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Resolución 985 de 2023 Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico

Fecha de Expedición:
30/08/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/09/2023
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52.505 del 01 de septiembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 985 DE 2023

 

(Agosto 30)

 

Por la cual se adicionan unos parágrafos al artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021 relacionado con el factor de productividad del servicio público de aseo para los períodos de facturación siguientes a marzo de 2023

 

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 1437 de 2011, los Decretos números 1524 de 1994, 2882 y 2883 de 2007, modificado por el Decreto número 2412 de 2015, el Decreto número 1077 de 2015, y la Resolución número CRA 943 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 365 de la Constitución Política de Colombia prevé que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que es deber del mismo asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional; así mismo, dispone que los servicios públicos domiciliarios estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, y señala que el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios;

 

Que el artículo de la Ley 142 de 1994 señala que el Estado intervendrá en los servicios públicos, entre otros fines, para ampliación permanente de la cobertura, atención prioritaria de las necesidades básicas insatisfechas en materia de agua potable y saneamiento básico, prestación continua e ininterrumpida y para establecer un régimen tarifario proporcional para los sectores de bajos ingresos de acuerdo con los preceptos de equidad y solidaridad;

 

Que el artículo de la Ley 142 de 1994 señala como instrumentos para la intervención estatal en los servicios públicos, todas las atribuciones y funciones asignadas a las entidades, autoridades y organismos de que trata dicha ley, especialmente las relativas a materias de regulación de la prestación de los servicios públicos teniendo en cuenta las características de cada región; fijación de metas de eficiencia, cobertura y calidad, evaluación de las mismas, y definición del régimen tarifario;

 

Que el parágrafo del artículo 9° de la Ley 142 de 1994 señala sobre los derechos de los usuarios, que las Comisiones de Regulación en el ejercicio de las funciones conferidas por las normas vigentes, no podrán desmejorar los derechos de los usuarios reconocidos por la ley;

 

Que de conformidad con el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, “(…) Las comisiones de regulación tienen la función de regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea, de hecho, posible; y, en los demás casos, la de promover la competencia entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de la posición dominante, y produzcan servicios de calidad. (...)”;

 

Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 73.11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, esta Comisión de Regulación tiene a su cargo la función de establecer fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo;

 

Que el régimen tarifario aplicable a los servicios públicos domiciliarios, de conformidad con el numeral 86.4 del artículo 86 de la Ley 142 de 1994, está compuesto por reglas relativas a procedimientos, metodologías, fórmulas, estructuras, estratos, facturación, opciones, valores y, en general, todos los aspectos que determinan el cobro de las tarifas;

 

Que el artículo 87 de la Ley 142 de 1994 dispone que el régimen tarifario estará orientado por los criterios de eficiencia económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia. Para dichos efectos, el numeral 87.1 consagra el criterio de eficiencia económica, el cual dispone que por eficiencia económica se entiende que el régimen de tarifas procurará que estas se aproximen a lo que serían los precios de un mercado competitivo; que las fórmulas tarifarias deben tener en cuenta no solo los costos sino los aumentos de productividad esperados, y que estos deben distribuirse entre la empresa y los usuarios, tal como ocurriría en un mercado competitivo; y que las fórmulas tarifarias no pueden trasladar a los usuarios los costos de una gestión ineficiente, ni permitir que las empresas se apropien de las utilidades provenientes de prácticas restrictivas de la competencia…(negrilla fuera del texto original).

 

Que el artículo 92 de la Ley 142 de 1994 señala que: “(…) al definir en las fórmulas los costos y gastos típicos de operación de las empresas de servicios públicos, las comisiones utilizarán no solo la información propia de la empresa, sino la de otras empresas que operen en condiciones similares, pero que sean más eficientes. También podrán las comisiones, con el mismo propósito, corregir en las fórmulas los índices de precios aplicables a los costos y gastos de la empresa con un factor que mida los aumentos de productividad que se esperan en ella, y permitir que la fórmula distribuya entre la empresa y el usuario los beneficios de tales aumentos” (negrilla fuera del texto original).

