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CIRCULAR 047 DE 2024
(Noviembre 08)
Para: SERVIDORES/AS PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
De: DIRECTOR DE GESTIÓN CORPORATIVA.
Asunto: CONVOCATORIA APOYO AL FINANCIAMIENTO DE EDUCACIÓN FORMAL PARA LA VIGENCIA 2024
Radicado: 3-2024-10277
Cordial saludo:
La Dirección de Gestión Corporativa, mediante correo electrónico del 18 de septiembre de 2023 solicitó concepto al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD), con el fin de contar con los lineamientos a seguir, para el traslado de los recursos para educación formal a los fondos FRADEC Y FEDHE.
Al respecto, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD) mediante oficio con radicado No 2-2023-13994 del 1 de noviembre de 2023, manifestó lo siguiente:
“En primer lugar, (...) debemos señalar, tal y como lo indicamos en la respuesta otorgada anteriormente, que los recursos asignados para los programas de Bienestar e Incentivos Laborales, dentro de los que se incluye financiación de programas de educación formal, una vez estos han sido asignados e incorporados al presupuesto de la entidad, estos deben ser ejecutados por la misma, de acuerdo a la normatividad vigente, al no existir un procedimiento para trasladar estos recursos al Fondo FRADEC.
(…)
“1.6. Capacitación. La Administración creará a partir del 2014, un Fondo con $2.000 millones de pesos, destinados a financiar estudios de pregrado, postgrado, maestrías y doctorados para los empleados públicos, incluidos los del sector salud (hospitales) y organismos de control, en convenio con el ICETEX”.
Así, en cumplimiento de este Acuerdo Laboral, se constituyó el Fondo Educativo en Administración de Recursos para Capacitación Educativa de los Empleados Públicos del Distrito Capital “FRADEC” destinado al otorgamiento de créditos educativos 100% condonables por prestación de servicios y mérito académico, para financiar la educación formal de los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de los niveles asistencial, técnico y profesional que conforman las entidades del Distrito Capital, en los niveles de pregrado y posgrado.
(...) De acuerdo con lo anterior, ha de considerarse que el Distrito Capital como entidad territorial para su administración además del Concejo Distrital como corporación de elección popular, tiene a la Alcaldesa Mayor de la ciudad como jefe de la administración, razón que impone la coordinación de sus actividades en procura del beneficio general y, que por lo tanto, tanto el Acuerdo Distrital 719 de 2018 como el Decreto Distrital 492 de 2019, buscan en el marco del artículo 209 Constitucional, la eficiencia, eficacia y uso racional de los recursos del tesoro público, ha de considerarse que el artículo 9° ibídem, mediante el cual se ordenó canalizar la oferta distrital para promover la capacitación formal de los empleados distritales a través de FRADEC, escoge este -Fondo- como el instrumento o de carácter administrativo que permite lograr la optimización de recursos públicos sin duplicación de los esfuerzos institucionales destinados para ese fin, previsión que debe ser considerada por las entidades y organismos distritales en el momento de priorizar recursos destinados a la financiación de sus programas de bienestar y estímulos y a partir de allí, adecuar las actividades previstas para su ejecución”.
Con base en lo anterior, el Plan de Bienestar e Incentivos 2024 de la Secretaría Jurídica Distrital establece la financiación de la educación formal y no formal para los servidores públicos de la entidad; particularmente el punto 7.2 dispone
“7.2. Financiación de la educación formal.
De conformidad con el Decreto 1083 de 2015, Artículo 2.2.10.2, Parágrafo 1. "Los programas de educación no formal y formal básica primaria, secundaria y media, o educación superior estarán dirigidos a los empleados públicos. También se podrán beneficiar de estos programas las familias de los empleados públicos, cuando la entidad cuente con recursos apropiados en sus respectivos presupuestos para el efecto."
Serán beneficiarios los servidores públicos de la Secretaría Jurídica Distrital y sus familias, cuando la entidad cuente con recursos suficientes, en el respectivo presupuesto destinado para el efecto.
Los programas de educación no formal y de educación formal básica primaria, secundaria y media superior, estarán dirigidos a los empleados públicos y sus familias, siempre y cuando existan las apropiaciones destinados para el efecto dentro del presupuesto.
Con respecto a los recursos asignados para educación formal y atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 492 de 2019 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, el cual indica que las entidades y organismos distritales que tengan asignados recursos para promover la capacitación formal de sus empleados públicos e hijos, en el marco de sus Programas de Bienestar e Incentivos, deberán canalizar la oferta distrital en el Fondo Educativo en Administración de Recursos para Capacitación Educativa de los Empleados Públicos del Distrito Capital - FRADEC y el Fondo Educativo del Distrito para hijos de empleados - FEDHE, buscando optimizar los recursos y evitar duplicar esfuerzos institucionales destinados a este fin, la Secretaria Jurídica Distrital solicitó Concepto sobre el particular al DASCD.”
En ese sentido y conforme a lo señalado por el concepto emitido por el DASC, al cual se acogió la entidad, según lo señalado en el Plan de Bienestar e Incentivos 2024, la financiación de la educación formal que corresponde a los niveles de pregrado y posgrado debe hacerse a través de los fondos FRADEC y FEDHE, de acuerdo con las convocatorias que para el efecto emita el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD).
Por su parte, el presupuesto de la entidad asignó la suma de TREINTA MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS ($30.556.000) para otorgar apoyo económico en programas de educación preescolar, básica primaria, secundaria y media para los(as) hijos (as) de los servidores públicos de la Entidad, en el marco de lo señalado en el plan de bienestar e incentivos de 2024.
Así las cosas, se invita a servidores y servidoras a efectuar la postulación para participar en el apoyo al financiamiento de educación preescolar, básica primaria, secundaria y media de los(as) hijos (as) de los servidores de la Entidad.
a) Postulación
Las y los servidores interesados deberán remitir máximo el 20 de noviembre de 2024, a la Dirección de Gestión Corporativa, su postulación, acreditando y allegando los documentos y requisitos descritos a continuación:
1. Ser servidor o servidora activa desempeñando funciones en la Secretaría Jurídica Distrital.
2. Llevar por lo menos un (1) año de servicio continuo en la entidad.
3. Aportar el certificado de la entidad educativa en la que conste: el nombre del estudiante, nombre de la entidad educativa, grado que cursa y si es educación preescolar, básica primaria, secundaria o media.
4. Recibo de matrícula pagado, evidencia del pago de la matrícula o certificado de pago emitido por la institución educativa.
5. Documento que acredite el parentesco (registro civil de nacimiento, registro de adopción o patria potestad actualizada).
La postulación para el apoyo a la financiación de Educación Formal se deberá realizar mediante memorando electrónico acreditando el cumplimiento de todos los requisitos y todos los documentos anexos, dirigido a la Dirección de Gestión Corporativa desde el 8 de noviembre y hasta el 20 de noviembre 2024.
El no cumplimiento de uno o varios documentos constituirá causal de exclusión y no podrá ser subsanado.
b) Verificación de requisitos
Posterior a la fecha de cierre, la Dirección de Gestión Corporativa verificará el cumplimento de todos los requisitos y documentos y presentará los resultados al Comité Institucional de Gestión y Desempeño.
c) Comité Institucional de Gestión y Desempeño
El Comité Institucional de Gestión y Desempeño será la instancia encargada de disponer la distribución y aprobar la entrega de los recursos a quienes cumplan con los requisitos señalados.
Los montos serán definidos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, basado en los criterios internamente dispuestos y acorde con la demanda de solicitudes y la disponibilidad de recursos presupuestales.
d) Comunicación y desembolso
Se comunicará la Resolución a todos los beneficiarios y se asignarán los respectivos apoyos aprobados a cada uno de los servidores incluidos en la correspondiente Resolución.
Atentamente,
HERNANDO ANDRÉS DE LA ROSA CHAMORRO
Director de Gestión Corporativa
Proyectó: Nicolás David Mora Ortiz - Contratista, Dirección de Gestión Corporativa Revisó: María Fernanda Quijano Vásquez - Asesora, Despacho Secretaria Jurídica Distrital Aprobó: Hernando Andrés De la Rosa Chamorro - Director Técnico, Dirección de Gestión Corporativa.
NOTA: Ver norma original en Anexos. |