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Decreto 090 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/03/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 090 DE 2025

 

(Marzo 12)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país al Secretario Distrital de Salud y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:


Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993 estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: “3° Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.”

 

Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de “ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede rehusarse a su cumplimiento”.

 

Que los señores Michael Rubens Bloomberg, Embajador Mundial de la Organización Mundial de la Salud para Enfermedades No Transmisibles y Lesiones (ETN) y fundador de Bloomberg Philanthropies, Allan Li, Subdirectora General, Cobertura Sanitaria Universal, Mejora de la Salud de las Poblaciones de la Organización Mundial de la Salud, y Mary-Ann Eitebet, Presidenta y Directora Ejecutiva de Vital Strategies, extendieron invitación al señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Salud, para participar en la Cumbre de la Alianza de Ciudades Saludables, que se llevará a cabo del 18 al 21 de marzo de 2025, en la ciudad de París, República Francesa.

 

Que mediante oficios con los radicados No. 1-2025-7487 y 1-2025-7342 del 03 de marzo de 2025 y correo electrónico del 5 de marzo de 2025, la Secretaría Distrital de Salud solicitó se le conceda comisión de servicios al exterior del país, al señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS del 17 al 22 de marzo de 2025, para participar en el mencionado evento.

 

Que la Cumbre de la Alianza de Ciudades Saludables tiene como objetivo reunir a los líderes en salud pública de ciudades de todo el mundo para intercambiar experiencias y fortalecer estrategias para la prevención y el control de las Enfermedades No Transmitibles (ETN) y las Lesiones. La ciudad de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de Salud, forma parte de la Alianza de Ciudades Saludables desde 2017 y, como resultado de ello, la ciudad ha avanzado en nuevas iniciativas, incluyendo un proyecto sobre la calidad del aire y su impacto en la salud. Adicionalmente, la Secretaría Distrital de Salud lidera la estrategia comunicativa y pedagógica del Índice Bogotano de Calidad del Aire y Salud (IBOCA), con el fin de mejorar el acceso y la comprensión de la información sobre la calidad del aire y sus riesgos en salud. Esto se realiza a través del sitio web y la aplicación móvil de IBOCA, así como del pronóstico de calidad del aire publicado en el observatorio SALUDATA, permitiendo a la ciudadanía tomar decisiones informadas para proteger su salud.

 

Que su asistencia se considera procedente por tratarse de asuntos que interesan a la Entidad y que, de acuerdo con la Resolución No. 160 de 2021 – Manual de Funciones de la Secretaría Distrital de Salud, guardan relación con las funciones: “Dirigir, coordinar, adoptar y supervisar las políticas, coordinar y supervisar su ejecución, planes generales, programas y proyectos distritales del Sector Salud, con la oportunidad requerida”, “Dirigir y coordinar las políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del Distrito Capital mediante acciones en salud pública y dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de forma eficiente y oportuna” y "Fijar las políticas y adoptar los planes generales relacionados con la misión de la Secretaría Distrital de Salud y velar por el cumplimiento de los términos y condiciones establecidos para su ejecución, de acuerdo con los lineamientos y parámetros establecidos". Además, le permitirá fortalecer los procesos encaminados a la reducción de las Enfermedades No Transmitibles (ETN) y las Lesiones, las cuales continúan siendo las principales causas de muerte a nivel mundial, responsables de 8 de cada 10 fallecimientos, y también compartir la experiencia de la ciudad en la gobernanza de la calidad del aire y su impacto en la salud pública. El evento facilitará el diálogo con otros líderes para el intercambio de experiencias y buenas prácticas, además de servir como espacio clave para identificar actores estratégicos que puedan fortalecer los procesos de la Secretaría Distrital de Salud a través de diversas formas de cooperación.

 

Que Bloomberg Philanthropies, organización sin ánimo de lucro, cubrirá todos los gastos necesarios para la comisión del servidor.

 

Que, mediante correo electrónico del 19 de febrero de 2025, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica, recomendó la participación del Secretario Distrital de Salud en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

Que con el propósito de que el señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS asista al mencionado evento, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país del 17 al 22 de marzo de 2025, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelo.

 

Que durante el término de la comisión, el comisionado tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo de la Ley 1960 de 2019, establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)."

 

Que, de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Salud, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que el señor José Elías Guevara Fragozo, Director de Gestión del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Salud, certificó que el señor JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 75.102.272, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría Corporativa de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Salud.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Conceder comisión de servicios al exterior del país, del 17 al 22 de marzo de 2025, al señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Salud, para participar en la Cumbre de la Alianza de Ciudades Saludables, que se llevará a cabo del 18 al 21 de marzo de 2025, en la ciudad de París, República Francesa.

 

Parágrafo 1°: Durante el término de la comisión, el señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2°: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado deberá presentar ante este Despacho informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

ARTÍCULO 2°: Encargar del 17 al 22 de marzo de 2025, al señor JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 75.102.272, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría Distrital de Salud, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad.

 

ARTÍCULO 3°: Comunicar a los señores GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS y JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, a la Secretaría Distrital de Salud, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS

gobermont@saludcapital.gov.co

2

JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA

jgcorrea@saludcapital.gov.co

 

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos