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Resolución Reglamentaria 006 de 2024 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
06/02/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/02/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7932 del 09 de febrero de 2024
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 006 DE 2024

 

(Febrero 6)

 

Por la cual se adopta el Manual para la Identificación y Declaración de Conflictos de Interés

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el Acuerdo Distrital 658 de 2016[1], y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política, establece como obligación de las autoridades diseñar y aplicar en las entidades públicas, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el Acuerdo Distrital 658 de 2016, regula en el artículo 6 la autonomía administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C. definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política, las leyes y los respectivos acuerdos vigentes.

 

Que el Decreto 1499 de 2017, adoptó entre las políticas de gestión y desempeño institucional, la política de integridad[2], que busca el compromiso de los servidores públicos y entidades en el cumplimiento de la promesa que hace el Estado a la ciudadanía para garantizar el interés general en el servicio público[3], con dos grandes componentes, Código de Integridad y Conflicto de Intereses.

 

Que de conformidad con el Decreto 118 de 2018 y los parámetros establecidos por la dimensión de Talento Humano del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG-, la Contraloría de Bogotá D.C., incorporó actualizó el Programa de Transparencia y Ética Pública para la vigencia año 2024 que trae inmersa la estrategia del Código de Integridad en el Plan Estratégico Institucional con los valores aplicables para todos los servidores y colaboradores de la entidad.

 

Que el artículo 44 de la Ley 1952 de 2019 dispone "Conflicto de intereses. Todo servidor público deberá declararse impedido para actuar en un asunto cuando tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, controlo decisión, o lo tuviere su cónyuge, compañero o compañera permanente, o algunos de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho.

 

Cuando el interés general, propio de la función pública, entre en conflicto con un interés particular y directo del servidor público deberá declararse impedido."

 

Que los conflictos de interés ponen en riesgo la obligación de garantizar el interés general del servicio público y afectan la confianza ciudadana en la administración pública[4] y es necesario que los servidores públicos y contratistas de la Contraloría de Bogotá D.C. conozcan sobre las situaciones en las que sus intereses personales pueden influir en el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades con la administración pública.

 

Que se hace necesario adoptar una herramienta que brinde orientaciones y directrices a los servidores públicos y contratistas de la entidad para que identifiquen y declaren sus conflictos de interés, cuando tengan que afrontar situaciones en las que sus intereses personales se enfrenten con los intereses propios del servicio público.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el siguiente documento en el Proceso de Gestión del Talento Humano.

 

No.

DOCUMENTO

VERSIÓN

CÓDIGO

1

Manual para la Identificación y Declaración de Conflictos de Interés

1.0

PGTH-26

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes velar por la administración, divulgación y cumplimiento del documento adoptado.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 6 días del mes de febrero del año 2024.

 

JULIÁN MAURICIO RUÍZ RODRÍGUEZ

 

Contralor de Bogotá D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.



[1] Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881, 886 y 904 de 2023.

[2] Artículo 2.2.22.2.1 Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. Numeral 4.

[3] Política de Integridad Pública. Función Pública.

[4] Función Pública. https://www.funcionpublica.gov.co/web/identificacion-declaracion-conflicto-intereses