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Resolución 5215 de 1996 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
15/11/1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/11/1996
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 005215 DE 1996

(Noviembre 15)

 Derogada por el art. 20, Resolución Sec. Salud 0240 de 2014.

Por el cual se suspende el Sacrificio de Animales en el Centro de Zoonosis y se adopta un nuevo Sistema de Eliminación.

LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 9 de 1979 y el Decreto 2257 de 1986.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 9 de 1979 en su artículo 592 faculta a las autoridades sanitarias para ordenar la captura individual o masiva de animales y su eliminación sanitaria.

Que el Decreto 2257 en el artículo 49 de 1986 faculta a las autoridades sanitarias para limitar la población de animales mediante capturas individuales o colectivas, y eliminación sanitaria de aquellos que se consideren vagos por no tener dueño aparente o conocido.

Que es preciso eliminar los animales que son capturados deambulando en la calle y que son reclamados por sus propietarios en el Centro de Zoonosis.

Que en el Centro de Zoonosis se venían sacrificando los animales mediante electrocución, sistema que a partir de la fecha no se utilizará.

Que en el parágrafo primero del artículo 56 del Decreto 2257 de 1986, se ordena la captura y confinamiento de los semovientes vagos durante tres días hábiles en los Centros de Zoonosis.

Ver el art. 9, Resolución Secretaría de Salud 1095 de 1999

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Ordenar suspender a partir de la fecha la eliminación de animales que se declaren como vagos o que no son reclamados por sus propietarios en el Centro de Zoonosis mediante la electrocución.

ARTÍCULO SEGUNDO. Adoptar a partir de la fecha el método de eliminación individual mediante la utilización de la sobre dosis de anestésicos barbitúricos para los animales que no son reclamados por sus propietarios, en el Centro de Zoonosis.

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santa fe de Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de noviembre de 1996.

BEATRIZ LONDOÑO SOTO

Secretaría Distrital de Salud.