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Resolución 135 de 2025 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
31/01/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/02/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8257 del 06 de febrero del 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 135 DE 2025

 

(Enero 31)

 

Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

 

En uso de sus facultades legales y, en especial de las conferidas por el numeral 5º del artículo 5º del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7° del artículo 2 de la Resolución 002 de 2023 de Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 122 de la Constitución Política consagra que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la Ley o Reglamento.

 

Que la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Reglamentario 1083 de 2015 consagran que las entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales de los empleos que forman la planta de personal.

 

Que mediante las Resoluciones de Junta Directiva Nos.006 del 7 de julio de 2017 y 002 del 24 de mayo de 2023, se modificó la estructura organizacional, y las funciones asignadas a las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte. 


Que mediante la Resolución de Junta Directiva No.003 del 24 de mayo de 2023 se modificó la Planta de Personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

 

Que mediante Resolución de la Dirección General No. 225 del 13 de febrero de 2024, se modificó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

 

Que el Decreto Nacional No. 1083 de 2015[1], en su artículo 2.2.3.5, del Decreto Nacional 1083 de 20151, establece:

 

ARTÍCULO 2.2.3.5 Disciplinas académicas. Para efectos de la identificación de las disciplinas académicas de los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación de estudios en educación superior, de que trata el artículo 23 del Decreto Ley 785 de 2005, las entidades y organismos identificarán en el manual de funciones y de competencias laborales los Núcleos Básicos del Conocimiento - NBC- que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior - SNIES, tal como se señala a continuación:

 

(…)

 

PARÁGRAFO 1. Corresponderá a los organismos y entidades de orden territorial, a los que aplique el presente decreto, verificar que la disciplina académica o profesión pertenezca al respectivo Núcleo Básico del Conocimiento señalado en el manual específico de funciones y de competencias laborales, teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones del empleo o el área de desempeño. (…)”

 

Que de acuerdo con lo anterior y conforme al análisis efectuado por el Área de Talento Humano del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, por necesidades del servicio se considera procedente modificar la Resolución de la Dirección General No. 225 del 13 de 1 febrero de 2024, correspondiente a los requisitos de estudio para los niveles Directivo Subdirector Técnico Código 068 - Grado 02 (Subdirector Técnico de Parques – Subdirector Técnico de Recreación y Deporte), incluyendo el NBC en Ciencia Política, Relaciones Internacionales, con el fin de permitir que la gestión administrativa sea más flexible y se amplié el campo del desempeño profesional aplicable a cada uno de dichos empleos.

 

Que mediante oficios con número de radicación IDRD, 20243100331551, 20243100331561, 20243100331591, 20243100331601 y 20243100331611 del 24 de diciembre de 2024, se socializó la modificación al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, a los sindicatos de la Entidad en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Conjunta 002 de 2024 que dispone que se dejará constancia del proceso de consulta adelantado con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de la modificación o actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y se escucharán sus observaciones e inquietudes.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2-2025-983 del 30 de enero de 2025, expidió el concepto técnico favorable para la modificación del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD.

 

Que, en mérito de lo expuesto, este despacho

 

RESUELVE:

 

Artículo 1.- Modificar parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en el sentido de ajustar los perfiles de los empleos de los niveles Directivo de Subdirector Técnico Código 068 - Grado 02 Subdirector Técnico de Parques – Subdirector Técnico de Recreación y Deporte, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los empleados públicos con criterios de eficiencia y eficacia, en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD.

 

Subdirector Técnico Código 068 - Grado 02

 

II. ÁREA FUNCIONAL

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PARQUES

 

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir la ejecución e implementación y desarrollo de las políticas y programas tendientes a proporcionar sostenibilidad económica, social y de la infraestructura física del Sistema Distrital de Parques mediante la ejecución de estrategias de apropiación social, promoción de servicios y mantenimiento preventivo y correctivo del mismo.  

 

 

IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO

1.

Orientar la adopción e implementación de las políticas institucionales en materia de sostenibilidad de parques y escenarios y la participación de la empresa privada para garantizar la operación de los mismos.

2.

Gestionar las estrategias y actividades tendientes a la obtención de recursos financieros, a través de la promoción y la publicidad de los programas y eventos institucionales, así como de los parques y escenarios del Sistema Distrital.

3.

Liderar la ejecución de los programas y actividades relacionadas con la recuperación y

 

mantenimiento de parques y escenarios deportivos administrados por el IDRD.

4.

Dirigir el diseño e implementación de los protocolos de mercadeo y comercialización de los eventos y programas que realiza el Instituto, contribuyendo al cumplimiento de la misión Institucional. 

5.

Liderar la formulación de los proyectos de infraestructura a realizar en los parques y escenarios del IDRD, de acuerdo con los lineamientos establecidos para el Distrito y las políticas relacionadas con la administración de los mismos.

6.

Suscribir los actos administrativos a que haya lugar en relación con el gasto y consecuencialmente, el pago de las condenas y demás decisiones judiciales que se profieran contra el IDRD, que se deban financiar con el presupuesto de funcionamiento e inversión a su cargo.

7.

Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos y convenio que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.

8.

Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo

 

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 

1.      Plan de Desarrollo Distrital.

2.      Plan Maestro de Espacio Público.

3.      Plan de Ordenamiento Territorial.

4.      Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

5.      Normas de Espacio Público, Mobiliario Urbano y Equipamiento Público.

6.      Gestión de riesgos y seguridad industrial.

7.      Sistema Distrital de Parques.

8.      Normativa sobre aprovechamiento económico.

9.      Normatividad sobre contratación estatal.

10.   Metodologías para evaluación de proyectos y análisis de indicadores de impacto.

11.   Sistemas de Gestión Ambiental.

12.   Utilización de aplicaciones ofimáticas

 

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES

POR NIVEL JERÁRQUICO

Aprendizaje continuo

Orientación a resultados

Orientación al usuario y al ciudadano

Compromiso con la organización

Trabajo en equipo y adaptación al cambio

 

Visión estratégica.

Liderazgo efectivo.

Planeación.

Toma de decisiones.

Gestión del desarrollo de las personas.

Pensamiento sistémico.

Resolución de conflictos.

 

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS

EXPERIENCIA

Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):  NBC en Administración; 

NBC en Economía;

NBC en Contaduría Pública;

NBC en Ingeniería Industrial y afines;

NBC en Ingeniería Administrativa y afines;

NBC en Derecho y afines;

NBC en Ingeniería Civil y afines;

NBC en Arquitectura y Afines;

NBC en Ingeniería ambiental, sanitaria y afines;

NBC      en      Ciencia      Política,       Relaciones

Internacionales;

NBC en Deportes, Educación Física y Recreación;

 

Título de posgrado en modalidad de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley. 

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.

 

Subdirector Técnico Código 068 - Grado 02

 

II. ÁREA FUNCIONAL 

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECREACIÓN Y DEPORTES

 

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir la planeación y ejecución de programas y eventos relacionados con el fomento del alto rendimiento deportivo, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, así como los programas de fomento y promoción del deporte y adopción de hábitos saludables, para la participación de todos los grupos poblacionales de Bogotá, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección General y los planes institucionales.

 

 

IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO

1.

Orientar la adopción e implementación de políticas y programas institucionales en materia de recreación y deporte, dirigidos a la participación de cada uno de los sectores poblacionales del Distrito Capital.

2.

Gestionar la ejecución de los programas y actividades deportivas y recreativas orientados a la comunidad de Bogotá, con el fin de lograr un óptimo aprovechamiento del tiempo libre.

3.

Liderar el diseño e implementación de lineamientos para promover la participación y adecuada preparación de los deportistas que representen a Bogotá en competencias regionales, nacionales e internacionales.

4.

Dirigir la implementación de acciones que permitan la inclusión de deportistas al sistema de alto rendimiento.

5.

Liderar la ejecución de actividades formativas y/o de actualización de conocimientos que permitan fortalecer la gestión de los líderes comunitarios, en beneficio de los habitantes de la capital, en lo referente a deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre.

6.

Suscribir los actos administrativos a que haya lugar en relación con el gasto y consecuencialmente, el pago de las condenas y demás decisiones judiciales que se profieran contra el IDRD, que se deban financiar con el presupuesto de funcionamiento e inversión a su cargo.

7.

Desempeñar las actividades de supervisión de los contratos y convenio que celebre la dependencia y que le sean asignados, con el fin de facilitar el logro de los objetivos y estrategias institucionales en cumplimiento de las normas legales vigentes.

8.

Desempeñar las demás funciones asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

 

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 

1.      Políticas Públicas Distritales.

2.      Sistema Nacional del Deporte y decretos reglamentarios.

3.      Plan de Ordenamiento Territorial.

4.      Plan de Desarrollo Distrital.

5.      Normatividad Distrital sobre Ciclovía

6.      Normatividad Distrital en materia de Eventos Metropolitanos y Plan de Emergencias.

7.      Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en Condición de Discapacidad.

8.      Plan Nacional de Recreación.

9.      Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

10.   Normatividad sobre Contratación Estatal.

11.   Utilización de aplicaciones ofimáticas.

 

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES

POR NIVEL JERÁRQUICO

Aprendizaje continuo

Orientación a resultados

Orientación al usuario y al ciudadano

Compromiso con la organización

Trabajo en equipo y adaptación al cambio

 

Visión estratégica.

Liderazgo efectivo.

Planeación.

Toma de decisiones.

Gestión del desarrollo de las personas.

Pensamiento sistémico.

Resolución de conflictos.

 

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS

EXPERIENCIA

Título Profesional en alguna disciplina académica de uno de los siguientes núcleos básicos del conocimiento (NBC):  NBC en Administración; 

Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional.

NBC en Economía;

NBC en Contaduría Pública;

NBC en Ingeniería Industrial y afines;

NBC en Ingeniería Administrativa y afines;

NBC en Derecho y afines;

NBC      en      Ciencia      Política,        Relaciones

Internacionales;

NBC en Deportes, Educación Física y Recreación

NBC en Educación

 

Título    de        posgrado          en             modalidad        de especialización, en áreas relacionada con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos por la Ley. 

 

 

 

Artículo 2.- Comunicación. El Responsable del Área de Talento Humano de la Subdirección administrativa y Financiera del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, entregará al servidor o servidora una copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión; cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de sus funciones; o cuando en razón a la adopción o modificación del manual de funciones y de competencias laborales se afecten las establecidas para el respectivo empleo. En todo caso los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones.

 

Artículo 3.- La presente resolución rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 225 de 2024 y demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de enero del año 2025.

 

DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN

 

Director General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.


NOTA AL PIE DE PAGINA:

[1] Ibidem