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RESOLUCIÓN 198 DE 2005 (Septiembre 30) Modificada por la Resolución de Transmilenio 234 de 2005 , Modificada por la Resolución de Transmilenio 046 de 2006 "Por la cual se modifican las Resoluciones 204 de 21 de diciembre de 2004, 006 de 17 de enero de 2005, 023 de 03 de febrero de 2005, 024 de 15 de febrero de 2005 y 165 de 09 de agosto de 2005 con el fin de actualizar el manual de procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio ¿ TRANSMILENIO S.A, en lo pertinente al Manual del Usuario." EL DIRECTOR DE OPERACIONES DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO "TRANSMILENIO S.A.", en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución número 155 de 22 de julio de 2005, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el manual de procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000. Que siendo TRANSMILENIO S.A., el titular del Sistema y para el correcto funcionamiento del mismo, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos en lo que hace referencia a la actualización de un (1) manual, seis (6) caracterizaciones y la actualización de dos (2) procedimientos, con el objeto de ajustarlo a las nuevas necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al Personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Modificar las Resoluciones 204 de 21 de diciembre de 2004, 006 de 17 de enero de 2005, 023 de 03 de febrero de 2005, 024 de 15 de febrero de 2005 y 165 de 09 de agosto de 2005 en lo que corresponde a: I. La actualización de las siguientes caracterizaciones:
II. La actualización de los siguientes procedimientos:
III. La actualización y cambio de código del siguiente manual :
ARTICULO SEGUNDO .- La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios; los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá, a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil cinco (2005). EDUARDO ENRIQUE TOVAR AÑEZ Director de Operaciones NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3413 de octubre 06 de 2005. |