RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Circular Externa DDP-000005 de 2024 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
12/04/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA DDP 005 DE 2024

 

(Abril 12)

 

PARA: Representantes legales, directores financieros, tesoreros, contadores y responsables de presupuesto de las entidades de la administración central, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales con personería jurídica, veeduría, organismos de control y ente autónomo universitario

 

DE: Secretaria Distrital de Hacienda

 

ASUNTO: Reducción Presupuestal Acuerdo 5 de 1998.

 

RADICACIÓN: 2024E109499O1

 

En atención a lo establecido en el Acuerdo 5 de 1998[1] artículo primero que cita:

 

En cada vigencia el Gobierno Distrital reducirá el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento cuando las reservas constituidas para ellos, superen el 4% del Presupuesto del año inmediatamente anterior. Igual operación realizará sobre las apropiaciones de inversión, cuando las reservas para tal fin excedan el 20% del presupuesto de inversión del año anterior.

 

Al determinar el valor de las reservas de gastos y del presupuesto del año inmediatamente anterior, se excluirán las financiadas con el situado Fiscal y las Transferencias de Ingresos Corrientes de la Nación y los demás ingresos con destinación específica.

 

(…)

 

De acuerdo con los datos registrados en el Sistema de Información Presupuestal – Bogdata, del total de las reservas constituidas a 31 de diciembre de 2023 para las entidades que conforman el Presupuesto Anual, se descontaron las destinaciones específicas, y con dicho resultado se procedió a calcular el indicador, dando como resultado global para funcionamiento 5,67% y para inversión 9,98%. Esto implica que al sobrepasar el 4% establecido para funcionamiento de acuerdo con lo determinado en el Acuerdo 5 de 1998, se debe aplicar la correspondiente reducción en el presupuesto vigente de 2024.

 

De conformidad con lo establecido en la Resolución SDH 191 de 2017 – Manual Operativo Presupuestal “En caso que el indicador general supere los porcentajes, se aplicará la reducción presupuestal, a más tardar el 30 de abril del año en curso por lo cual las siguientes entidades deben proceder a solicitar la reducción en los montos señalados en el cuadro que sigue a continuación:

 

Cuadro 1. Reducción por Funcionamiento

 

Cifras en pesos

ENTIDAD

Valor Por Recortar

ENTIDAD

Valor Por Recortar

0104 SECRETARÍA GENERAL

2.556.275.513

0203 IDIGER

310.443.095

0110 SDG

2.873.662.025

0204 IDU

2.615.959.333

0111 SDH

8.009.769.945

0208 CVP

82.370.841

0112-SED

1.343.588.916

0211 IDRD

193.741.099

0113 SDM

6.186.811.269

0213 IDPC

413.077.170

0114 SDS

2.041.553.767

0214 IDIPRON

1.296.522.238

0117 SDDE

505.496.609

0215 FUGA

56.949.190

0119 SDCRD

953.486.924

0218 JB

173.325.038

0120 SDP

1.248.550.601

0219 IDEP

197.855.129

0121 SDM

512.288.693

0220 IDPAC

259.962.241

0125 DASCD

157.652.101

0221 IDT

514.908.534

0126 SDA

388.841.324

0222 IDARTES

225.510.513

0127 DADEP

174.056.614

0226 UAECD

1.247.608.628

0131 UAECOB

1.858.338.862

0227 UAERMV

1.558.749.467

0136 SJD

340.274.007

0228 UAESP

10.000.000.000

0137 SDSCJ

3.539.142.323

0229 IDPYBA

70.246.411

0200 IPES

137.444.721

0501 ATENEA

256.133.726

Total General

52.300.596.867

 

Las fuentes de financiación incluidas en este ejercicio son las abajo relacionadas, por tanto, la reducción debe hacerse de acuerdo con las mismas o con sus pares en VA o RB:

 

1-100-F001 VA Recursos Distrito

 

1-200-F001 RB Otros Distrito.

 

Para proceder a la reducción, las entidades señaladas en el cuadro anterior deberán enviar la solicitud formal a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto a través del buzón institucional radicacionhaciendabogota@shd.gov.co a más tardar el 16 de abril del año en curso, con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 3.2.1.5 Reducción Presupuestal del Manual Operativo Presupuestal, Resolución SDH 191 de 2017, afectando preferiblemente los Gastos de Personal, toda vez que a la fecha se proyectan a 31 de diciembre del 2024 sobrantes de nómina, generados principalmente por cargos vacantes.

 

Cordialmente,

 

ANDRES FELIPE URIBE MEDINA

 

Subsecretario Técnico

 

radicacionhaciendabogota@shd.gov.co

 

Nota: Ver Circular original en Anexos.

 

NOTA AL PIE DE PÁGINA:


[1] Por el cual se modifica el Estatuto Orgánico del Presupuesto para el Distrito Capital”.