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Decreto Local 027 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
10/11/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/11/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7857 del 15 de noviembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 027 DE 2023

 

(Noviembre 10)

 

Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño para el periodo comprendido entre el once (11) al quince (15) de noviembre de 2023, inclusive

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO (E),

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre, Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.

 

Que el inciso segundo de la misma disposición prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el alcalde local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.

 

Que, corresponde a la Junta Administradora Local aprobar en primer y segundo debate los proyectos de Acuerdo Local de conformidad con las facultades que para el efecto le confieren los artículos 75,76, 77 y 78 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo Local 02 de 2018 “Por el cual se modifica el Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”.

 

Que el 13 de septiembre de 2023 a través de radicado No. 2023-652-021165-1 esta administración local presentó ante la Junta Administradora Local de Antonio Nariño el proyecto de acuerdo local “Por medio del cual se modifica el acuerdo local 01 de 2014, Consejo Local de Paz de la Localidad de Antonio Nariño y se dictan otras disposiciones” con el fin de que, de conformidad con el artículo 105 del Acuerdo Local 02 de 2018, la corporación surtiera el trámite correspondiente pata su sanción.

 

Que mediante oficio 202315EN0224 del 9 de noviembre de 2023, la Edilesa Daniela Villamil Arteaga presidenta de la Junta Administradora Local, solicitó a esta administración local, convocar a la Junta Administradora Local a sesión extraordinaria en atención a lo señalado en el numeral 17 del artículo 24 del Acuerdo Local 02 de 2018, con el fin de continuar con la discusión y aprobación del proyecto de acuerdo presentado por la administración.

 

Que, en atención a lo anterior, se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias con el fin de que se ocupe de manera exclusiva para el análisis, estudio y discusión correspondiente para la sanción del proyecto de acuerdo local “Por medio del cual se modifica el acuerdo local 01 de 2014, Consejo Local de Paz de la Localidad de Antonio Nariño y se dictan otras disposiciones", de conformidad a las anteriores consideraciones.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el once (11) al quince (15) de noviembre de 2023, con el objeto de analizar, estudiar, discutir y decidir sobre la aprobación del proyecto de acuerdo local “Por medio del cual se modifica el acuerdo local 01 de 2014, Consejo Local de Paz de la Localidad de Antonio Nariño y se dictan otras disposiciones".

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Durante el término de convocatoria a sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño solamente se podrá ocupar de los asuntos que se someten a consideración mediante el presente Decreto Local.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de noviembre del año 2023.

 

MANUEL CALDERON RAMÍREZ

 

Alcalde Local Antonio Nariño (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.