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ACUERDO 001 DE 2025
(Enero 17)
Por medio del cual se adopta la actualización de la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría Distrital de Gobierno
LA PRESIDENTE Y SECRETARIA TECNICA DEL COMITÉ INTERNO DE CONCILIACIÓN DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO DE BOGOTÁ, D.C
En ejercicio de lo dispuesto en el artículo 13 A del Acuerdo 002 del 21 de diciembre de 2022 "Por el cual se adopta el Reglamento Interno del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 120 de la Ley 2220 de 2022 "Por medio de la cual se expide el estatuto de conciliación y se dictan otras disposiciones", dispone dentro de las funciones del Comité de Conciliación en el numeral 1 la de formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico.
Que el Decreto 479 de 2024 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Distrital del Sector Gestión Jurídica", en los artículos 39 y 40 estipula frente al Modelo de Gestión Jurídica del Distrito Capital, la prevención del daño antijurídico como uno de sus componentes transversales, además de contemplar como uno de los objetivos, el de "4. Promover la cultura de prevención del daño antijurídico y establecer medidas y acciones de defensa judicial del Distrito Capital para la protección del patrimonio público.
Que, en consonancia con la normatividad nacional y distrital, el Comité Interno de Conciliación de la Secretaría Distrital de Gobierno, el 16 de septiembre de 2020 mediante el Acuerdo 002 de 2020, adoptó la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Entidad.
Que, si bien la Secretaría Distrital de Gobierno dispuso de la Política de Prevención del Daño Antijurídico desde el 2020, planteando los correctivos sobre los problemas identificados de acuerdo con el plan de acción en esta reflejada, las variaciones normativas que se han presentado desde esa vigencia y las nuevas situaciones de actividad litigiosa, aunado a los riesgos en las acciones constitucionales en materia de tutelas, hizo necesario la actualización de esta política.
Que en consonancia, los integrantes permanentes del Comité Interno de Conciliación de la Secretaría Distrital de Gobierno, aprobaron en sesión No. 003 del 17 de enero de 2025, la actualización de la Política de Prevención del Daño Antijurídico, como lo evidencia el Acta de dicha sesión.
Que el Comité Interno de Conciliación de la Secretaría Distrital de Gobierno aprobó en sesión del 20 de marzo de 2024, acta No. 009, la adición del artículo 13 al Acuerdo No. 002 del 21 de diciembre de 2022 "Por el cual se adopta el Reglamento Interno del Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Gobierno", disponiendo:
"ADICIONAR artículo 13A al Acuerdo No. 002 del 21 de diciembre del año 2022, el cual quedará así: "Artículo 13A. Deliberaciones y decisiones. Las deliberaciones y decisiones que adopten y/o aprueben los miembros permanentes del Comité de Conciliación en temas de su competencia, deberán constar en el acta de la respectiva sesión, la cual deberá estar suscrita por el presidente y el secretario/ a técnico/a del Comité.
No obstante, aquellas relacionadas en materia de Prevención del Daño Antijurídico, de fijación de directrices institucionales para la aplicación de mecanismos de arreglo directo o de criterios para el análisis de costo-beneficio y de la constitución como víctima en el proceso penal, serán aprobadas por Acuerdo suscrito por el Presidente y Secretario/a Técnico/a del Comité de Conciliación".
Que por lo anterior, corresponde a la Presidente y Secretaria Técnica del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Gobierno dejar consignado mediante el presente Acuerdo la adopción de la actualización de la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría Distrital de Gobierno, aprobada por los integrantes permanente del Comité de Conciliación de la Entidad en la sesión No. 003 del 17 de enero de 2025 y por lo tanto:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la actualización de la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, D.C., contenida en el documento anexo al presente Acuerdo.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de enero del año 2025.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
RUBIELA GONZALEZ GONZALEZ
Presidenta Delegada
Comité de Conciliación SDG
SANDRA CATALINA ARIAS VARGAS
Secretaria Técnica
Comité de Conciliación SDG
Nota: Ver norma original en Anexos. |