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DECRETO 181 DE 2024
(Mayo 21)
Por medio del cual se efectúa un nombramiento
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016 establece: “Los Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado serán nombrados para periodos institucionales de cuatro (4) años, el cual empezará con la posesión y culminará tres (3) meses después del inicio del periodo institucional del Presidente de la República, del Gobernador o del Alcalde. ”
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la Secretaría Distrital de Salud y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, suscribieron el convenio interadministrativo No. 4232000-078-2024, con el objeto de: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y operativos para conformar un Banco de Hojas de Vida que será usado en la provisión de los empleos de Gerentes de las Subredes Integradas de Servicio de Salud E.S.E del Distrito Capital para el período institucional 2024-2028, con quienes reúnan los requisitos de que trata el Decreto Ley 785 de 2005 para ejercer dicho rol.”
Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 5. de la Cláusula Cuarta del citado Convenio Interadministrativo, corresponde a la Secretaría Distrital de Salud, realizar la verificación de requisitos mínimos de las hojas de vida y la valoración de antecedentes de quienes se registren para la convocatoria.
Que la hoja de vida de la doctora VIVIANA MARCELA CLAVIJO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.726.429, hace parte del Banco de Hojas de Vida para Gerentes Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E. de la Administración Pública de Bogotá, D.C.
Que el numeral 22.5. del artículo 22 del Decreto Ley 785 de 2005, dispuso los requisitos para desempeñar el cargo de Gerente de Empresa Social del Estado, teniendo en cuenta el principio del mérito, sin perjuicio de la facultad discrecional de la que gozan las autoridades territoriales.
Que la Secretaría Distrital de Salud certificó que la doctora VIVIANA MARCELA CLAVIJO, cumple los requisitos para ser nombrada en el cargo de Gerente de Empresa Social del Estado, Código 085, Grado 09, de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E., que no ha pertenecido a ninguna Junta Directiva de las Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E. del Distrito Capital y no registra sanción de ninguna índole.
Que en cumplimiento del artículo 7° del Acuerdo No. 782 del 26 de noviembre de 2020 y el artículo 7° del Decreto Distrital No. 189 del 21 de agosto de 2020, modificado por el Decreto Distrital No. 159 del 28 de abril de 2021, la hoja de vida de la doctora VIVIANA MARCELA CLAVIJO, se publicó en el sítio Web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, entre el 24 de abril y el 02 de mayo de 2024, para conocimiento de la ciudadanía.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.-: Nombrar a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2028, a la doctora VIVIANA MARCELA CLAVIJO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.726.429, en el cargo de Gerente de Empresa Social del Estado, Código 085, Grado 09, de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E.
Artículo 2°.-: De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado por el Decreto No. 648 de 2017, la doctora VIVIANA MARCELA CLAVIJO, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de este acto administrativo, para manifestar sí acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de su aceptación.
Artículo 3°.-: Comunicar el contenido del presente Decreto a la doctora VIVIANA MARCELA CLAVIJO, a la Secretaría Distrital de Salud, a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Artículo 4°.-: Publicar el contenido del presente Decreto en el Registro Distrital a través de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.
Artículo 5°.-: El presente Decreto rige a partir del día de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de mayo del año 2024.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |