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Acuerdo 934 de 2024 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/08/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/09/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8119 del 06 de septiembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 934 DE 2024

 

(Agosto 30)

 

Por el cual se establecen acciones afirmativas para prevenir, asistir y combatir el virus de papiloma humano y el cáncer de cuello uterino en el Distrito Capital

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 322 y 323 de la Constitución Política y los numerales 1 y 25 del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.- OBJETO. Integrar acciones afirmativas que permitan prevenir, asistir y combatir el Virus de Papiloma Humano y el Cáncer de Cuello Uterino en el Distrito Capital, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Salud y la articulación interinstitucional en materia de prevención, control, tratamiento, asistencia, educación, información, financiación e investigación científica.

 

ARTÍCULO 2.- ACCIONES AFIRMATIVAS Y ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS. Las acciones afirmativas y estrategias pedagógicas que se integran para prevenir, asistir y combatir el Virus de Papiloma Humano y el Cáncer de Cuello Uterino son:

 

a. Promoción y garantía de la Vacuna contra el Papiloma Humano que genere sensibilidad, conciencia e inclusión social.

 

b. Promoción de diagnósticos tempranos tendientes a detectar lesiones precancerosas de Cuello Uterino o Carcinomas Infiltrantes de Cuello Uterino en estados tempranos a través de la realización de pruebas de tamización de base poblacional, ajustadas a la edad de la mujer y lugar de residencia habitual, en pro de una mejor calidad y expectativa de vida.

 

c. Diseño e implementación de la Ruta Integral de Atención para la detección temprana del Cáncer de Cuello Uterino, conforme lo establece la Resolución 3280 de 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social, y las disposiciones normativas que la modifiquen o sustituya.

 

d. Diseño, ejecución y ajuste de un Programa de Tamización de Cáncer de Cuello Uterino basado en pruebas ADN-VPH que hayan sido validadas con estudios clínicos.

 

e. Promoción y capacitación al personal médico de la red pública para realizar tamizaciones en detección temprana del Virus de Papiloma Humano y en la aplicación de la Ruta Integral de Atención para la detección temprana del Cáncer de Cuello Uterino, conforme lo dispone la Resolución 3280 de 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social, y las disposiciones normativas que la modifiquen o sustituya.

 

f. Apoyo y asistencia sectorial e intersectorial de las demás entidades distritales que tengan relación con la materia.

 

ARTÍCULO 3.- APLICACIÓN DE NORMAS Y LINEAMIENTOS. Para los efectos del presente Acuerdo, se tendrá en cuenta en lo pertinente, los protocolos, guías, lineamientos proferidos y publicados por el Ministerio de Salud y Protección Social, contemplados en la Resolución 3280 de 2018, así como el cumplimiento de los Acuerdos Distritales 461 de 2011, 520 de 2013, 593 de 2015 y las normas que las modifiquen o sustituyan.

 

ARTÍCULO 4.- INFORME. La Secretaría Distrital de Salud entregará al Concejo de Bogotá, el 26 de marzo de cada año, un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas de los Acuerdos 461 de 2011, 520 de 2013, 593 de 2015 y del presente Acuerdo, en el que incluirá un comparativo con el año inmediatamente anterior.

 

ARTÍCULO 5.- VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de agosto del año 2024.

 

JUAN JAVIER BAENA MERLANO

 

Presidente

 

LUZ ANGÉLICA VIZCAÍNO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

PUBLICADO EN EL PROCESO DE ANALES Y PUBLICACIONES

 

SANCIONADO EL 30 DE AGOSTO DEL 2024


Nota: Ver norma publicada en Anexos.