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 87 numeral 87.1 y 92 de la Ley 142 de 1994, esta Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) definió el factor de productividad para que la fórmula tarifaria distribuya entre la empresa y el usuario los beneficios de los aumentos en la productividad de las personas prestadoras sujetas al ámbito de aplicación de la Resolución número CRA 720 de 2015, dicho factor se encuentra contenido en el artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021;

 

Que el referido artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021 dispone que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) establecerá anualmente el factor de productividad con el cual se actualizarán los costos medios de referencia;

 

Que para cumplir lo anterior, a partir del año 2019 y hasta el 2022, esta Comisión ha señalado el Factor de Productividad a través de las Resoluciones CRA 888 de 2019, CRA 912 de 2020, CRA 916 de 2020, CRA 927 de 2020, CRA 942 de 2021 y CRA 964 de 2022, esta última adicionada por la Resolución número CRA 966 de 2022, todas contenidas en la Resolución número CRA 943 de 2021;

 

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021, a partir del periodo de facturación posterior a marzo de 2021 el cálculo del incremento en productividad esperada (𝑋𝑡−1) dependerá de dos factores: i) el factor de productividad (FP) que defina la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico; y ii) el factor de distribución (β) del incremento de productividad entre prestadores del servicio público de aseo y usuarios, el cual dependerá del reporte y certificación de la totalidad de información del  Anexo V de la Resolución número CRA 942 de 2021, compilado en el numeral 6.3.2.6 del libro 6 sobre anexos parte 3 de la Resolución número CRA 943 de 2021, al Sistema Único de Información (SUI) de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), lo anterior, sin perjuicio de las acciones de vigilancia y control que para el efecto establezca dicha entidad en ejercicio de sus funciones;

 

Que en el proceso para determinar el Factor de Productividad (FP) aplicable para cada periodo de facturación, esta Comisión se enfrentó a una limitación de información para estimar el mismo, razón por la cual tuvo que recurrir durante los periodos tarifarios comprendidos entre 2019 y 2022 a definir el factor de productividad con base en la Productividad Total de los Factores (PTF) de Colombia, calculada por “The Conference Board Total Economy Database - Sector: Economía Nacional” (2019), y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) utilizando el marco conceptual y metodológico del Sistema de Cuentas Nacionales de 1993 y 2008, así como la base de datos de las cuentas de bienes y servicios del Sistema de Cuentas Nacionales del país (2020-2022);

 

Que la prestación del servicio público de aseo está transitando una senda de cambios tecnológicos que llevan al aumento de la productividad, entre estos cambios, se pueden reconocer soluciones basadas en el internet de las cosas, el seguimiento en tiempo real de la operación, un servicio a demanda del usuario, tecnologías más amigables con el medio ambiente, entre otras, que llevarán a que el sector acompañe el crecimiento esperado de la economía colombiana;

 

Que bajo este contexto, esta Comisión de Regulación considera necesario fijar un parámetro para capturar los aumentos de productividad esperados en función de los efectos y perspectivas de crecimiento de la economía para el periodo 2023-2024.

 

Que por su parte, en el marco de lo establecido en el artículo 92 de la Ley 142 de 1994, la distribución de los aumentos esperados de productividad entre los usuarios y las personas prestadoras del servicio público de aseo, deben considerar: i) los beneficios de la reducción media de los costos en las empresas que prestan el servicio y ii) los incentivos que, desde la regulación y la política pública, se establecen para que las empresas sean más eficientes;

 

Que para cumplir este requerimiento regulatorio, esta Comisión inició la actuación para determinar el Factor de Productividad del servicio público de aseo para los períodos de facturación siguientes a marzo de 2023 y a través del documento técnico “DOCUMENTO DE TRABAJO” se realizaron los análisis de la información disponible, principalmente la PTF publicada por el Dane en la actividad “electricidad, gas y agua” y la PTF expuesta como resultado de la ejecución del convenio interadministrativo CRA-DANE 01-2022, que acorde a la metodología y alcance estimó una PTF del 0,92% para las actividades de “Evacuación y tratamiento de aguas residuales; recolección, tratamiento y disposición de desechos; actividades de saneamiento ambiental y otros servicios de gestión de desecho”, de manera experimental.

 

Que la comisión en el “DOCUMENTO DE TRABAJO” de la presente resolución revisa en detalle la información disponible y el resultado del análisis técnico considera que para la determinación del PTF se debe dar continuidad al PTF publicado por el Dane para la actividad “electricidad, gas y agua”, tal como allí se indica.

 

Que conforme al documento técnico “DOCUMENTO DE TRABAJO” de la presente resolución se consideró necesario emplear la Productividad Total de los Factores (PTF) calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) bajo el enfoque de valor agregado, para la vigencia 2022 en la actividad “electricidad, gas y agua”, equivalente a 2,44%, teniendo en cuenta que es la más robusta en términos de consistencia y calidad de la información y así se publicó el proyecto de resolución, por la cual se adicionan unos parágrafos al artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021 relacionado con el Factor de Productividad del servicio público de aseo para los períodos de facturación siguientes a marzo de 2023”.

 

Que el Capítulo 3, del Título 6, Parte 3, del Libro 2, del Decreto número 1077 de 2015, señala las reglas mínimas para garantizar la divulgación y participación en las actuaciones de las Comisiones de Regulación;

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.6.3.3.9. del Decreto número 1077 de 2015, el 30 de marzo de 2023 se publicó en la página web de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico-CRA, el proyecto de resolución, por la cual se adicionan unos parágrafos al artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021 relacionado con el Factor de Productividad del servicio público de aseo para los períodos de facturación siguientes a marzo de 2023, junto con los documentos técnicos, con lo cual se dio inicio al proceso de discusión directa con los usuarios, prestadores, gremios y demás agentes del sector e interesados, por el término de diez (10) días hábiles contados desde el 31 de marzo hasta el 17 de abril de 2023;

 

Que en ejercicio de la función regulatoria que corresponde a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), y como consecuencia del proceso de participación ciudadana de la resolución referida en el considerando anterior, se recibieron 53 observaciones, reparos o sugerencias, de las cuales se aceptaron el 1,89%, se aclararon el 58,49%, se rechazaron el 33,96% y no hacen parte del proceso objeto de participación 5,66%;

 

Que la Comisión en el “Documento de respuestas a las observaciones recibidas en el proceso de participación ciudadana” con fundamento en el documento técnico “DOCUMENTO DE TRABAJO” de la presente resolución, resolvió las intervenciones ciudadanas y reiteró que resulta procedente emplear la Productividad Total de los Factores (PTF) calculada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) bajo el enfoque de valor agregado, para la vigencia 2022 en la actividad “electricidad, gas y agua”, equivalente a 2,44%, teniendo en cuenta que es la más robusta en términos de consistencia y calidad de la información.

 

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° de la Ley 1340 de 2009, por la cual se dictan normas en materia de protección a la competencia, modificado por el artículo 146 de la Ley 1955 de 2019, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puede rendir concepto previo sobre los proyectos de regulación que puedan incidir sobre la libre competencia en los mercados, para lo cual las autoridades de regulación informarán a la Superintendencia de Industria y Comercio de los actos administrativos que se pretendan expedir;

 

Que teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo del Decreto número 2897 de 2010, compilado en el Decreto número 1074 de 2015, y habiendo diligenciado el cuestionario que para el efecto adoptó la Superintendencia de Industria y Comercio mediante Resolución número 44649 del 25 de agosto de 2010, se determinó que el contenido del presente acto administrativo no tiene incidencia sobre la libre competencia en los mercados, razón por la cual no fue puesto en conocimiento para efectos de la emisión del concepto de abogacía de la competencia por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio;

 

Que dicha aproximación al Factor de Productividad (FP) ha sido empleada por esta Comisión durante los períodos comprendidos: i) entre el primero (1°) de abril de 2020 y el treinta (30) de marzo de 2021, a partir de la PTF publicada por el Dane para la vigencia 2019 en la actividad “Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado; distribución de agua; evacuación y tratamiento de aguas residuales, gestión de desechos y actividades de saneamiento ambiental”; ii) entre el primero (1°) de abril de 2021 y el treinta (30) de marzo de 2022, a partir de la PTF publicada por el Dane para la vigencia 2020 en la actividad “electricidad, gas y agua”, y iii) entre el primero (1°) de abril de 2022 y el treinta (30) de marzo de 2023, a partir de la PTF publicada por el Dane para la vigencia 2021 en la actividad “electricidad, gas y agua”.

 

Que así las cosas, en los períodos siguientes a marzo y hasta agosto de 2023 la variable “Factor de Productividad” (FP) será igual a cero (0) por cuanto se hace necesario regular dichos periodos de facturación generando así certeza jurídica respecto de la aplicación de este factor en el tiempo. En todo caso se debe resaltar que, a partir del periodo de facturación siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución, esta variable debe ser calculada en las condiciones establecidas en el presente acto administrativo, considerando que en adelante el ajuste por productividad a que se refiere el parágrafo del artículo 5.3.2.2.8.1. de la Resolución número CRA 943 de 2021 tendrá lugar en el mes de abril de cada año.

