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Circular Externa 008 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
20/06/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52793 del 20 de junio de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 008 DE 2024

 

(Junio 20)

 

PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO Y ENTIDADES OBLIGADAS A COMPENSAR - EOC

 

DE: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

ASUNTO: NUEVO PLAZO PARA LA RETROALIMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN REPORTADA POR LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO Y ENTIDADES OBLIGADAS A COMPENSAR - EOC, PARA EL ESTUDIO DE SUFICIENCIA Y DE LOS MECANISMOS DE AJUSTE DE RIESGO PARA EL CÁLCULO DE LA UPC AÑO 2025.

 

Con el propósito de formular el ajuste a los servicios y tecnologías en salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), aplicable a los Regímenes Contributivo y Subsidiado y sus respectivas Unidades de Pago por Capitación, el Ministerio de Salud y Protección Social continuará realizando el estudio de la suficiencia de la UPC, con base en información reportada por las Entidades Promotoras de Salud -EPS de los dos regímenes y las Entidades Obligadas a Compensar - EOC.

 

En tal sentido, este Ministerio expidió la Circular Externa 007 del 05 de junio de 2024, mediante la cual se establecieron las fechas y las instrucciones para el proceso de retroalimentación y justificación de la información reportada por las Entidades Promotoras de Salud - EPS y las Entidades Obligadas a Compensar - EOC conforme al artículo 24 de la Resolución 2364 de 2023 modificada por la Resolución 158 de 2024, para el estudio de suficiencia y de los mecanismos de ajuste de riesgo para el cálculo de la UPC, recursos para garantizar la financiación de los servicios y tecnologías en salud año 2025.

 

Ahora bien, en atención a las comunicaciones remitidas por ALIANSALUD EPS, SALUD TOTAL EPS y DUSAKAWI EPSI, en las que manifiestan la imposibilidad de enviar los archivos maestros y las justificaciones a través de la plataforma SIREPS en el plazo inicialmente establecido y por consiguiente la necesidad de la ampliación de dicho plazo, y teniendo en cuenta, además, el resultado del seguimiento al cargue de la información en la referida plataforma, que al vencimiento del plazo arrojó lo siguiente:

 

- EPS/EOC sin iniciar cargue de archivos maestros: C.C.F. COMFACHOCO - SUBSIDIADO, C.C.F. COMFACHOCO- MOVILIDAD DEL CONTRIBUTIVO, CAJACOPI ATLANTICO - SUBSIDIADO, CAJACOPI ATLANTICO - MOVILIDAD DEL CONTRIBUTIVO, CAPRESOCA - MOVILIDAD DEL CONTRIBUTIVO, DUSAKAWI - SUBSIDIADO, EMSSANAR - SUBSIDIADO, EMSSANAR - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, FONDO PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, PIJAOS - SUBSIDIADO, PIJAOS - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, SALUD TOTAL - CONTRIBUTIVO, SALUD TOTAL - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO.

 

- EPS/EOC sin terminar cargue de archivos maestros: EPS FAMILIAR DE COLOMBIA - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO.

 

- EPS/EOC sin iniciar cargue de justificaciones: C.C.F. COMFACHOCO - SUBSIDIADO, C.C.F. COMFACHOCO- MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, CAJACOPI ATLANTICO - SUBSIDIADO, CAJACOPI ATLANTICO - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, CAPRESOCA - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, DUSAKAWI - SUBSIDIADO, EMSSANAR - SUBSIDIADO, EMSSANAR - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, FONDO PASIVO SOCIAL FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA, PIJAOS - SUBSIDIADO, PIJAOS - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO.

 

- EPS/EOC sin terminar cargue de justificaciones: AIC - SUBSIDIADO, AIC - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, ALIANSALUD - CONTRIBUTIVO, ALIANSALUD - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, ANAS WAYUU - SUBSIDIADO, ANAS WAYUU - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, CAPITAL SALUD - SUBSIDIADO, CAPITAL SALUD - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, CAPRESOCA - SUBSIDIADO, COMPENSAR - CONTRIBUTIVOCOMPENSAR - MOVILIDAD AL SUBSIDIADOCOOSALUD - CONTRIBUTIVO, COOSALUD - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, COOSALUD - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, COOSALUD - SUBSIDIADO, EPS FAMILIAR DE COLOMBIA- SUBSIDIADO, EPS FAMILIAR DE COLOMBIA - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, FAMISANAR - CONTRIBUTIVO, FAMISANAR - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, FUNDACION SALUD MIA EPS - CONTRIBUTIVO, FUNDACION SALUD MIA EPS - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, MALLAMAS - SUBSIDIADO, MALLAMAS - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, MUTUALSER - CONTRIBUTIVO, MUTUALSER - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, MUTUALSER - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, MUTUALSER - SUBSIDIADO, NUEVA EPS - CONTRIBUTIVO, NUEVA EPS - MOVILIDAD AL CONTRIBUTIVO, NUEVA EPS - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, NUEVA EPSSUBSIDIADO, SALUD TOTAL - CONTRIBUTIVO, SALUD TOTAL - MOVILIDAD DEL SUBSIDIADO, SANITAS - CONTRIBUTIVO, SANITAS - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD - CONTRIBUTIVO, SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO, SURA - CONTRIBUTIVO, SURA - MOVILIDAD AL SUBSIDIADO.

 

No obstante lo anterior, esta Cartera Ministerial, en virtud de lo expuesto y de la importancia que tiene para el cálculo de la UPC año 2025 el proceso de retroalimentación y justificación, se permite establecer un nuevo plazo para garantizar el reporte total de la información correspondiente a dicho proceso así:

 

1. Fechas para el proceso de retroalimentación y justificación.


Respuesta a la retroalimentación archivos maestros y justificaciones: las EPS y EOC deberán enviar los archivos maestros y las justificaciones a través de la plataforma SIREPS a más tardar el 26 de junio de 2024. Se reitera que no es posible enviar información adicional a la retroalimentada.

 

Las demás condiciones e instrucciones para el proceso de retroalimentación y justificación se mantienen, conforme a lo establecido en la Circular 007 del 05 de junio de 2024.

 

Este Ministerio continuara proporcionando a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsidiado y las EOC, la disponibilidad y accesibilidad a las plataformas tecnológicas, así como la asistencia técnica necesaria para responder a la retroalimentación y justificación de la información que podrá ser solicitada al correo electrónico estudiosuficiencia@minsalud.gov.co

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de junio del año 2024.

 

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ

 

Ministro de Salud y Protección Social

 

Nota: Ver norma original en Anexos.