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Resolución 137 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
13/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/03/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8289 del 20 de marzo de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 137 DE 2025

 

(Marzo 13)

 

Por la cual se efectúa una delegación para la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP y se dictan otras disposiciones

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el artículo 37 del Decreto Distrital 546 de 2007, modificado por el artículo 8 del Decreto Distrital 375 de 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 113° de la Constitución Política de 1991 establece "(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones."

 

Que el artículo de la Ley 489 de 1998, señala que: "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias ...".

 

Que el artículo 32° del Acuerdo 257 de 2006, "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

 

Que el artículo 37 del Decreto Distrital 546 de 2007, modificado por el artículo 8 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece la integración de la Comisión Intersectorial del Espacio Público, dentro de uno de los integrantes se encuentra: el(la) Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte o su delegado(a). Por su parte, la Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público.

 

Que el artículo 38 del Decreto Distrital 546 de 2007, modificado por el artículo 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, prevé que "La Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá por objeto la coordinación y articulación de la política de espacio público con énfasis en la sostenibilidad del mismo."

 

Que para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para la articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones la Comisión Intersectorial del Espacio Público, de la que hace parte la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte teniendo en cuenta el artículo 19 del Decreto 340 de 2020 "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones", que establece las funciones de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio, las cuales son afines al propósito de esta política y de la instancia, se delegará nuestra participación en el Director de Arte, Cultura y Patrimonio.

 

Que en mérito de lo expuesto:

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificado por el art. 1, Resolución 746 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente> Delegar en la Directora de Arte Cultura y Patrimonio, hoy en cabeza de Nathalia Rippe Sierra, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, de acuerdo con lo expuesto en parte considerativa del presente acto.

 

Parágrafo. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.


El texto original era el siguiente:

Artículo 1. Delegar en el Director de Arte Cultura y Patrimonio, hoy en cabeza del señor Diego Javier Parra Cortes, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, de acuerdo con lo expuesto en parte considerativa del presente acto.

Parágrafo. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.

 

Artículo 2. El funcionario delegado deberá presentar un Informe a través de orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma.

 

Artículo 3. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Diego Javier Parra Cortes, con correo institucional diego.parra@scrd.gov.co en su condición de Director de Arte, Cultura y Patrimonio y a Lucia Bastidas Ubate, Directora del Departamento Administrativo del Espacio Público, en su condición de secretaría técnica de esta instancia a los siguientes correos: dadepbogota@dadep.gov.co.

 

Artículo 4. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital.

 

Artículo 5. La presente resolución rige a partir de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de marzo del año 2025.

 

Santiago Trujillo Escobar

 

Secretario de Despacho

 

Nota: Ver norma original en Anexos.