899.999.061-9.

 

Artículo 2. Comunicar el contenido de la presente Resolución al Despacho de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la Subsecretaría Corporativa y la Dirección de Talento Humano, a través de la Subdirección de Gestión Documental.

 

Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2023.

 

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE