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Acuerdo 002 de 2025 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES

Fecha de Expedición:
09/04/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 002 DE 2025

 

(Abril 09)

 

Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo no. 005 de 2021, a través del cual se modifica la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES – IDARTES

 

En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en los literales e) y f) del artículo 4º del Acuerdo 440 de 2010, expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. y,


Ver Acuerdo 008 de 2025.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, fue creado a través del Acuerdo 440 de 2010, expedido por el Concejo de Bogotá.

 

Que el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que los literales e) y f) del artículo 4º del Acuerdo 440 de 2010 expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. facultan al Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes para determinar la estructura administrativa del Instituto y señalar las funciones básicas de cada una de sus dependencias; así como, adoptar la planta de empleos y el manual específico de funciones, requisitos y competencias laborales.

 

Que el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, elaboró el estudio técnico con el fin de realizar las modificaciones de estructura y algunas funciones, siguiendo los parámetros establecidos en la Guía para la Modernización de las entidades públicas del Departamento Administrativo de la Función Pública y Guía Técnica para la Gestión del Cambio Organizacional del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Que el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, modificado por el artículo 14 de la Ley 2094 de 2021, señala:

 

“Control disciplinario interno. Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y las Comisiones seccionales de Disciplina Judicial, debe organizar una unidad u oficina del más alto nivel encargada de conocer los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores. (…)

 

Parágrafo 1°. Se entiende por oficina del más alto nivel la conformada por servidores públicos mínimo del nivel profesional de la administración. El jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno deberá ser abogado y pertenecerá al nivel directivo de la entidad. (…)”

 

Que el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES mediante el Acuerdo No. 005 de fecha veinticuatro (24) de septiembre de 2021[1] modificó la estructura organizacional de la Entidad, en el sentido de incluir la Oficina de Control Disciplinario Interno, de acuerdo con la viabilidad técnica emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD mediante radicado 2021EE564801 de fecha diecinueve (19) de agosto de 2021.

 

Que la Directiva Nº 13 de 2021 de la Procuraduría General de la Nación, requirió a las Oficinas de Control Disciplinario para que promovieran la implementación de la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso disciplinario.

 

Que, con base en los anteriores considerandos, el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, está llamado a garantizar la separación funcional en lo que respecta a las etapas de instrucción y juzgamiento del control disciplinario interno, de manera que, estas etapas las asuman dependencias y funcionarios diferentes e independientes entre sí.

 

Que con el fin de adoptar las medidas necesarias para garantizar la separación de funciones de que trata el artículo 13 de la Ley 2094 de 2021, es necesario ajustar la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, respecto de asignar a la Oficina de Control Disciplinario Interno la función de instrucción de los procesos disciplinarios adelantados en primera instancia contra servidores o ex servidores de la entidad.

 

De la misma manera, y con el fin de garantizar que la función de juzgamiento, esté en cabeza de la Oficina Jurídica o cualquier dependencia que se encuentre adscrita al despacho del representante legal de la entidad y cuyo jefe pertenezca al nivel directivo y tenga la calidad de abogado, en aras de garantizar la autonomía e imparcialidad en el trámite de la primera instancia, es necesario ajustar la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, respecto de la modificación de la denominación de la Oficina Jurídica del nivel asesor al nivel directivo de la Entidad.

 

Que el IDARTES solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el Concepto Técnico Favorable para la modificación de su estructura organizacional, la planta de personal vigente y el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, con el propósito de: (i) modificar las funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno, encaminadas a que asuma la instrucción del proceso disciplinario, (ii) cambiar el nivel jerárquico de la Oficina Jurídica, la cual pasará del Asesor a nivel de Dirección, iii) modificar de la Oficina Jurídica incluyendo las funciones relacionadas con el juzgamiento en el proceso disciplinario y (iv) adicionar la función de resolver la segunda instancia al Despacho del Director General.

 

Que mediante radicado interno Nro. 20244100637493 el Subdirector Administrativo y Financiero, certificó haber socializado el pasado 24 de septiembre de 2024 con las Organizaciones Sindicales Sindicato de Trabajadores del Instituto Distrital de las Artes - SINTRAIDARTES y al Sindicato de Servidores Públicos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, Entidades Adscritas y Vinculadas – SINTRACULTUR, el estudio técnico, proyecto de acto administrativo de modificación de la estructura, proyecto de acto administrativo de modificación a la planta de personal y proyecto de acto administrativo de modificación al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, realizado en aplicación a la Ley 1952 de 2019 modificado por la Ley 2094 de 2021.

 

Que mediante oficio con el No. 202444100084511 del 26 de agosto de 2024, el IDARTES, solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Concepto Técnico Favorable para la modificación de la estructura organizacional de la Entidad.

 

Que mediante oficio N° 20254100012041 del 26 de febrero de 2025, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.

 

Que el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, en sesión ordinaria presencial llevada a cabo el día nueve (09) de abril de 2025, encontró viable la modificación de la estructura organizacional y la planta de personal de la Entidad, en el sentido de ajustar la estructura administrativa para la implementación del nuevo Proceso Disciplinario en la Entidad, de conformidad con lo establecido en la viabilidad técnica emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: SUPRIMIR la Oficina Asesora Jurídica de la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: CREAR la Oficina Jurídica en la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, la cual será dependiente de la Dirección General y tendrá como funciones:

 

1. Liderar y orientar el trámite de los asuntos de carácter jurídico, de manera eficiente, oportuna y de acuerdo con la normatividad vigente, propendiendo por la unidad de criterio en materia jurídica en el IDARTES.

 

2. Emitir conceptos y absolver las consultas, que en materia jurídica le sean formuladas por la Dirección General y las dependencias del IDARTES.

 

3. Orientar la elaboración y revisar la legalidad de los actos y demás documentos de contenido o efecto legal que deban ser suscritos por la Dirección General y las dependencias del IDARTES.

 

4. Dirigir las acciones necesarias para la compilación, actualización y difusión de normas jurídicas, jurisprudencia, doctrina, procesos y demás información relacionada con los aspectos jurídicos del IDARTES.

 

5. Adelantar la etapa de juzgamiento en primera instancia de los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/as del IDARTES, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

 

6. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios, en la etapa de juzgamiento, en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

 

7. Mantener actualizada la información de los procesos disciplinarios en la etapa de juzgamiento del IDARTES, en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios en esta etapa acorde con las pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

8. Realizar de manera oportuna el reporte de las sanciones impuestas a los servidores(as) y ex servidores (as) públicos (as) de la entidad, a la Oficina de Control Disciplinario Interno.

 

9. Coordinar y orientar las actividades y procesos necesarios para el desarrollo de la actividad precontractual, contractual y postcontractual del IDARTES.

 

10. Definir los lineamientos, políticas, estándares, herramientas e instructivos jurídicos que se requieran para el normal desarrollo de la gestión contractual en la Entidad, incluidos procesos, procedimientos, manuales, minutas, pliegos de condiciones, entre otros, y promover su cumplimiento.

 

11. Revisar el Plan Anual de Adquisiciones del IDARTES, en lo relacionado con las modalidades de selección, en coordinación con las demás dependencias.

 

12. Coordinar, orientar y asesorar jurídicamente sobre la procedibilidad de declaratorias de incumplimiento contractual, la declaración y la aplicación de las cláusulas excepcionales, los procesos de imposición de multas y demás sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con las normas vigentes y lo estipulado en los respectivos contratos.

 

13. Orientar jurídicamente sobre la interpretación y aplicación de las cláusulas contractuales relativas a la solución de controversias y mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

 

14. Dirigir, desde su inicio hasta su culminación, todos los procedimientos administrativos sancionatorios contractuales, bajo las condiciones y requisitos contemplados en la normatividad vigente.

 

15. Ejercer la representación judicial y extrajudicial del IDARTES, en los procesos, diligencias y/o actuaciones judiciales o administrativas que se instauren en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegación recibidos del representante legal y bajo las directrices que en materia de defensa judicial establezca la Secretaría Jurídica Distrital y la Entidad.

 

16. Proyectar los análisis jurídicos para las respuestas sobre los anteproyectos, proyectos de ley, decretos, acuerdos y demás actos que sean solicitados a la Entidad, sobre los temas de su competencia

 

17. Dirigir la adopción e implementación de las políticas, directrices o parámetros establecidos por la Secretaría Jurídica Distrital en materia de Gerencia Jurídica Pública y efectiva prevención del daño antijurídico.

 

18. Establecer estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de riesgos jurídicos del IDARTES.

 

19. Notificar y comunicar los actos administrativos expedidos por el IDARTES de acuerdo con la normatividad vigente con excepción de los relacionados con el área de talento humano.

 

20. Desempeñar las demás funciones que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

 

ARTÍCULO TERCERO: MODIFICAR el artículo segundo del Acuerdo 005 de 2021, en lo concerniente a las funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno, las cuales quedarán de la siguiente manera:

 

1. Adelantar la etapa de instrucción hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo de los procesos disciplinarios contra los(as) servidores(as) y ex servidores(as) del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

 

2. Mantener actualizada la información de los procesos disciplinarios en etapa de instrucción del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces y fijar procedimientos operativos disciplinarios acorde con las pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

3. Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores(as) y ex servidores (as) públicos (as) de la entidad, de manera oportuna y eficaz.

 

4. Orientar y capacitar a los servidores(as) públicos(as) del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES en la prevención de acciones disciplinarias en aplicación de las políticas que en materia disciplinaria se expidan por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

5. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en etapa de instrucción, en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

 

6. Atender las peticiones y requerimientos relacionados con asuntos de su competencia, de manera oportuna y eficaz.

 

7. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

 

ARTÍCULO CUARTO: MODIFICAR el artículo cuarto (sic) del Acuerdo 005 de 2021, respecto a las funciones establecidas para la Dirección General, las cuales quedarán así:

 

1. Liderar la participación del Instituto en el proceso de formulación concertada de las políticas y estrategias para el campo de las artes, de acuerdo con las directrices establecidas para el Sector Cultura, Recreación y Deporte.

 

2. Dirigir y orientar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos para la formación, creación, investigación, circulación y apropiación de la literatura, las artes plásticas, las artes audiovisuales, el arte dramático, la danza y la música, con excepción de la música sinfónica, académica y del canto lírico.

 

3. Dirigir y orientar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos encaminados a fortalecer los procesos de participación, planeación, fomento, organización, información y regulación del campo de las áreas artísticas de literatura, artes plásticas, artes audiovisuales, arte dramático, danza y música, con excepción de la música sinfónica, académica y del canto lírico.

 

4. Orientar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos del Instituto de manera articulada con los órdenes regional, nacional e internacional, así como desde la perspectiva territorial, local y poblacional del Distrito Capital, en consonancia con las políticas del sector.

 

5. Dirigir y garantizar la administración, programación, operación, dotación y mejoramiento de los equipamientos culturales a cargo del Instituto.

 

6. Liderar la gestión, implementación, desarrollo e integración de los sistemas de control interno, calidad y demás sistemas de gestión necesarios para el eficiente desarrollo del Instituto.

 

7. Dirigir, coordinar y garantizar las acciones de comunicación, divulgación y promoción interna y externa de las actividades del Instituto y sus escenarios culturales.

 

8. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad, en concordancia con las políticas que trace el Consejo Directivo y el objeto del Instituto.

 

9. Diseñar y dirigir la ejecución de estrategias de financiamiento, mercadeo y comercialización de los proyectos del Instituto.

 

10. Nombrar, posesionar, remover, incorporar, promover y trasladar a los servidores del Instituto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

 

11. Modificar el manual específico de funciones y competencias laborales según los lineamientos técnicos y legales vigentes.

 

12. Adelantar las actuaciones correspondientes a la segunda instancia de los procesos disciplinarios de conformidad con la normatividad vigente.

 

13. Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la entidad.

 

ARTÍCULO QUINTO. MODIFICAR el artículo cuarto (dic) del Acuerdo 005 de 2021, en lo relacionado con la estructura organizacional, así:

 

1. Consejo Directivo

 

2. Dirección General

 

2.1 Oficina Jurídica

 

2.2 Oficina Asesora de Planeación y Tecnologías de la Información

 

2.3 Oficina de Control Disciplinario Interno

 

3. Subdirección de las Artes

 

3.1 Gerencia de Música

 

3.2 Gerencia de Artes Plásticas y Visuales

 

3.3 Gerencia de Arte Dramático

 

3.4 Gerencia de Artes Audiovisuales

 

3.5 Gerencia de Danza

 

3.6 Gerencia de Literatura

 

4. Subdirección de Formación Artística

 

5. Subdirección de Equipamientos Culturales

 

5.1 Gerencia de Escenarios

 

6. Subdirección Administrativa y Financiera

 

ARTÍCULO SEXTO. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido del presente acuerdo al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLICACIÓN. Publíquese el presente Acuerdo en la página web de la Entidad y en Régimen Legal

 

ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Acuerdo 005 de 2021 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de abril del año 2025.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Presidente

 

HEIDY YOBANNA MORENO MORENO

 

Secretaria Técnica

 

Nota: Ver norma original en Anexos.


NOTA AL PIE DE PÁGINA:

[1] “Por medio del cual se crea la Oficina de Control Disciplinario Interno y se modifica la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES”