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DECRETO 2293 DE 2023
(Diciembre 29) Derogado por el art. 2, Decreto Nacional 1573 de 2024.
Por el cual se fija el auxilio de transporte
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política, en la Ley 15 de 1959 y la Ley 4 de 1992
DECRETA:
Artículo 1. Auxilio de Transporte para 2024. Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil veinticuatro (2024), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de CIENTO SESENTA Y DOS MIL PESOS ($162.000.00), que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.
Artículo 2. Vigencia y Derogatoria. El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil veinticuatro (2024) y deroga el Decreto 2614 de 2022.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
EL MII\IISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
RICARDO BONILL GONZÁLEZ
LA MINISTRA DEL TRABAJO
GLORIA INÉS RAMÍREZ RÍOS
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
WILLIAM FERNANDO CAMARGO TRIANA
Nota: Ver norma original en Anexos. |