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DECRETO 102 DE 2025
(Marzo 14)
Por medio del cual se concede un permiso remunerado y se efectúa un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: “El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)”.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: “De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales, alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores, gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente.”
Que mediante oficio de fecha 14 de marzo de 2025, el señor SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.331.286, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, solicitó se le conceda permiso remunerado por el día 15 de marzo de 2025 y se realice el respectivo encargo.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019 establece: “(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)”.
Que se hace necesario efectuar el encargo de las funciones de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, Lucila Guerrero Ramírez, certificó que el señor DIEGO JAVIER PARRA CORTÉS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.090.395.948, Director Técnico, Código 009, Grado 08, de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ser encargado de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Conceder permiso remunerado por el día 15 de marzo de 2025, al señor SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.331.286, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO 2°. Encargar por el día 15 de marzo de 2025, al señor DIEGO JAVIER PARRA CORTÉS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.090.395.948, Director Técnico, Código 009, Grado 08, de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.
ARTÍCULO 3°. Comunicar a los señores SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR y DIEGO JAVIER PARRA CORTÉS, a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de marzo del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos |