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CIRCULAR EXTERNA DDP 005 DE 2024
(Abril 12)
PARA: Representantes legales, directores financieros, tesoreros, contadores y responsables de presupuesto de las entidades de la administración central, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales con personería jurídica, veeduría, organismos de control y ente autónomo universitario
DE: Secretaria Distrital de Hacienda
ASUNTO: Reducción Presupuestal Acuerdo 5 de 1998.
RADICACIÓN: 2024E109499O1
En atención a lo establecido en el Acuerdo 5 de 1998[1] artículo primero que cita:
“En cada vigencia el Gobierno Distrital reducirá el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento cuando las reservas constituidas para ellos, superen el 4% del Presupuesto del año inmediatamente anterior. Igual operación realizará sobre las apropiaciones de inversión, cuando las reservas para tal fin excedan el 20% del presupuesto de inversión del año anterior.
Al determinar el valor de las reservas de gastos y del presupuesto del año inmediatamente anterior, se excluirán las financiadas con el situado Fiscal y las Transferencias de Ingresos Corrientes de la Nación y los demás ingresos con destinación específica.
(…)”
De acuerdo con los datos registrados en el Sistema de Información Presupuestal – Bogdata, del total de las reservas constituidas a 31 de diciembre de 2023 para las entidades que conforman el Presupuesto Anual, se descontaron las destinaciones específicas, y con dicho resultado se procedió a calcular el indicador, dando como resultado global para funcionamiento 5,67% y para inversión 9,98%. Esto implica que al sobrepasar el 4% establecido para funcionamiento de acuerdo con lo determinado en el Acuerdo 5 de 1998, se debe aplicar la correspondiente reducción en el presupuesto vigente de 2024.
De conformidad con lo establecido en la Resolución SDH 191 de 2017 – Manual Operativo Presupuestal “En caso que el indicador general supere los porcentajes, se aplicará la reducción presupuestal, a más tardar el 30 de abril del año en curso” por lo cual las siguientes entidades deben proceder a solicitar la reducción en los montos señalados en el cuadro que sigue a continuación:
Cuadro 1. Reducción por Funcionamiento
Cifras en pesos
Las fuentes de financiación incluidas en este ejercicio son las abajo relacionadas, por tanto, la reducción debe hacerse de acuerdo con las mismas o con sus pares en VA o RB:
1-100-F001 VA Recursos Distrito
1-200-F001 RB Otros Distrito.
Para proceder a la reducción, las entidades señaladas en el cuadro anterior deberán enviar la solicitud formal a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto a través del buzón institucional radicacionhaciendabogota@shd.gov.co a más tardar el 16 de abril del año en curso, con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 3.2.1.5 Reducción Presupuestal del Manual Operativo Presupuestal, Resolución SDH 191 de 2017, afectando preferiblemente los Gastos de Personal, toda vez que a la fecha se proyectan a 31 de diciembre del 2024 sobrantes de nómina, generados principalmente por cargos vacantes.
Cordialmente,
ANDRES FELIPE URIBE MEDINA
Subsecretario Técnico
radicacionhaciendabogota@shd.gov.co
Nota: Ver Circular original en Anexos.
NOTA AL PIE DE PÁGINA: [1] “Por el cual se modifica el Estatuto Orgánico del Presupuesto para el Distrito Capital”.
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