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Resolución 057 de 2025 Fiscalía General de la Nación

Fecha de Expedición:
06/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/03/2025
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 53054 del 10 de marzo de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 057 DE 2025

 

(Marzo 06)

 

Por medio de la cual se deroga la Resolución 0-0285 del 8 de junio de 2023 y se adopta el Protocolo para la Prevención y Activación de la Ruta de Atención en casos de Violencia Basada en Género, Acoso y Violencia Sexual o Discriminación en el Ámbito Laboral de la Fiscalía General de la Nación

 

LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN

 

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en los artículos 250 y 251 de la Constitución Política, el Decreto Ley 16 del 9 de enero de 2014 modificado por el Decreto Ley 898 de mayo 29 de 2017, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución Política de Colombia, artículo 13, y los tratados internacionales ratificados por Colombia que hacen parte del bloque de constitucionalidad reconocen que la igualdad de género y la no discriminación son derechos fundamentales y principios rectores del Estado Social de Derecho.

 

Que la Ley 1257 de 2008, artículo 1 y 12, establece medidas para garantizar para las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público y privado, el ejercicio de sus derechos, el acceso a procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización. En el ámbito laboral, establece que los empleadores deben adoptar los procedimientos adecuados y efectivos para tramitar las quejas de acoso sexual y de otras formas de violencia contra la mujer.

 

Que la Ley 2365 de 2024, la Directiva Presidencial 01 de 2023 y la Circular 26 de 2023 del Ministerio del Trabajo, instan a todas las entidades del poder público a adoptar medidas efectivas para garantizar la prevención, atención y protección de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en género y/o discriminación por razón de sexo, género, orientación sexual, raza, pertenencia étnica, nacionalidad y discapacidad en el ámbito laboral y contractual y proponen la adopción de un protocolo para el efecto o la actualización de los existentes.

 

Que el Decreto Ley 016 de 2014, artículo 4, numeral 19, establece que la Fiscal General de la Nación tiene la función de “expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación”.

 

Que la Fiscalía General de la Nación profirió la Resolución 0285 del 8 de junio de 2023, mediante la cual adoptó un “Protocolo de prevención acoso sexual y/o discriminación por razón del sexo, orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral de la Fiscalía General de la Nación.”

 

Que la Fiscalía General de la Nación considera necesario actualizar el protocolo sobre la materia con el fin de prevenir y activar las rutas para la atención de las conductas asociadas a la violencia basada en género, el acoso y violencia sexual o discriminación en el ámbito laboral de la entidad.


Que, en mérito de lo expuesto, la Fiscal General de la Nación

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. ADOPTAR el Protocolo para la Prevención y Activación de la Ruta de Atención en Casos de Violencia Basada en Género, Acoso y Violencia Sexual o Discriminación en el Ámbito Laboral de la Fiscalía General de la Nación, el cual hace parte integral de esta resolución.

 

ARTÍCULO 2. DEROGAR la Resolución 0-0285 del 8 de junio de 2023, por medio de la cual se adoptó el Protocolo de Prevención de Acoso Sexual y/o Discriminación por Razón del Sexo, Orientación Sexual e Identidad de Género en el Ámbito Laboral de la Fiscalía General de la Nación, el cual hacía parte integral del acto administrativo derogado.

 

ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

ARTÍCULO 4. Comunicar el presente acto administrativo a los servidores de la Fiscalía General de la Nación, para los fines pertinentes.

 

COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de marzo del año 2025.

 

LUZ ADRIANA CAMARGO GARZÓN

 

Fiscal General de la Nación

 

Nota: ver norma original en Anexos