 

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3.2.2.8.1. de la Resolución número CRA 943 de 2021, la persona prestadora deberá ajustar los costos de cada actividad; adicionalmente, el incremento en productividad debe aplicar a todas las actividades del servicio público de aseo, independientemente de haber presentado una acumulación de al menos un 3% en el índice de actualización;

 

Que se hace necesario precisar que, si la persona prestadora de la actividad de recolección y transporte es diferente a la persona prestadora de la actividad de disposición final, será esta última la responsable de realizar los ajustes de productividad en la actualización del costo correspondiente;

 

Que al respecto, es importante señalar que como consecuencia de lo previsto en el artículo 5.3.2.7.61 de la Resolución número CRA 943 de 2021, donde se estableció la vigencia de la fórmula tarifaria a partir del primero de abril de 2016, el factor de productividad se aplicará desde la mencionada fecha en concordancia con el cumplimiento de cada año de vigencia de la fórmula, es decir abril de cada año;

 

Que así las cosas, el ajuste por factor de productividad se deberá aplicar, por una sola vez, en el siguiente período de facturación a agosto de 2023 y en todo caso las personas prestadoras deberán continuar reportando la información del Anexo V de la Resolución número CRA 942 de 2021 compilado en el numeral 6.3.2.6. del libro 6 parte 3 de la Resolución número CRA 943 de 2021;

 

Que a partir de la información remitida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, mediante radicado CRA 2023-321-002534-2 del 21 de marzo de 2023, se establecieron las Áreas de Prestación del Servicio (APS) en donde las personas prestadoras deberán aplicar un 𝛽 del 50%, en consecuencia, las APS que no se relacionan deberán aplicar un 𝛽 equivalente al 95%.

 

Que en la SESIÓN DE COMISIÓN ORDINARIA 303 del 30 de agosto de 2023, se aprobó el contenido de la resolución, por la cual se adicionan unos parágrafos al artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021 relacionado con el Factor de Productividad del servicio público de aseo para los períodos de facturación siguientes a marzo de 2023.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Adicionar los parágrafos 7° y 8° al artículo 5.3.2.2.8.3. de la Resolución número CRA 943 de 2021, relacionado con el Factor de Productividad, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, los cuales quedarán así:

 

Parágrafo 7°. En los períodos de facturación siguientes a marzo y hasta agosto de 2023 la variable “Factor de productividad” (FP) será igual a cero (0).

 

Parágrafo 8°. En el período de facturación siguiente a agosto del 2023 la variable Factor de productividad (FP) será igual a 2,44%.

 

Para las Áreas de Prestación del Servicio (APS) que se relacionan en el ANEXO del numeral 6.3.2.8 de la presente resolución, el Factor de distribución (β) será de 50%.

 

Para las Áreas de Prestación del Servicio (APS) que no se relacionen en dicho anexo, el Factor de distribución (β) será de 95%.

 

Para aquellas personas prestadoras que no reportaron información para alguno de los años 2020 o 2021, porque no se encontraban operando en el APS en ese(os) año(s), deberán aplicar un β equivalente al 50%

 

Las personas prestadoras deberán continuar reportando la información contenida en el numeral 6.3.2.5. del libro 6 parte 3 de la

Resolución número CRA 943 de 2021”.

 

Artículo 2°. Adicionar al “LIBRO 6 ANEXOS REGULACIÓN GENERAL”, “PARTE 3 ANEXOS REGULACIÓN GENERAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO” el numeral 6.3.2.8 a la Resolución número CRA 943 de 2021, el cual quedará así:

 

“6.3.2.8. Áreas de Prestación del Servicio (APS) y Personas Prestadoras que reportaron durante el año 2022 la información completa del Anexo V de la Resolución número CRA 720 de 2015, incorporado en el Libro 6, Parte 3, numeral 6.3.2.5 “Formulario para el reporte de información asociada al factor de productividad” de la Resolución número CRA 943 de 2021.

 

No.

ID

Empresa

NUAP

NUSD

ID

Empresa

NUAP_

NUSD

1

81

ASEO TÉCNICO

S. A. S. E.S.P.

26144430

130

2086

EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE

YOPAL EICE - ESP

344385001

2

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

40991

131

2086

EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE

YOPAL EICE - ESP

350385001

3

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

41814

132

2147

BIORGÁNICOS DEL

SUR DEL HUILA S. A

E.S.P.

750441551

4

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

644108296

133

2154

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS E.S.P. DE VILLETA

1176525875

5

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

1577308001

134

2173

SERVIASEO ITAGÜÍ S.A.S. E.S.P.

310205360

6

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y

ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

1577408296

135

2199

ASEO GIRARDOTA

S. A.S E.S.P.

242105308

7

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y

ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

1577508573

136

2238

ASEO SABANETA S. A.S. E.S.P.

242305631

8

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y  ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

1577608638

137

2240

EMPRESA DE ASEO

DE COPACABANA S. A. E.S.P.

180105212

9

82

SOCIEDAD DE

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y

ASEO DE BARRANQUILLA S. A. E.S.P.

1577808638

138

2256

EMPRESA DE SERVICIOS DE ASEO DE

VALLEDUPAR

S. A. S.  E.S.P. ASEOUPAR

S. A. S.

E.S.P.

812020001

10

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

440405001

139

2271

EMPRESA MUNICIPAL

DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE PIEDECUESTA

E.S.P.

2168547

11

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

440505088

140

2303

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS

DE SAN JOSÉ DE LA MARINILLA E.S.P.

925705440

12

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

440605079

141

2361

ASEO SIDERENSE S.A.S. E.S.P.

310105380

13

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

440705360

142

2377

EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO

PÚBLICO DE ASEO

CIUDAD BOLÍVAR

827505101

14

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

440805129

143

2403

EMPRESAS PÚBLICAS DE CAICEDONIA

E.S.P.

382476122

15

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

440905266

144

2405

EMPRESA METROPOLITANA DE ASEO

DE OCCIDENTE

S.A. E.S.P.

20117042

16

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

441005380

145

2614

CIUDAD LIMPIA

BOGOTÁ S. A. E.S.P.

42476001

17

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

441105212

146

2614

CIUDAD LIMPIA

BOGOTÁ S. A. E.S.P.

877611001

18

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

441205631

147

2614

CIUDAD LIMPIA

BOGOTÁ S. A. E.S.P.

1234676130

19

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

441305308

148

2614

CIUDAD LIMPIA

BOGOTÁ S. A. E.S.P.

1234719573

20

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

720105237

149

2614

CIUDAD LIMPIA

BOGOTÁ S. A. E.S.P.

1308976364

21

111

EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S. A.

E.S.P.

1042605001

150

2636

REDIBA S. A E.S.P.

922668081

22

166

EMPRESA DE SERVI-

CIOS PÚBLICOS DE CHÍA EMSERCHIA

E.S.P.

90225175

151

2636

REDIBA S. A E.S.P.

1172468081

23

175

EMPRESA MUNICI-

PAL DE ACUEDUCTO, ALCANTARI-

LLADO Y ASEO DE FUNZA

156125286

152

2636

REDIBA S. A E.S.P.

1172568276

24

185

EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTA-

RILLADO Y ASEO DE MADRID E.S.P.

1192725430

153

2636

REDIBA S. A E.S.P.

1172668001

25

469

EMPRESA DE SERVI-

CIOS PÚBLICOS DE

TAME CARIBABARE

E.S.P.

966181794

154

2682

VEOLIA ASEO SUR OCCIDENTE S. A.

E.S.P.

718976895

26

582

EMPRESAS PÚBLICAS DE URRAO

E.S.P.

922805847

155

2682

VEOLIA ASEO SUR OCCIDENTE S. A.

E.S.P.

719076400

27

622

EMPRESA COMUNITARIA DE ACUEDUCTO, ALCANTA-

RILLADO Y ASEO DE

SARAVENA

1283081736

156

2682

VEOLIA ASEO SUR OCCIDENTE S. A.

E.S.P.

719176318

28

626

EMPRESA METRO-

POLITANA DE ASEO

S. A. E.S.P.

1144

157

2682

VEOLIA ASEO SUR OCCIDENTE S. A.

E.S.P.

2715876306

29

626

EMPRESA METRO-

POLITANA DE ASEO

S. A. E.S.P.

37768

158

2866

VEOLIA ASEO NORTE

DE SANTANDER SAS ESP

30154001

30

626

EMPRESA METRO-

POLITANA DE ASEO

S. A. E.S.P.

44471

159

2866

VEOLIA ASEO NORTE

DE SANTANDER SAS ESP

30220011

31

626

EMPRESA METRO-

POLITANA DE ASEO

S. A. E.S.P.

208117001

160

2866

VEOLIA ASEO NORTE

DE SANTANDER SAS ESP

366154001

32

626

EMPRESA METRO-

POLITANA DE ASEO

S. A. E.S.P.

599817001

161

2866

VEOLIA ASEO NORTE

DE SANTANDER SAS ESP

366254874

33

626

EMPRESA METRO-

POLITANA DE ASEO

S. A. E.S.P.

599973349

162

2866

VEOLIA ASEO NORTE

DE SANTANDER SAS ESP

366320011

34

635

EMPRESAS PÚBLICAS DE PUERTO BOYACÁ E.S.P.

