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Resolución 321 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
22/05/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/05/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8022 del 24 de mayo de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 321 DE 2024

 

(Mayo 22)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que:


“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, en su artículo 17 señala:


“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.


Que, así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece: 


" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

 

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: 


“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”.

 

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto Distrital 340 de 2022, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: “(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”.

 

Que el Decreto Distrital en mención, en su artículo 12 literal (h), contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: "(…) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)".

 

Que, en dicho sentido, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establece el proceso misional del fomento a la cultural, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales. 

 

Que, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato Constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura, mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades.

 

Que, en consonancia con lo anterior, esta Secretaría mediante su proceso misional de Fomento, impulsa programas desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la presente invitación tiene como objetivo reconocer la participación de los consejeros y las consejeras de los distintos espacios de participación del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio (SDACP) a través de un incentivo económico que permita apoyar sus procesos de formación profesional a nivel tecnológico, técnico, pregrado o posgrado en instituciones de educación superior.

 

Que sumado a lo anterior con este incentivo se aspira a fortalecer a los procesos de formación de los consejeros y consejeras como agentes fundamentales del Sector Cultura; ya que de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 480 de 2018 el  Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio (SDACP) facilita la participación de todos los actores locales e institucionales para la generación de capacidades, la garantía de los derechos culturales y el desarrollo del sector cultural de la ciudad, permitiendo que los habitantes tengan una mayor incidencia en la gestión pública de la ciudad.

 

Que la presente invitación tiene como objetivo fomentar el acceso a los derechos culturales de  los pueblos étnicos en Bogotá D.C., con el propósito de fortalecer los medios comunitarios, las estrategias de comunicación o la creación de contenidos audiovisuales que propicien la conexión intercultural y la generación de diálogos con la ciudadanía general donde se evidencian las prácticas artísticas, culturales o patrimoniales desarrolladas por los grupos étnicos, mostrando la diversidad poblacional que habita los territorios de la ciudad

 

Que, en ese sentido, se invita a las agrupaciones o personas jurídicas pertenecientes a los pueblos étnicos, que cuenten con el respectivo aval de las autoridades o representantes de las instancias distritales que residen en Bogotá D.C a presentar iniciativas para visibilizar las dinámicas de su comunidad, a través de procesos de comunicación comunitaria con énfasis étnico.

 

Que para soportar la invitación que se apertura, la SCRD, cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal que se cita a continuación:

 

Invitación

Monto del incentivo

No. de incentivos

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia encargada de la convocatoria

Invitación cultural Comunicación étnica

$25.000.000

10

$250.000.000

N.º 934 del 18 de abril de 2024

Dirección de Fomento

 

Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a la invitación cultural “Comunicación étnica”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la invitación cultural “Comunicación étnica”, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que, en consideración de lo expuesto,

 

RESUELVE:

  

ARTÍCULO PRIMERO:  Ordenar la apertura a la invitación cultural “Comunicación étnica”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a partir del 22 de mayo de 2024 así:

 

Monto del incentivo

No. De incentivos

Monto Total de la Invitación

CDP

$25.000.000

10

$250.000.000

934 del 18 de abril de 2024

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO TERCERO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de la invitación cultural “Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte serán atendidos con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 934 del 18 de abril de 2024.

 

ARTÍCULO CUARTO: La Dirección de Fomento será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso del incentivo económico previsto en esta invitación cultural, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa, comunicar el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa, la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO OCTAVO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de mayo del año 2024.

SANTIAGO TRULILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte


Nota: Ver norma original en Anexos.