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Resolución 195 de 2023 Presidencia de la República

Fecha de Expedición:
10/04/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/04/2024
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 195 DE 2023

 

(Julio 10)

 

Por la cual se aclara la Resolución 264 del 15 de noviembre de 2022 y se retira a un miembro de apoyo profesional del Gobierno Nacional en la mesa de diálogo con miembros representantes del ELN

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, la Ley 418 de 1997 y el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante la Resolución N° 264 del 15 de noviembre de 2022 se autorizó la instalación y reanudación de la Mesa de Diálogo entre los representantes autorizados del Gobierno nacional con miembros representantes del Ejército de Liberación Nacional -ELN- en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Diálogos para la Paz de Colombia entre el Gobierno Nacional y el Ejército de Liberación Nacional, y designó al Jefe de la Delegación y a los miembros autorizados del Gobierno nacional para participar en la Mesa de Diálogo con miembros representantes del ELN.

 

Que en el artículo 5° de la Resolución N° 264 del15 de noviembre de 2022 designó como miembros de apoyo de la mesa de dialogo a las profesionales Ana Beatriz Sánchez Lara y Rosmerlin Estupiñan, asesoras de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, incurriendo en un error de digitación, al traslapar las cedulas de las profesionales designadas, razón por la cual se hace necesario corregir el error de traslape cometido en el artículo quinto de la citada Resolución 264 de 2023, y precisar que las profesionales, Ana Beatriz Sánchez Lara se identifica con la cédula de ciudadanía N° 65.733.169 y Rosmerlin Estupiñan se identifica con la cédula de ciudadanía N° 3.754.876.

 

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, establece que "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda".

 

Que mediante la Resolución 0549 del 6 de junio de 2023 el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República aceptó, la renuncia de la señora Rosmerlin Estupiñan Silva como asesora de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz OACP a partir del 30 de junio de 2023.

 

Que, en consideración a lo anterior,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Corregir el artículo 5 de la Resolución N° 264 del 15 de noviembre de 2022, el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO 5°. Designar como miembros de apoyo a los profesionales Ana Beatriz Sánchez Lara identificada con la cédula de ciudadanía N° 65.733.169 y Rosmerlin Estupiñan identificada con la cédula de ciudadanía N° 37.548.764, asesoras de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz."

 

ARTÍCULO 2°. Retirar a la señora Rosmerlin Estupiñan Silva identificada con la cédula de ciudadanía N° 37.548.764, como miembro de apoyo de la mesa de diálogo entre el Gobierno nacional con representantes del ELN, de acuerdo con los argumentos esbozados en la parte considerativa de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 3°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y modifica en lo pertinente el artículo 5° de la Resolución N° 264 del 15 de noviembre de 2022.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada, a los 10 días del mes de julio del año 2023.

 

GUSTAVO PETRO URREGO

 

Presidente de la República de Colombia

 

Nota: Ver norma original en Anexos.