10715572

163

2866

VEOLIA ASEO NORTE

DE SANTANDER SAS ESP

366485001

35

643

EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE

CORINTO CAUCA

17207

164

2895

VEOLIA ASEO CÚCUTA SA ESP

346754001

36

686

UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS

DOMICILIARIOS

DEL MUNICIPIO DE

CABRERA

1588725307

165

2954

ASEO DEL NORTE S.A.S E.S.P.

388220001

37

730

EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS

DOMICILIARIOS

1158066170

166

3052

VEOLIA ASEO CARTAGENA Establecimiento-Sucursal

1212613001

38

732

EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA

242463001

167

3339

LIMPIEZA METROPOLITANA S.A E.S.P.

972011001

39

754

EMPRESA DE SERVI-

CIOS PÚBLICOS DE SOPÓ

2541325758

168

3364

TERRANOVA SERVI-

CIOS S. A. E.S.P

338176364

40

806

BIOAGRÍCOLA DEL

LLANO S. A EMPRE-

SA DE SERVICIOS

PÚBLICOS

2250001

169

3364

TERRANOVA SERVICIOS S. A. E.S.P

2799076130

41

806

BIOAGRÍCOLA DEL

LLANO S. A EMPRE-

SA DE SERVICIOS

PÚBLICOS

2450001

170

3383

SERVICIOS AMBIENTALES S. A. E.S.P.

22549

42

898

EMPRESAS PÚBLI-

CAS DE BELMIRA SA ESP

32970

171

3383

SERVICIOS AMBIEN-

TALES S.A. E.S.P.

430125307

43

1001

EMPRESAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE MÁLAGA E.S.P.

964268432

172

3383

SERVICIOS AMBIENTALES S. A. E.S.P.

748525307

44

1001

EMPRESAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE MÁLAGA E.S.P.

1104468432

173

3383

SERVICIOS AMBIENTALES S. A. E.S.P.

748673268

45

1056

EMPRESA MUNI-

CIPAL DE ASEO,

ALCANTARILLADO

Y ACUEDUCTO DE

FLORIDABLANCA

E.S.P

2368276

174

3383

SERVICIOS AMBIENTALES

S.A. E.S.P.

748725290

46

1252

EMPRESA METROPOLITANA DE ASEO DE CHINCHINÁ S. A E.S.P

226117174

175

3383

SERVICIOS AMBIENTALES

S.A. E.S.P.

748873275

47

1737

RUITOQUE S. A.

E.S.P.

21488

176

3383

SERVICIOS AMBIENTALES

S.A. E.S.P.

748973449

48

1737

RUITOQUE S. A.

E.S.P.

21489

177

3383

SERVICIOS AMBIENTALES

S.A. E.S.P.

1346073319

49

1737

RUITOQUE S. A.

E.S.P.

21490

178

3383

SERVICIOS AMBIENTALES

S.A. E.S.P.

1346125612

50

1737

RUITOQUE S. A.

E.S.P.

376968276

179

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

10205

51

1737

RUITOQUE S. A.

E.S.P.

377068547

180

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

10206

52

1737

RUITOQUE S. A.

E.S.P.

377168307

181

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

10207

53

1845

URBASER COLOM-

BIA S. A. E.S.P.

472125269

182

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

10208

54

1845

URBASER COLOM-

BIA S. A. E.S.P.

472223001

183

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

10484

55

1845

URBASER COLOM-

BIA S. A. E.S.P.

624063470

184

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

12104

56

1845

URBASER COLOM-

BIA S. A. E.S.P.

624123001

185

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

12105

57

1845

URBASER COLOM-

BIA S. A. E.S.P.

1343223001

186

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

12106

58

1845

URBASER COLOM-

BIA S. A. E.S.P.

1473176892

187

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

12108

59

1845

URBASER COLOM-

BIA S. A. E.S.P.

1988776520

188

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

28848

60

1868

VEOLIA ASEO BUGA

S. A. E.S.P.

398176111

189

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

1379250350

61

1868

VEOLIA ASEO BUGA

S. A. E.S.P.

607676670

190

20013

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL META S. A. E.S.P.

1379350325

62

1869

VEOLIA ASEO TU-

LUÁ S. A. S E.S.P

190176834

191

20108

LIMPIEZA Y SERVI-

CIOS PÚBLICOS

S.A. E.S.P.

52176001

63

1873

TRASH BUSTERS S.

A. E.S.P.

985688001

192

20286

BUENAVENTURA

MEDIO AMBIENTE S. A. E.S.P.

1614176109

64

1874

AMBIENTAR E.S.P.

S. A.

960795001

193

20300

URBASER MONTENEGRO S. A E.S.P.

176163470

65

1876

EMPRESA METROPOLITANA DE ASEO DE PASTO S. A. E.S.P.

561052001

194

20318

ASEO ESPECIAL SOLEDAD S. A. S. E.S.P.

388308758

66

1876

EMPRESA METROPOLITANA DE ASEO DE PASTO S. A. E.S.P.

966052001

195

20387

LIMPIEZA URBANA S. A. E.S.P.

851868001

67

1896

VEOLIA ASEO PAL-

MIRA S. A. S. E.S.P.

256276520

196

20387

LIMPIEZA URBANA S. A. E.S.P.

851968276

68

1917

SOCIEDAD DE ASEO

DE BELLO S. A. E.S.P.

124105088

197

20387

LIMPIEZA URBANA S. A. E.S.P.

852068307

69

1967

ASEO CALDAS

EMPRESA DE SERVI-

CIOS PÚBLICOS S. A.

S. E.S.P.

128605129

198

20387

LIMPIEZA URBANA S. A. E.S.P.

852168547

70

2005

EMPRESAS PÚBLICAS DE LA CEJA

E.S.P.

388405376

199

20550

ECOPROCESOS HÁBITAT LIMPIO S. EN C.A. E.S.P.

254425473

71

2018

VEOLIA ASEO PRA-

DERA S. A. S. E.S.P.

166176563

200

20579

OCCIDENTE LIMPIO

S. A. S E.S.P.

835505042

72

2043

ENVIASEO E.S.P.

314105266

201

20593

PACARIBE S. A E.S.P

314713001

73

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

17046

202

20681

EMPRESA DE ASEO

DE CAREPA S.A.S . E.S.P.

314205147

74

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

17048

203

21413

NUEVO MONDOÑEDO S. A. E.S.P.

1137525099

75

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

36870

204

21525

EMSERCOTA S. A.

E.S.P.

985325214

76

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

39588

205

21670

ATESA DE OCCIDENTE S. A. S E.S.P.

22166001

77

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41172

206

21670

ATESA DE OCCIDENTE S. A. S E.S.P.

1296266001

78

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41173

207

21682

ECOLOGÍA Y EN-

TORNO S. A. S E.S.P.

- ECOENTORNO

2784905360

79

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41175

208

21785

URBASER TUNJA S.

A. E.S.P.

372815001

80

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41177

209

21785

URBASER TUNJA S.

A. E.S.P.

624215001

81

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41178

210

21819

ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA COOPERATIVA EMPRESA DE

SERVICIOS PÚBLICOS DEL RÍO E.S.P.

7844

82

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41179

211

21819

ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA COOPERATIVA EMPRESA DE

SERVICIOS PÚBLICOS DEL RÍO E.S.P.

7845

83

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41182

212

21819

ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA COOPERATIVA EMPRESA DE

SERVICIOS PÚBLICOS DEL RÍO E.S.P.

1106547675

84

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41183

213

21840

EMPRESA DE ASEO

RIOGRANDE S. A. S.

E.S.P.

1927305664

85

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41185

214

21861

SEGOVIA ASEO

S. A. E.S.P.

1460405736

86

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41187

215

21872

EMPRESAS PÚBLICAS

MUNICIPALES DE

SIBATÉ S.C.A. E.S.P

768025740

87

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41188

216

21902

CIUDAD LIMPIA DEL

HUILA S. A. E.S.P.

1187041551

88

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41189

217

21902

CIUDAD LIMPIA DEL

HUILA S. A. E.S.P.

1381141615

89

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41191

218

22175

INTERASEO DEL

VALLE S. A. S. E.S.P.

8576890

90

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

41192

219

22322

AGUAS DEL NORTE

ANTIOQUEÑO S. A

E.S.P

623805887

91

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

42249

220

22333

VEOLIA ASEO CALI S.

A E. S. P.

404376001

92

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

44552

221

22341

PROMOVALLE S. A. ESP

266176001

93

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

44553

222

22669

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE

VILLANUEVA ESPAVI

S. A. E.S.P.

951885440

94

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

44554

223

22711

EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ASEO

DE CANDELARIA S.

A. ESP.

591276130

95

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

44555

224

22714

URBASER DUITAMA

S. A. E.S.P.

374415238

96

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

44556

225

22715

URBASER SOACHA S.

A. E.S.P.

359225754

97

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

44557

226

22891

EMPRESAS PÚBLICAS DE BRICEÑO S. A.

E.S.P

2418705107

98

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

45300

227

22911

VEOLIA ASEO SAN-

TANDER Y CESAR S. A E.S.P

372568001

99

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

47028

228

22911

VEOLIA ASEO SAN-

TANDER Y CESAR S. A E.S.P

372668276

100

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

48528

229

22911

VEOLIA ASEO SAN-

TANDER Y CESAR S. A E.S.P

372768307

101

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

48529

230

22911

VEOLIA ASEO SAN-

TANDER Y CESAR S. A E.S.P

1462768547

102

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

49088

231

22911

VEOLIA ASEO SAN-

TANDER Y CESAR S. A E.S.P

1849068081

103

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

20273001

232

22911

VEOLIA ASEO SAN-

TANDER Y CESAR S. A E.S.P

2431068081

104

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

20308520

233

22948

SERVICIOS PÚBLICOS

YALÍ S. A. E.S.P.

15185

105

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

20470001

234

23008

LA EMPRESA DE

SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ANGOSTURA S. A.

E.S.P.

19526

106

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

20547001

235

23311

NEPSA DEL QUINDÍO

EMPRESA REGIONAL

DE SERVICIOS PÚBLICOS S. A. ESP

438563594

107

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

20644279

236

23311

NEPSA DEL QUINDÍO

EMPRESA REGIONAL

DE SERVICIOS PÚBLICOS S. A. ESP

438663190

108

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

20747053

237

23365

PROMOCALI S. A.

E.S.P.

266276001

109

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

20844001

238

23450

URBASER LA TEBAI-

DA S. A. E.S.P.

358363401

110

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

648844001

239

24533

CENTRO DE GERENCIAMIENTO DE

RESIDUOS DOÑA

JUANA S. A. E.S.P.

655611001

111

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

648944650

240

25659

URBASER POPAYÁN

S. A. E.S.P.

358419001

112

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649073001

241

25659

URBASER POPAYÁN

S. A. E.S.P.

388119001

113

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649120013

242

25692

CENTRAL COLOM-

BIANA DE ASEO S. A ESP

42189

114

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649270742

243

25692

CENTRAL COLOM-

BIANA DE ASEO S. A ESP

42190

115

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649370708

244

25692

CENTRAL COLOMBIANA DE ASEO S. A ESP

564115176

116

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649470001

245

26741

AGUAS DEL PÁRAMO

DE SONSÓN S. A. S.

E.S.P

1537105756

117

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649547001

246

26785

CIUDAD LIMPIA NEIVA S. A E.S.P

39848

118

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649647288

247

26785

CIUDAD LIMPIA NEIVA S. A E.S.P

960841001

119

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649747053

248

26785

CIUDAD LIMPIA NEIVA S. A E.S.P

2328741001

120

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649805686

249

28511

EMPRESA METROPOLITANA DE ASEO

DEL PUTUMAYO S. A.

S. E.S.P.

675286001

121

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

649908685

250

36097

SANEAMIENTO Y

MEJORAMIENTO AM-

BIENTAL S. A. S ESP

952018001

122

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

650008520

251

36394

ECOAMBIENTAL AC-

TIVA DE COLOMBIA

S. A. ESP

1101605154

123

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

650108634

252

39056

INTERASEO DEL

ARCHIPIÉLAGO S. A.

S. E.S.P.

966388001

124

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

650208433

253

39834

PROMOAMBIENTAL

DISTRITO S A S ESP

880211001

125

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

881508078

254

39837

BOGOTÁ LIMPIA S. A.

S. E.S.P.

922911001

126

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

976044279

255

40018

Área Limpia Distrito Capital S. A. S E.S.P

905511001

127

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

1311641298

256

42696

GEOASEO SAS ESP

2377720011

128

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

1893141551

257

42698

EMPRESA DE ASEO

REGIONAL DEL SUR DE BOLÍVAR S. A. S. E.S.P.

1241513744

129

2044

INTERASEO S. A. S. E.S.P.

2656047551

 

 

 

 

 

Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 30 días del mes de agosto del año 2023.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

El Presidente,

 

ANÍBAL JOSÉ PÉREZ GARCÍA.

 

El Director Ejecutivo (e),

 

JORGE ENRIQUE CARDOSO RODRÍGUEZ. (C. F.).