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DECRETO 1050 DE 1998 (diciembre 14) por el cual se adopta el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de la Planta de personal de la Secretaría de Hacienda de Santa Fe de Bogotá, D.C.,
El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del Artículo 38 de Decreto Ley 1421 de 1993, y el artículo 31 del Decreto Ley 1569 de 1998, CONSIDERANDO Que la Ley 443 de 1998, sobre carrera administrativa es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales. Que el Artículo 31 del Decreto Ley 1569 de 1998, dispone que con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones y requisitos generales de que trata dicho Decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a establecer las plantas de personal y los correspondientes manuales específicos de funciones y de requisitos. Que el Concejo de Santa Fe de Bogotá, mediante Acuerdo 14 de 1998, adoptó los grados de asignación básica para las diferentes denominaciones de empleos que conforman las plantas de personal de los organismos del sector central de la Administración Distrital. En mérito de lo expuesto, DECRETA Modificado por los Decretos Distritales 169 de 2000, 457 de 2000, 545 de 2000, 694 de 2000,Artículo 1º.- Ajustar la Planta Global de la Secretaría de Hacienda al Sistema de nomenclatura y clasificación de empleos, así: PLANTA ACTUAL
PLANTA AJUSTADA
Artículo 3º.- Facultar al Secretario de Despacho de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., para llevar a cabo la incorporación de los funcionarios de dicho Organismo a los empleos de la planta global que se adopta mediante el presente Decreto. Parágrafo.- Los empleados que actualmente se encuentran prestando sus servicios en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., deberán ser incorporados a la planta de personal sin que se les exijan requisitos distintos a los ya acreditados y sólo requerirán de la firma del acta respectiva. Artículo 4º.- La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., distribuirá los empleos de la planta global, según las necesidades del servicio. Artículo 5º.- Delegar en el Secretario de Despacho de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y Requisitos, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1569 de 1998. Artículo 6º.- El Secretario de Despacho de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., podrá crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes y programas del organismo. Artículo 7º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 14 de diciembre de 1998. El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. La Secretaria General, LUZ ZORAIDA BARRAGÁN. El Secretario de Hacienda, CARLOS SANDOVAL REYES. La Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1799 de diciembre 14 de 1998. |