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Resolución 774 de 2024 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Fecha de Expedición:
09/09/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/09/2024
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52885 del 20 de noviembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 774 DE 2024

 

(Septiembre 09)

 

Por la cual se modifica la Resolución número 00382 del 2015 que reglamenta la inscripción de entidades para la obtención de cadáveres, componentes anatómicos y tejidos con fines de trasplante docencia e investigación y se dictan otras disposiciones

 

EL DIRECTOR GENERAL (E)

 

en uso de las facultades conferidas en el artículo 46 del Decreto número 2493 de 2004, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 9ª de 1979 reguló la donación o traspaso de órganos, tejidos y líquidos orgánicos de cadáveres o de seres vivos para trasplantes u otros usos terapéuticos.

 

Que el parágrafo del artículo 540 de la mencionada ley, modificado por el artículo 2° de la Ley 1805 de 2016, dispone que “se podrá proceder a la utilización de los órganos, tejidos, componentes anatómicos y líquidos orgánicos a que se refiere este artículo, cuando exista consentimiento del donante libre, previo e informado o presunción legal de donación”.

 

Que la Ley 73 de 1988, modificada por la Ley 1805 de 2016, dictó disposiciones en materia de donación de órganos y componentes anatómicos para fines de trasplantes u otros usos terapéuticos y estableció la presunción legal de donación de aquellos.

 

Que el Decreto número 2493 de 2004, expedido por Ministerio de la Protección Social, reglamentario de las Leyes 9ª de 1979 y 73 de 1988, regula “la obtención, donación, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de componentes anatómicos” entre otros.

 

Que el artículo 21 parágrafo 2º del mencionado decreto reglamentario estableció para “el retiro de componentes anatómicos de un cadáver, para fines de trasplantes o implante deberá ser efectuado por el personal médico del programa de trasplantes o por el personal técnico del banco de tejidos”.

 

Que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses expidió la Resolución 000382 del 15 de mayo de 2015, “por la cual se reglamenta la inscripción de entidades para la obtención de cadáveres, componentes anatómicos y tejidos con fines de trasplante, docencia e investigación y se dictan otras disposiciones”, acto administrativo que estableció los requisitos que deben cumplir cuando pretendan inscribirse ante la entidad.

 

Que el artículo 9° de la Resolución número 000382 del 15 de mayo de 2015, determinó la formación del Comité de Componentes Anatómicos y Cadáveres no Reclamados, el cual está presidido por el Director General.

 

Que, teniendo en cuenta la naturaleza del Comité de Componentes Anatómicos y Cadáveres no Reclamados, es necesario modificar la conformación del mismo, lo cual permitirá optimizar su gestión a través del servicio forense.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modificado por el art. 1, Resolución 256 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente> CONFORMACIÓN. El Comité de Componentes Anatómicos y Cadáveres no Reclamados del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, estará conformado por:

 

a) El subdirector de Servicios Forenses, quien lo presidirá.

 

b) El subdirector de Investigación Científica.

 

c) El coordinador del Grupo Nacional de Patología Forense.

 

d) El jefe de la Oficina Jurídica.

 

e) Un representante de los Directores Regionales designado por el Director General.

 

Parágrafo. La Oficina Jurídica de la entidad ejercerá la secretaria técnica del Comité a través de un abogado designado por el jefe de la referida unidad organizacional.


El texto original era el siguiente:

Artículo 1°. Modificar el artículo 9° de la Resolución número 000382 del 15 de mayo de 2015, el cual quedará así:

“Artículo 9°. Creación y conformación del Comité de Componentes Anatómicos y Cadáveres no Reclamados. Créase el Comité de Componentes Anatómicos y Cadáveres no Reclamados del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el cual estará conformado por los siguientes funcionarios: a) El subdirector de Servicios Forenses, quien lo presidirá. b) El subdirector de Investigación Científica. c) El coordinador del Grupo Nacional de Patología Forense. d) La Secretaria General. e) Un representante de los Directores Regionales designado por el Director General”.


Ver art. 1, Resolución 1005 de 2025.


Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 9° de la Resolución número 382 de 2015.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2024.

 

El Director General (e)

 

JORGE ARTURO JIMÉNEZ PÁJARO

 

Nota: Ver norma original en Anexos.