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DECRETO 130 DE 2025
(Abril 01)
Por el cual se interrumpe el disfrute de unas vacaciones
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto Distrital No. 088 de 2025, se concedió a partir del 25 de marzo de 2025, el disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones, al señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Salud, correspondientes al período laborado comprendido entre el 11 de enero de 2024 al 10 de enero de 2025.
Que considerando el disfrute de vacaciones del Secretario Distrital de Salud, en el artículo 2° del mencionado Decreto Distrital, se encargó al señor JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 75.102.272, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría Distrital de Salud, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad.
Que mediante oficio radicado con el No. 1-2025-11200 del 27 de marzo de 2025, la Secretaría Distrital de Salud, solicitó por necesidades del servicio justificadas en el escrito, la interrupción de las vacaciones concedidas al señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, a partir del 3 de abril de 2025.
Que el artículo 15 del Decreto No. 1045 de 1978, establece la necesidad del servicio como justa causa para la interrupción de vacaciones.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Interrumpir a partir del 3 de abril de 2025, el disfrute de las vacaciones concedidas al señor GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Salud, correspondientes al período laborado comprendido entre el 11 de enero de 2024 al 10 de enero de 2025, quedándole pendientes por disfrutar ocho (8) días hábiles de vacaciones.
ARTÍCULO 2°: Comunicar el contenido del presente decreto a los señores GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, a la Secretaría Distrital de Salud, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 3°: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de abril del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos |