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DECRETO 328 DE 2024
(Septiembre 24)
Por el cual se concede una comisión de servicios al interior del país
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2.2.5.5.21. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto Nacional 648 de 2017, dispone: “(...) El empleado se encuentra en comisión cuando cumple misiones, adelanta estudios, atiende determinadas actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede otorgarse al interior del país o al exterior.”
Que el inciso segundo del artículo 50 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que “(...) Las comisiones oficiales del Alcalde Mayor serán ordenadas por el propio Alcalde, quien fijará su objeto, duración y costo para el erario. Así mismo, designará el funcionario que deba reemplazarlo”.
Que el señor Jaime Alberto Cabal Sanclemente, Presidente de la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios - FENALCO, extendió invitación al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHON, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, para participar como panelista en el tema “La visión del futuro de Colombia desde las ciudades capitales”, que hace parte del “CONGRESO NACIONAL DE COMERCIANTES EMPRESARIOS 2024 - “Unidos por la Colombia del Futuro”, que se llevará a cabo los días 26 y 27 de septiembre de 2024, en Barranquilla, Atlántico.
Que FENALCO congrega a más de 18.000 comerciantes empresarios de todos los sectores de la economía del país y de diferentes tamaños de empresa, en donde las MIPYMES representan el 93% de los afiliados al Gremio. Así mismo, desde hace 30 años, es la única entidad gremial que atiende y congrega a más de 320.000 tenderos de barrio.
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tiquetes aéreos en la ruta Bogotá - Barranquilla - Bogotá, con cargo al contrato de suministro No. 4233100-295-2024.
Que con el propósito que el doctor CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN asista y participe en el panel, se hace necesario conceder comisión de servicios al interior del país, por el día 26 de septiembre de 2024, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes.
Que durante el término de la comisión el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tendrá derecho a percibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto Nacional No. 648 de 2017.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°-: Conceder comisión de servicios al interior del país el día 26 de septiembre de 2024, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, para participar como panelista en el tema “La visión del futuro de Colombia desde las ciudades capitales”, que hace parte del “CONGRESO NACIONAL DE COMERCIANTES EMPRESARIO 2024 - “Unidos por la Colombia del Futuro”, que se llevará a cabo los días 26 y 27 de septiembre de 2024, en Barranquilla, Atlántico.
Parágrafo 1°: Durante el término de la comisión el comisionado, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional No. 648 de 2017.
Parágrafo 2°-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado, presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, en el formato establecido para tal fin, denominado “4232000-F-1154 informe dg comisión”, a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 2°-: La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tiquetes aéreos en la ruta Bogotá - Barranquilla - Bogotá, con cargo al contrato de suministro No. 4233100-295-2024.
ARTÍCULO 3°-: Comunicar al Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital, a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
ARTÍCULO 4°-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de septiembre del año 2024.
CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |