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Acuerdo 180 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/10/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/10/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3422 de octubre 20 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 180 DE 2005

(Octubre 20)

 Modificado por el art. 1, Acuerdo Distrital 523 de 2013,

"Por el cual se autoriza el cobro de una Contribución de Valorización por Beneficio Local para la construcción de un Plan de obras"

EL HONORABLE CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren los Artículos 317 y 338 de la Constitución Política, los numerales 3 y 10 del artículo 12 y el artículo 157 del Decreto- Ley 1421 de 1993 y los artículos 15 y 242 de los Decretos 1604 de 1966 y 1333 de 1986, respectivamente,

Ver Proyecto de Acuerdo 264 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C. Ver Resolución 7157 de 2022 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU.

CONSIDERANDO:

  1. Que por mandato del artículo 338 de la Constitución Política, compete al Concejo de Bogotá, D.C., imponer contribuciones fiscales y parafiscales, fijar los sujetos activo y pasivo, los hechos y las bases gravables y las tarifas de las mismas.

  2. Que la Constitución Política en el artículo 82 establece que es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público que por su destinación al uso común prevalece sobre el interés particular.

  3. Que el Decreto Ley 1421 de 1993, por el cual se establece el Estatuto Orgánico del Distrito Capital de Bogotá, en desarrollo del citado mandato constitucional del artículo 338, atribuyó a esta Corporación la competencia para imponer la Contribución de Valorización por Beneficio Local, determinar los sistemas y métodos para definir los costos y beneficios de las obras, fijar el monto de las sumas que se pueden distribuir a título de Valorización y establecer la forma de hacer su reparto.

  4. Que al tenor de lo dispuesto por el artículo 2º del Acuerdo 7 de 1987 del Concejo de Bogotá, Distrito Capital, la Contribución de Valorización por Beneficio Local está prevista para la financiación de la construcción de obras de interés público que producen un beneficio a la propiedad inmobiliaria localizada en el sector de ejecución de aquellas.

  5. Que se requiere ejecutar un conjunto de obras orientadas a optimizar los sistemas de movilidad y de espacio público en Bogotá D.C., con el propósito de dar cumplimiento al Plan de Ordenamiento Territorial, en consonancia con el Plan de Desarrollo, para elevar la productividad de la ciudad, y mejorar la malla vial que soporta la prestación del servicio de transporte público colectivo.

  6. Que el Plan de Ordenamiento Territorial establece como objetivos de los Sistemas de Movilidad el logro de un transporte urbano - regional integrado, eficiente y competitivo sobre una red vial jerarquizada, y del Sistema de Espacio Público, articulación espacial de los elementos que lo integran, dentro de los cuales se incluyen los parques.

  7. Que la Contribución de Valorización está prevista para la financiación de la construcción de obras de interés público, que producen un beneficio a la propiedad inmobiliaria localizada en el sector de construcción de aquellas, y se constituye como una estrategia económica, que junto con otras de mantenimiento integral y social, desarrolladas por el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, complementa el esquema de sostenibilidad del sistema de parques, que a su vez es un elemento del sistema de espacio público construido definido en el Plan de Ordenamiento Territorial.

    Ver la Resolución del IDU-D.G. 5993 de 2007, Ver el Proyecto de Acuerdo 264 de 2005, Ver el Acuerdo Distrital 445 de 2010, Ver Resolución IDU 13408 de 2015.

ACUERDA:

CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNAS OBRAS DE LOS SISTEMAS DE MOVILIDAD Y DE ESPACIO PÚBLICO

Determinación de la Contribución y monto distribuible

ARTÍCULO  1.- DETERMINACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN. Establécese el cobro de una Contribución de Valorización por Beneficio Local en el Distrito Capital de Bogotá, con la destinación específica de financiar la construcción del Plan de Obras que se encuentra relacionado en el Anexo No. 1, obras que integran los sistemas de movilidad y de espacio público, contempladas en el Plan de Ordenamiento Territorial y sus Operaciones Estratégicas, en consonancia con el Plan de Desarrollo.

ARTÍCULO  2. - MONTO DISTRIBUIBLE.  Modificado por el art. 2, Acuerdo Distrital 398 de 2009. Fíjese en $2.103.117.895.856 a pesos de junio de 2005, el monto distribuible de la Valorización Local de que trata el artículo 1º del presente Acuerdo, de los cuales $2.039.655.294.649, corresponden al costo total de las obras del sistema de movilidad y $63.462.601.207 al costo parcial de las obras del sistema de espacio público, incluido un porcentaje equivalente al 8.396837%, destinado a sufragar el costo de la administración del recaudo.

PARÁGRAFO 1.- El Plan de Obras de Parques que integra el Sistema de Espacio Público se financiará con cargo a la contribución de valorización ordenada en el presente Acuerdo hasta el valor allí fijado. Los costos de las obras que excedan éste monto distribuible se asumirán con cargo al presupuesto del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.

PARÁGRAFO 2.- El monto distribuible antes establecido se actualizará con base en la variación del Índice de Costos de Construcción Pesada ICCP, entre junio del año 2005 y el certificado al mes inmediatamente anterior a la asignación de la contribución de valorización, en cada una de las fases, por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE o la entidad que haga sus veces.

PARTE I

CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE LOS SISTEMAS DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO

CAPÍTULO I

Obras de los Sistemas de Movilidad y Espacio Público a Construir

ARTÍCULO 3.- PLAN DE OBRAS. El Plan de Obras de los Sistemas de Movilidad y Espacio Público a construir con cargo a la Contribución de Valorización por Beneficio Local, esta conformado por cuatro grupos de obras, según discriminación contenida en el Anexo No. 2 de este Acuerdo.

PARÁGRAFO 1.- Para tal efecto se entiende por construcción de obras de interés público, la ejecución de obras nuevas y la rehabilitación de aquellas que han cumplido su vida útil, conforme con la normatividad y especificaciones técnicas vigentes.

PARÁGRAFO 2.- El plan de obras de que trata el presente Acuerdo, deberá incluirse dentro de los proyectos de inversión en cada vigencia fiscal en el Banco Distrital de Programas y Proyectos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

PARÁGRAFO 3.- Las obras descritas en el Anexo No. 1 del presente Acuerdo, no podrán construirse a través de contratos de concesión.

ARTÍCULO 4.- CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE OBRAS.  Modificado por el art. 4, Acuerdo Distrital 398 de 2009. El Plan de Obras que se financiará con cargo a la Contribución de Valorización establecido en el artículo anterior, será construido en cuatro grupos de obras en forma sucesiva, así:

El grupo 1 se construirá a partir del año 2007 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $485.974.434.006, de los cuales $463.604.076.429, corresponden a las obras del Sistema de Movilidad y $22.370.357.577 al Sistema de Espacio Público, de las obras a construir, respectivamente.

El grupo 2 se construirá a partir del año 2009 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $412.563.855.399, de los cuales $371.471.611.769, corresponden a las obras del Sistema de Movilidad y $41.092.243.630 al Sistema de Espacio Público, de las obras a construir, respectivamente.

El grupo 3 se construirá a partir del año 2012 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $575.053.767.157.

El grupo 4 se construirá a partir del año 2015 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $629.525.839.294.

PARÁGRAFO 1.- El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, deberá garantizar la disponibilidad material y jurídica de los bienes inmuebles requeridos para la construcción de los parques determinados en cada grupo.

PARÁGRAFO 2.- El Instituto de Desarrollo Urbano estará a cargo de la asignación, cobro y recaudo de la contribución de valorización, quien deberá colocar a disposición del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte los recursos recaudados por este concepto, previo descuento a su favor del 8.396837%, correspondiente a los costos de administración del recaudo.

ARTÍCULO 5.- MODIFICACIONES AL PLAN DE OBRAS. Las modificaciones que sea necesario efectuar al Plan de Obras discriminado en el Anexo No. 2 de este Acuerdo, con posterioridad a la asignación del correspondiente gravamen, se presentarán al Concejo Distrital para su aprobación, siempre que ello se derive de la revisión del Plan de Ordenamiento Territorial y/o cuando el estudio de factibilidad de cada obra, recomiende la modificación; estas estarán sujetas a las siguientes condiciones:

  1. Cuando la obra no sea viable y pueda ser reemplazada por otra que mantenga los criterios iniciales de asignación, no se reliquidará la asignación en la zona de influencia correspondiente.

  2. Cuando la obra no sea viable y puede ser reemplazada por otra obra que no mantenga los criterios iniciales de asignación, se reliquidará la asignación en la zona de influencia correspondiente.

  3. Cuando no sea posible reemplazar la obra no viable, se excluirá sin sustituirla por otra y se reliquidará la asignación en la zona de influencia correspondiente.

Una vez aprobada la modificación, se adelantará respecto de la obra incluida la contratación de los estudios y diseños.

PARÁGRAFO 1.- No constituirán modificación del Plan de Obras, los cambios que se encuentren necesarios introducir a las especificaciones técnicas de las obras individualmente consideradas, las que se sustentarán en los estudios técnicos que contrate el Instituto de Desarrollo Urbano.

PARÁGRAFO 2.- En el evento que no se haya asignado la contribución de valorización, se podrán incluir nuevas obras en cada zona de influencia o excluir obras previamente contempladas en el Plan de Obras, casos en los cuales se deberá someter a aprobación del Concejo Distrital.

CAPÍTULO II

Liquidación y Pago de la Contribución

ARTÍCULO 6. - ASIGNACIÓN DEL MONTO DISTRIBUIBLE.  Modificado por el art. 7, Acuerdo Distrital 398 de 2009Modificado por el art. 2, Acuerdo Distrital 523 de 2013,  La asignación del monto distribuible establecido en el Artículo 2º para la financiación de las obras de los Sistemas de Movilidad y Espacio Público, se hará así:

La Fase I se asignará en el año 2007 por un monto distribuible de $633.662.784.641 distribuido así:

Sistema de Movilidad - $611.292.427.064 pesos de junio de 2005, el cual incluye los siguientes componentes: a) el costo total del grupo 1 de obras, que incluye el costo de administración del recaudo, equivalente a 8.396837%; b) el costo de los estudios y diseños con su interventoría, el costo de predios y las indemnizaciones sociales y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837% del grupo 2 de obras.

Sistema de Espacio Público - $22.370.357.577, incluido el costo de administración del recaudo equivalente al 8.396837%.

La Fase II se asignará en el año 2009 por un monto distribuible de $619.607.069.531 distribuido así:

Sistema de Movilidad - $578.514.825.901 pesos de junio de 2005, el cual incluye los siguientes componentes: a) el costo de construcción e interventoría del grupo 2 de obras y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%; b) el costo de los estudios y diseños con su interventoría, el costo de predios y las indemnizaciones sociales y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837% del grupo 3 de obras.

Sistema de Espacio Público - $41.092.243.630, incluido el costo de administración del recaudo equivalente al 8.396837%.

La Fase III se asignará en el año 2012 por un monto distribuible de $629.815.893.688 pesos de junio de 2005, el cual incluye los siguientes componentes: a) el costo de construcción e interventoría del grupo 3 de obras y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%; b) el costo de los estudios y diseños con su interventoría, el costo de predios y las indemnizaciones sociales y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%, del grupo 4 de obras.

La Fase IV se asignará en el año 2015 por un monto distribuible de $220.032.147.996 pesos de junio de 2005, el cual incluye el costo de construcción e interventoría del grupo 4 de obras y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%.

PARÁGRAFO 1.- En lo que corresponde al Sistema de Movilidad, los componentes definidos en cada una de las Fases se asignarán mediante actos administrativos independientes.

PARÁGRAFO 2.- El plazo máximo para iniciar la etapa de construcción de las obras de cada grupo, no podrá exceder el término de dos (2) años contados a partir del momento en que se expida el acto administrativo que ordena asignar el valor del monto distribuible correspondiente a la construcción de las obras del respectivo grupo, so pena de devolver los valores recaudados bajo el esquema financiero que se establezca mediante acto administrativo expedido por la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano o la Dirección del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, cuando los dineros recaudados hayan sido puestos a disposición de éste último, consultando las mismas condiciones del mercado financiero en las que fueron manejados estos recursos. En ningún caso podrá ser inferior al valor efectivamente recaudado.

PARÁGRAFO 3.- El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano, mediante acto administrativo, fijará políticas de recaudo y priorización de cartera de conformidad con las circunstancias imperantes en el mercado. Así mismo, establecerá los descuentos y plazos para el pago de contado y por cuotas, y los intereses corrientes y de mora.

ARTÍCULO 7.- MÉTODO DE DISTRIBUCIÓN DEL BENEFICIO. Adoptase como método de distribución de la contribución de valorización que se establece en el presente Acuerdo, el de factores de beneficio, para lo cual el Instituto de Desarrollo Urbano liquidará el gravamen con base en los factores o coeficientes numéricos que califican las características diferenciales de los predios y las circunstancias que los relacionan con las obras, previstos en el Anexo No. 4 de éste Acuerdo, los cuales son: área de terreno (variable base), estrato, nivel geoeconómico, densidad o pisos, explotación económica o uso y grado de beneficio.

PARÁGRAFO.- En el Sistema de Movilidad los factores de liquidación tomados para la asignación del monto distribuible, serán los que tenga la unidad predial al momento de la asignación del respectivo gravamen de cada componente, excepto para el grupo 1 de obras. En el Sistema de Espacio Público los factores de liquidación serán los que tenga la unidad predial al momento de la asignación del respectivo gravamen de cada fase.

PARÁGRAFO 2.- Adicionado por el art. 12, Acuerdo Distrital 398 de 2009.

Ver el art. 4, Acuerdo Distrital 445 de 2010

ARTÍCULO 8.- ZONAS DE INFLUENCIA. Las zonas de influencia de la Contribución de Valorización que se fijan a través del presente Acuerdo para las obras del Sistema de Movilidad y Espacio Público, son las extensiones superficiarias establecidas conforme con el beneficio que genera la construcción de las mismas, delimitadas en el Anexo No. 3.

ARTÍCULO 9.- INVENTARIO PREDIAL. El Instituto de Desarrollo Urbano de manera previa a la asignación de cada contribución de valorización, realizará un proceso de identificación de características físicas, jurídicas, económicas y cartográficas de las unidades prediales, que conforman la zona de influencia y de las variables que califican el beneficio causado por la obra o plan de obras, para efectos de la liquidación, distribución y asignación de la contribución de valorización, a partir de la información que reporte el Departamento Administrativo de Catastro Distrital.

ARTÍCULO 10.- EXENCIONES. En el Distrito Capital no habrá exenciones a la contribución de valorización diferentes a la establecida mediante Acuerdo 124 de 2004, expedido por el Concejo Distrital.

ARTÍCULO 11.- UNIDADES PREDIALES EXCLUIDAS. Modificado por el art. 8, Acuerdo Distrital 523 de 2013,  No se tendrán en cuenta para la distribución de la Contribución de Valorización, las  siguientes unidades prediales:

  1. Las declaradas como monumentos nacionales, siempre que su titularidad radique en una entidad de derecho público.

  2. Las de propiedad del Distrito Capital: del orden central y descentralizado salvo las sociedades de economía mixta y las empresas industriales y comerciales del Estado; y los entes de control.

  3. Las áreas destinadas a tumbas y bóvedas de los parques cementerio.

  4. Las de propiedad de la Defensa Civil Colombiana y los Cuerpos de Bomberos, cuando estén destinados al ejercicio de las funciones propias de éstas Entidades.

  5. Los bienes de uso público a que se refiere el artículo 674 del Código Civil.

  6. Las zonas de cesión obligatoria gratuita generadas en la construcción de urbanizaciones, barrios o desarrollos urbanísticos, siempre que al momento de la asignación del gravamen se encuentren abiertos los folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a dichas zonas, producto de la demarcación previa por localización y linderos en la escritura pública de constitución de la urbanización, o que se haya suscrito el acta de recibo o toma de posesión por parte del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público o la entidad que haga sus veces, incluidas en el respectivo plano urbanístico.

  7. Las de propiedad del Jefe de la Misión Diplomática o del Estado Acreditante que sea parte de la Convención de Viena y las establecidas en otros tratados internacionales ratificados por Colombia, siempre que se encuentren vigentes en la fecha de expedición del acto administrativo de asignación de la contribución.

  8. Las áreas dedicadas al culto y a la vivienda de las comunidades religiosas en las unidades prediales de propiedad de las iglesias reconocidas por el Estado Colombiano. Las áreas restantes serán objeto del gravamen.

  9. Los predios ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable, de conformidad con el listado que para el efecto suministre la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias - DPAE, certificados a la entrada en vigencia del presente Acuerdo.

  10. Los predios de uso residencial que perteneciendo a los estratos 1, 2 y 3, les corresponda una asignación menor o igual a $45.000, pesos de junio de 2005, los cuales serán indexados por el Índice de Precios al Consumidor IPC, en cada fase al momento de la asignación.

PARÁGRAFO.- Los recursos dejados de recaudar por éste concepto, serán incluidos dentro del presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano, en la vigencia correspondiente a cada fase, en el rubro de transferencias ordinarias.

ARTÍCULO 12.- BALANCE. Dentro del año siguiente a la terminación de las obras de cada zona de influencia, el Instituto de Desarrollo Urbano realizará un balance en donde se consigne la diferencia entre la facturación efectiva al momento de hacer el balance y el costo de las mismas. El balance de las obras del Sistema de Movilidad, se efectuará en forma independiente para cada componente y zona de influencia, y para el Sistema de Espacio Público por cada zona de influencia.

PARÁGRAFO 1.- Cuando haya excedentes, se autoriza a la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano a efectuar la devolución o el cruce entre los saldos crédito y débito que tenga la unidad predial, independientemente del tipo de valorización, siempre y cuando el sujeto pasivo de la contribución de valorización sea el mismo.

ARTÍCULO 13.- INFORMACIÓN AL CONCEJO DISTRITAL.- El Instituto de Desarrollo Urbano deberá presentar a consideración del Concejo Distrital, informes anuales sobre: avances de estudios diseños e interventorías, compra de predios y su acompañamiento social, ejecución de obras con sus interventorías y recaudo de la contribución de valorización.

ARTÍCULO 14.- ESTADOS DE CUENTA. Se autoriza a la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano para establecer mediante acto administrativo motivado, los costos de expedición de los estados de cuenta con fines notariales, por concepto de la contribución de valorización.

ARTÍCULO 15.- APLICACIÓN NORMATIVA. En lo que compete a la notificación, discusión del acto administrativo de asignación de la contribución de valorización, cobro y recaudo, se aplicará lo establecido en el Decreto Distrital 807 de 1993 y las normas que lo adicionen, modifiquen o aclaren.

ARTÍCULO 16. - VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

ARTÍCULO  17.- DEROGATORIAS. El presente Acuerdo deroga el artículo del Acuerdo 9 de 1998, por el cual se modifica el Acuerdo 25 de 1995.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretaria General (E)

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

ANEXO 1

Modificado por el art. 1, Acuerdo Distrital 398 de 2009

LISTADO GENERAL DE OBRAS

SISTEMA DE MOVILIDAD

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

107

Vías

Avenida San José (AC 170) desde Avenida Boyacá hasta Avenida Cota (AK 91)

101

Vías

Avenida Laureano Gómez (AK 9) desde Avenida San Juan Bosco (AC 170) hasta Avenida de los Cedritos (AC 147)

103

Vías

Avenida Germán Arciniegas (AK 11) desde Calle 106 hasta Avenida Laureano Gómez (AK 9)

113

Vías

Avenida El TAM (AK 129) desde Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) hasta Avenida Centenario.

114

Vías

Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) desde Avenida Fontibón (AK 97) hasta Avenida El TAM (AK 129)

112

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Trasversal 93

122

Vías

Avenida Mariscal Sucre de la Calle 19 a la Calle 62: Tramos (Carreras 20 y 22) desde la Avenida Ciudad de Lima, Calle 19 hasta la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 20 y Carrera 22) desde la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26 hasta la Avenida Calle 32. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 19 y Carrera 20), en la Carrera 39 para empalmar con las Carreras 22 y 24 desde la Calle 41 hasta la Calle 45 (Avenida Francisco Miranda). Avenida Colombia (Transversal 21 y 23), desde la Diagonal 63 hasta empalmar con la Carrera 24 con Calle 62.

172

Vías

Avenida Cundinamarca (AK 36) desde Avenida Ciudad de Lima (AC 19) hasta Avenida Américas (AC 24)

123

Vías

Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida Jiménez de Quezada (AC 13) hasta Avenida de los Comuneros (AC 6)

124

Vías

Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida de los Comuneros (AC 6) hasta Avenida de la Hortúa (AC 1)

117

Vías

Avenida Villavicencio (AC 43 Sur), desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Avenida Tintal (AK 89B) (Calzada Norte)

170

Vías

Avenida Santa Lucía (TV 42) desde Avenida General Santander (DG 39A Sur) hasta Avenida Jorge Gaitán Cortes (AK 33)

169

Vías

Avenida San José (AC 170) desde Avenida Cota (AK 91) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 106)

136

Vías

Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7)

108

Vías

Avenida El Rincón desde Avenida Boyacá hasta la Carrera 91

110

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Carrera 114 hasta Carrera 122

116

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida de la Constitución (AK 70) hasta Avenida Boyacá (AK 72)

106

Vías

Avenida Colombia (AK 24) desde la Calle 76 hasta Avenida Medellín (AC 80)

147

Vías

Diagonal 8 sur (Carrera 60) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida Ciudad Montes (AC 3)

148

Vías

Carrera 63 (carrera 69 B) desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) con Diagonal 8 Sur.

125

Vías

Avenida de los Cerros (Avenida Circunvalar) desde Calle 9 hasta Avenida de los Comuneros.

126

Vías

PAR VIAL - Carrera 6 y Carrera 7 desde Avenida de los Comuneros hasta Avenida de la Hortúa (AC 1)

127

Vías

Avenida de La Hortúa (AC 1) desde la Carrera 6 hasta Avenida Fernando Mazuera (AK 10)

143

Vías

Avenida Bosa, desde Avenida Agoberto Mejía (AK 80) hasta Avenida Ciudad de Cali

171

Vías

Avenida San Antonio (AC 183) desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7)

141

Vías

Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Santa Bárbara (AK 19)

137

Vías

Avenida El Rincón (KR 91 y AC 131A) desde Carrera 91 hasta Avenida La Conejera (TV 97)

138

Vías

Avenida Santa Bárbara (AK 19) desde Avenida Callejas (DG 127A) hasta Avenida Contador (AC 134)

139

Vías

Avenida Constitución (AK 70) desde Avenida José Celestino Mutis (AC 63) hasta puente Río Salitre (incluye traslado línea alta tensión)

140

Vías

Avenida Jorge Gaitán Cortés (AK 33) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Intersección Matatigres

129

Vías

Avenida Jorge Gaitán Cortés, (AK 33) desde Avenida Boyacá hasta Avenida del Congreso Eucarístico

119

Vías

Avenida Ciudad de Cali, desde Avenida Bosa hasta Avenida San Bernardino

150

Vías

Avenida La Sirena (AC153) desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Boyacá. Calzada norte.

144

Vías

Avenida El Tabor desde Avenida La Conejera hasta Avenida Ciudad de Cali.

151

Vías

Avenida Córdoba (AK 47) desde Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) a Trasversal de Suba

152

Vías

Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) desde Avenida Ciudad de Cali hasta Carrera 100

174

Vías

Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) de Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86)

145

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida De la Constitución (AK 70)

146

Vías

Avenida La Esmeralda (AK 48) desde Avenida Chile (AC 72) hasta Avenida Gabriel Andrade Lleras (AC 68)

133

Vías

Avenida Alsacia desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86)

142

Vías

Avenida Tintal (AK 89) desde Avenida Villavicencio hasta Avenida Manuel Cepeda Vargas - Calzada Occidental

135

Vías

Avenida Bosa desde Avenida Ciudad de Cali hasta Avenida Tintal

149

Vías

Avenida Ciudad de Villavicencio desde Avenida Primero de Mayo hasta Avenida Agoberto Mejía

128

Vías

Avenida Mariscal Sucre (AK 24) desde Calle 27 Sur hasta Transversal 22

131

Vías

Avenida Dario Echandía (AK 10) desde Avenida Villavicencio hasta Calle 48P Sur

102

Intersección vial

Avenida Germán Arciniegas (AK 11) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

160

Intersección vial

Avenida Paseo del Country (AK 15) por Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100)

104

Intersección vial

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 94

154

Intersección vial

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Ciudad de Cali (AK 86)

134

Intersección vial

Avenida Primero de Mayo por Avenida Poporo Quimbaya Mejoramiento Geométrico

130

Intersección vial

Avenida Ciudad de Villavicencio por Avenida Boyacá. Orejas y conectantes

109

Intersección vial

Avenida El Rincón por Avenida Boyacá

115

Intersección vial

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Boyacá (AK 72)

105

Intersección vial

Avenida Medellín (AC 80) por Avenida Colombia (AK 24)

120

Intersección vial

Puente Aranda (Carrera 50) por Avenida Américas, Avenida de los Comuneros, (AC 6) y Avenida Colón (AC 13)

164

Intersección vial

Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) por Avenida la Sirena (AC 153). Calzada Norte

159

Intersección vial

Avenida Contador (AC 134) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

155

Intersección vial

Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A)

158

Intersección vial

Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Pepe Sierra (AC 116)

153

Intersección vial

Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida España (AC 100)

111

Intersección vial

Avenida Chile (AC 72) por Avenida Ciudad de Cali

161

Intersección vial

Avenida de la Constitución por Avenida Medellín (AC 80)

162

Intersección vial

Avenida Chile (AC 72) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68). Orejas y conectantes

156

Intersección vial

Avenida del Sur (Autopista Sur) por Avenida Primero de Mayo (AC 22 Sur)

173

Intersección vial

Avenida San Antonio (AC 183) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

163

Intersección vial

Avenida La Sirena (AC 153) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

167

Intersección vial

Avenida Santa Bárbara (AK 19) por Avenida Contador (AC 134)

165

Intersección vial

Avenida Callejas (DG 127A) por Avenida Santa Bárbara (AK 19)

175

Intersección vial

Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22)

168

Intersección vial

Avenida Primero de Mayo por Avenida Villavicencio

166

Intersección vial

Avenida Jorge Gaitán Cortés por Avenida Boyacá

302

Puente Peatonal

Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) por Calle 182

305

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 130B

306

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 123

312

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Carrera 124

313

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Carrera 111

315

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Avenida Ciudad de Cali (AK 86) Norte

314

Puente Peatonal

Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Centenario Occidente

317

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 21

316

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Carrera 75A

318

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Avenida Boyacá (AK 72)

334

Puente Peatonal

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Parque el Lago

324

Puente Peatonal

Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 23 Sur

337

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 60 Sur Meisen

304

Puente Peatonal

Avenida San José (AC 170) por Carrera 47 (Villa del Prado)

333

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 164

332

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 152

307

Puente Peatonal

Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) por Carrera 41

308

Puente Peatonal

Avenida Callejas (DG 127A) por Carrera 31 (Clínica Reina Sofía)

320

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 11A (Villa Alsacia)

321

Puente Peatonal

Avenida Centenario (AC 13) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68)

322

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Norte - Calle 7A

323

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Sur - Calle 5A

331

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 112

311

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 68B

325

Puente Peatonal

Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 31 Sur

326

Puente Peatonal

Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 38A Sur

338

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 136

340

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 119

339

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22)

336

Puente Peatonal

Avenida Centenario (AC 13) por Carrera 69 B

327

Puente Peatonal

Avenida Primero de Mayo por Calle 33 Sur

404

Andenes

Andenes Avenida 19 entre Calle 134 y Calle 161

411

Andenes

Andenes Calle 127 entre Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y Avenida Santa Bárbara (AK 19)

403

Andenes

Andenes Calle 122 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Santa Bárbara (AK 19)

410

Andenes

Andenes Avenida Paseo del Country (AK 15) entre Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) a Avenida Callejas (AC 127)

402

Andenes

Andenes Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) entre la Avenida Santa Bárbara (AK 19) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

412

Andenes

Andenes Avenida España (AK 68 - AC 100) entre Avenida Medellín (AC 80) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

406

Andenes

Andenes sector 1 (faltantes Zona Rosa Calle 77 y Avenida Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Germán Arciniegas (AK 11)

414

Andenes

Andenes Calle 76 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Caracas (AK 14)

401

Andenes

Andenes faltantes Carrera 13 entre Calle 26 y Calle 32 ambos costados, Carrera 13 entre Calle 32 y Calle 45 costado occidental, Carrera 13 entre Calle 63 y Calle 66 costado oriental, Carrera 13 entre Calle 66 y Calle 68 ambos costados

407

Andenes

Andenes Avenida de los Cedritos (AC 147) entre la Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y la Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

413

Andenes

Andenes Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) entre la Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) y la Avenida Boyacá

416

Andenes

Andenes y Cicloruta en Av. Pepe Sierra, desde la Av. Paseo de Los Libertadores (Autopista Norte), hasta Av. Boyacá.

409

Andenes

Andenes sector 1 (Sector Héroes) Calle 77 y Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

415

Andenes

Andenes Avenida Calle 85 entre Avenida Germán Arciniegas (AK 11) y Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7)

417

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Av. Boyacá, desde la Av. Medellín (AC 80) hasta la Calle 76

418

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Calle 76, desde Av. Paseo del Country (AK 15) hasta Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7)

421

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Calle 94, desde la Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7) hasta la Av. Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

419

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Av. Pedro León Trabuchy (AK 42B), desde la Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas (AC 24)

420

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Av. Batallón Caldas (AK 50), desde Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas

SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO

CÓDIGO DE OBRA

PARQUE

INTERVENCIÓN

202

Fontanar del Río - Suba

Construcción

204

Country Club - Cancha de Polo - Usaquén

Construcción

215

Zona Franca - Fontibón

Construcción

212

La Tingua Tibanica II - Bosa

Construcción

213

Villa Mayor - Antonio Nariño

Construcción

201

San José de Bavaria - Suba

Construcción

203

La Vida - Usaquén

Construcción

206

Morato - Suba

Construcción

216

Tabora - Negativa

Construcción

208

Villa Luz - Negativa

Construcción

209

Simón Bolivar - Sector Parque Los Novios - Barrios Unidos

Construcción

210

Gustavo Uribe Botero - Chapinero

Construcción

211

Las Margaritas - Kennedy

Construcción

217

La Esperanza - Bosa

Construcción

214

La Victoria - San Cristóbal

Construcción

219

Cementerio Central - Globo B

Construcción

ANEXO 2

Modificado por el art. 3, Acuerdo Distrital 398 de 2009 Derogado por el art. 10, Acuerdo Distrital 523 de 2013,

PLAN DE OBRAS POR GRUPOS Y ZONAS DE INFLUENCIA

GRUPO 1

ZONA DE INFLUENCIA 1

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

107

Vías

Avenida San José (AC 170) desde Avenida Boyacá hasta Avenida Cota (AK 91)

101

Vías

Avenida Laureano Gómez (AK 9) desde Avenida San Juan Bosco (AC 170) hasta Avenida de los Cedritos (AC 147)

103

Vías

Avenida Germán Arciniegas (AK 11) desde Calle 106 hasta Avenida Laureano Gómez (AK 9)

102

Intersección vial

Avenida Germán Arciniegas (AK 11) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

160

Intersección vial

Avenida Paseo del Country (AK 15) por Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100)

104

Intersección vial

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 94

302

Puente Peatonal

Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) por Calle 182

305

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 130B

306

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 123

404

Andenes

Andenes Avenida 19 entre Calle 134 y Calle 161

411

Andenes

Andenes Calle 127 entre Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y Avenida Santa Bárbara (AK 19)

403

Andenes

Andenes Calle 122 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Santa Bárbara (AK 19)

410

Andenes

Andenes Avenida Paseo del Country (AK 15) entre Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) a Avenida Callejas (AC 127)

402

Andenes

Andenes Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) entre la Avenida Santa Bárbara (AK 19) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

412

Andenes

Andenes Avenida España (AK 68 - AC 100) entre Avenida Medellín (AC 80) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

406

Andenes

Andenes sector 1 (faltantes Zona Rosa Calle 77 y Avenida Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Germán Arciniegas (AK 11)

414

Andenes

Andenes Calle 76 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Caracas (AK 14)

COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 1

$ 265,027,312,803

ZONA DE INFLUENCIA 2

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

113

Vías

Avenida El TAM (AK 129) desde Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) hasta Avenida Centenario.

114

Vías

Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) desde Avenida Fontibón (AK 97) hasta Avenida El TAM (AK 129)

112

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Trasversal 93

154

Intersección vial

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Ciudad de Cali (AK 86)

312

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Carrera 124

313

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Carrera 111

315

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Avenida Ciudad de Cali (AK 86) Norte

314

Puente Peatonal

Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Centenario Occidente

317

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 21

316

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Carrera 75A

318

Puente Peatonal

Avenida Centenario por Avenida Boyacá (AK 72)

COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 2

$103,547,465,894

ZONA DE INFLUENCIA 3

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

122

Vías

Avenida Mariscal Sucre de la Calle 19 a la Calle 62: Tramos (Carreras 20 y 22) desde la Avenida Ciudad de Lima, Calle 19 hasta la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 20 y Carrera 22) desde la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26 hasta la Avenida Calle 32. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 19 y Carrera 20), en la Carrera 39 para empalmar con las Carreras 22 y 24 desde la Calle 41 hasta la Calle 45 (Avenida Francisco Miranda). Avenida Colombia (Transversal 21 y 23), desde la Diagonal 63 hasta empalmar con la Carrera 24 con Calle 62.

172

Vías

Avenida Cundinamarca (AK 36) desde Avenida Ciudad de Lima (AC 19) hasta Avenida Américas (AC 24)

123

Vías

Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida Jiménez de Quezada (AC 13) hasta Avenida de los Comuneros (AC 6)

124

Vías

Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida de los Comuneros (AC 6) hasta Avenida de la Hortúa (AC 1)

334

Puente Peatonal

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Parque el Lago

401

Andenes

Andenes faltantes Carrera 13 entre Calle 26 y Calle 32 ambos costados, Carrera 13 entre Calle 32 y Calle 45 costado occidental, Carrera 13 entre Calle 63 y Calle 66 costado oriental, Carrera 13 entre Calle 66 y Calle 68 ambos costados

COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 3

$ 62,680,444,162

ZONA DE INFLUENCIA 4

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

117

Vías

Avenida Villavicencio (AC 43 Sur), desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Avenida Tintal (AK 89B) (Calzada Norte)

134

Intersección vial

Avenida Primero de Mayo por Avenida Poporo Quimbaya . Mejoramiento Geométrico

COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 4

$ 8,891,811,061

ZONA DE INFLUENCIA 5

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

170

Vías

Avenida Santa Lucía (TV 42) desde Avenida General Santander (DG 39A Sur) hasta Avenida Jorge Gaitán Cortes (AK 33)

130

Intersección vial

Avenida Ciudad de Villavicencio por Avenida Boyacá. Orejas y conectantes

324

Puente Peatonal

Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 23 Sur

337

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 60 Sur Meisen

COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 5

$ 23,457,042,509

GRUPO 1 - SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO

CÓDIGO DE OBRA

PARQUE

MONTO DISTRIBUIBLE

202

Fontanar del Río - Suba

$ 4,919,288,831

204

Country Club - Cancha de Polo - Usaquén

$ 5,937,768,620

215

Zona Franca - Fontibón

$ 7,166,868,032

212

La Tingua Tibanica II - Bosa

$ 884,423,006

213

Villa Mayor - Antonio Nariño

$ 3,462,009,088

COSTO TOTAL PARQUES GRUPO 1 

$ 22,370,357,577

COSTO TOTAL GRUPO 1

$ 485,974,434,006

GRUPO 2

ZONA DE INFLUENCIA 1

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

169

Vías

Avenida San José (AC 170) desde Avenida Cota (AK 91) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 106)

136

Vías

Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7)

108

Vías

Avenida El Rincón desde Avenida Boyacá hasta la Carrera 91

109

Intersección vial

Avenida El Rincón por Avenida Boyacá

304

Puente Peatonal

Avenida San José (AC 170) por Carrera 47 (Villa del Prado)

333

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 164

332

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 152

307

Puente Peatonal

Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) por Carrera 41

308

Puente Peatonal

Avenida Callejas (DG 127A) por Carrera 31 (Clínica Reina Sofía)

407

Andenes

Andenes Avenida de los Cedritos (AC 147) entre la Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y la Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

413

Andenes

Andenes Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) entre la Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) y la Avenida Boyacá

416

Andenes

Andenes y Cicloruta en Av. Pepe Sierra, desde la Av. Paseo de Los Libertadores (Autopista Norte), hasta Av. Boyacá

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 48,339,561,326

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 79,422,071,349

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 1

$ 127,761,632,675

ZONA DE INFLUENCIA 2

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

110

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Carrera 114 hasta Carrera 122

116

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida de la Constitución (AK 70) hasta Avenida Boyacá (AK 72)

106

Vías

Avenida Colombia (AK 24) desde la Calle 76 hasta Avenida Medellín (AC 80)

115

Intersección vial

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Boyacá (AK 72)

105

Intersección vial

Avenida Medellín (AC 80) por Avenida Colombia (AK 24)

409

Andenes

Andenes sector 1 (Sector Héroes) Calle 77 y Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

415

Andenes

Andenes Avenida Calle 85 entre Avenida Germán Arciniegas (AK 11) y Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7)

417

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Av. Boyacá, desde la Av. Medellín (AC 80) hasta la Calle 76

418

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Calle 76, desde Av. Paseo del Country (AK 15) hasta Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7)

421

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Calle 94, desde la Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7) hasta la Av. Paseo de los Libertadores (Autopista Norte)

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACION

$ 69,003,075,221

TOTAL COSTO CONSTRUCCION

$ 69,156,442,549

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 2

$ 138,159,517,770

ZONA DE INFLUENCIA 3

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

147

Vías

Diagonal 8 sur (Carrera 60) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida Ciudad Montes (AC 3)

148

Vías

Carrera 63 (carrera 69 B) desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) con Diagonal 8 Sur.

120

Intersección vial

Puente Aranda (Carrera 50) por Avenida Américas, Avenida de los Comuneros, (AC 6) y Avenida Colón (AC 13)

320

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 11A (Villa Alsacia)

321

Puente Peatonal

Avenida Centenario (AC 13) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68)

322

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Norte - Calle 7A

323

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Sur - Calle 5A

419

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Av. Pedro León Trabuchy (AK 42B), desde la Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas (AC 24)

420

Andenes

Andenes y Cicloruta en la Av. Batallón Caldas (AK 50), desde Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 9,505,838,153

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 53,325,762,489

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 3

$ 62,831,600,642

ZONA DE INFLUENCIA 4

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

125

Vías

Avenida de los Cerros (Avenida Circunvalar) desde Calle 9 hasta Avenida de los Comuneros.

126

Vías

PAR VIAL - Carrera 6 y Carrera 7 desde Avenida de los Comuneros hasta Avenida de la Hortúa (AC 1)

127

Vías

Avenida de La Hortúa (AC 1) desde la Carrera 6 hasta Avenida Fernando Mazuera (AK 10)

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 9,289,483,413

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 10,108,316,997

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 4

$ 19,397,800,410

ZONA DE INFLUENCIA 5

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

143

Vías

Avenida Bosa, desde Avenida Agoberto Mejía (AK 80) hasta Avenida Ciudad de Cali

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 11,550,392,522

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 11,770,667,750

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 5

$ 23,321,060,272

TOTAL GRUPO 2 PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 147,688,350,635

TOTAL COSTO GRUPO 2 CONSTRUCCIÓN

$ 223,783,261,134

GRUPO 2 - SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO

CÓDIGO DE OBRA

PARQUE

COSTO

201

San José de Bavaria - Suba

$ 5,125,587,514

203

La Vida - Usaquén

$ 4,192,999,478

206

Morato - Suba

$ 394,484,254

216

Tabora - Engativa

$ 1,525,552,818

208

Villa Luz - Engativa

$ 6,023,394,828

209

Simón Bolívar - Sector Parque Los Novios - Barrios Unidos

$ 7,313,919,220

210

Gustavo Uribe Botero - Chapinero

$ 1,112,958,061

211

Las Margaritas - Kennedy

$ 1,530,182,864

217

La Esperanza - Bosa

$ 1,442,287,027

214

La Victoria - San Cristóbal

$ 1,317,217,299

219

Cementerio Central Globo B

$ 11,113,660,267

COSTO TOTAL PARQUES GRUPO 2

$ 41,092,243,630

TOTAL COSTO GRUPO 2

$ 412,563,855,399

GRUPO 3

ZONA DE INFLUENCIA 1

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

171

Vías

Avenida San Antonio (AC 183) desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7)

141

Vías

Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Santa Bárbara (AK 19)

137

Vías

Avenida El Rincón (KR 91 y AC 131A) desde Carrera 91 hasta Avenida La Conejera (TV 97)

138

Vías

Avenida Santa Bárbara (AK 19) desde Avenida Callejas (DG 127A) hasta Avenida Contador (AC 134)

164

Intersección vial

Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) por Avenida la Sirena (AC 153). Costado Norte

159

Intersección vial

Avenida Contador (AC 134) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

155

Intersección vial

Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A)

158

Intersección vial

Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Pepe Sierra (AC 116)

153

Intersección vial

Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida España (AC 100)

331

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 112

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 182,101,632,438

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 114,548,578,457

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 1

$ 296,650,210,895

ZONA DE INFLUENCIA 2

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

139

Vías

Avenida Constitución (AK 70) desde Avenida José Celestino Mutis (AC 63) hasta puente Río Salitre (incluye traslado línea alta tensión)

111

Intersección vial

Avenida Chile (AC 72) por Avenida Ciudad de Cali

161

Intersección vial

Avenida de la Constitución por Avenida Medellín (AC 80)

162

Intersección vial

Avenida Chile (AC 72) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68). Orejas y conectantes

311

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 68B

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 96,458,142,211

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 61,557,574,842

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 2

$ 158,015,717,053

ZONA DE INFLUENCIA 3

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

140

Vías

Avenida Jorge Gaitán Cortés (AK 33) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Intersección Matatigres

129

Vías

Avenida Jorge Gaitán Cortés, (AK 33) desde Avenida Boyacá hasta Avenida del Congreso Eucarístico

156

Intersección vial

Avenida del Sur (Autopista Sur) por Avenida Primero de Mayo (AC 22 Sur)

325

Puente Peatonal

Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 31 Sur

326

Puente Peatonal

Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 38A Sur

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 58,396,685,673

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 28,969,166,570

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 3

$ 87,365,852,243

ZONA DE INFLUENCIA 4

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

119

Vías

Avenida Ciudad de Cali, desde Avenida Bosa hasta Avenida San Bernardino

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 17,775,104,445

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 15,246,882,521

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 4

$ 33,021,986,966

TOTAL GRUPO 3 PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 354,731,564,767

TOTAL COSTO GRUPO 3 CONSTRUCCIÓN

$ 220,322,202,390

TOTAL COSTO GRUPO 3

$ 575,053,767,157

GRUPO 4

ZONA DE INFLUENCIA 1

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

150

Vías

Avenida La Sirena (AC153) calzada norte, desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Boyacá.

144

Vías

Avenida El Tabor desde Avenida La Conejera hasta Avenida Ciudad de Cali.

151

Vías

Avenida Córdoba (AK 47) desde Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) a Trasversal de Suba

173

Intersección vial

Avenida San Antonio (AC 183) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

163

Intersección vial

Avenida La Sirena (AC 153) por Avenida Laureano Gómez (AK 9)

167

Intersección vial

Avenida Santa Bárbara (AK 19) por Avenida Contador (AC 134)

165

Intersección vial

Avenida Callejas (DG 127A) por Avenida Santa Bárbara (AK 19)

338

Puente Peatonal

Avenida Boyacá por Calle 136

340

Puente Peatonal

Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 119

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 220,891,457,064

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 89,950,089,705

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 1

$ 310,841,546,769

ZONA DE INFLUENCIA 2

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

152

Vías

Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) desde Avenida Ciudad de Cali hasta Carrera 100

174

Vías

Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) de Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86)

145

Vías

Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida De la Constitución (AK 70)

146

Vías

Avenida La Esmeralda (AK 48) desde Avenida Chile (AC 72) hasta Avenida Gabriel Andrade Lleras (AC 68)

133

Vías

Avenida Alsacia desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86)

175

Intersección vial

Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22)

339

Puente Peatonal

Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22)

336

Puente Peatonal

Avenida Centenario (AC 13) por Carrera 69 B

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 100,286,593,814

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 62,619,209,670

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 2

$ 162,905,803,484

ZONA DE INFLUENCIA 3

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

142

Vías

Avenida Tintal (AK 89) desde Avenida Villavicencio hasta Avenida Manuel Cepeda Vargas - Calzada Occidental

135

Vías

Avenida Bosa desde Avenida Ciudad de Cali hasta Avenida Tintal

149

Vías

Avenida Ciudad de Villavicencio desde Avenida Primero de Mayo hasta Avenida Agoberto Mejía

168

Intersección vial

Avenida Primero de Mayo por Avenida Villavicencio

327

Puente Peatonal

Avenida Primero de Mayo por Calle 33 Sur

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 37,640,897,567

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 38,071,500,241

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 3

$ 75,712,397,808

ZONA DE INFLUENCIA 4

CÓDIGO DE OBRA

SUBSISTEMA

OBRA

128

Vías

Avenida Mariscal Sucre (AK 24) desde Calle 27 Sur hasta Transversal 22

131

Vías

Avenida Dario Echandía (AK 10) desde Avenida Villavicencio hasta Calle 48P Sur

166

Intersección vial

Avenida Jorge Gaitán Cortés por Avenida Boyacá

TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 50,674,742,853

TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN

$ 29,391,348,380

TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 4

$ 80,066,091,233

TOTAL GRUPO 4 PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN

$ 409,493,691,298

TOTAL COSTO GRUPO 4 CONSTRUCCIÓN

$ 220,032,147,996

TOTAL COSTO GRUPO 4

$ 629,525,839,294

TOTAL COSTO 4 GRUPOS

$ 2,103,117,895,856

ANEXO 3

 Derogado por el art. 10, Acuerdo Distrital 523 de 2013,

DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA

1. DELIMITACION ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO I

1.1. ZONA DE INFLUENCIA 1

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Tuna Baja (009242), Villa Hermosa (009244) y las Mercedes I (009243); proyección de la Avenida Tibabita.

ORIENTE: Avenida Alberto Lleras Camargo y costado oriental del perímetro urbano.

SUR: Avenidas Chile, Medellín, Camino del Prado, Transversal de Suba (incluyendo la proyección entre la Avenida Boyacá y el sector de Carabineros).

OCCIDENTE: Carreras 47 y 49 A, Transversales 48 y 38; Avenida Paseo de los Libertadores, limite occidental de los sectores catastrales Tibabuyes (009233), Del Monte (009246), Vereda Suba Cerros II (009265) y San José de Bavaria (009113).

1.2. ZONA DE INFLUENCIA 2

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales El Gaco (005669), La Faena (005666) y La Riviera (005670); Avenidas Medellín y Chile.

ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales La Granja (005610) Y Tabora (005609), Avenida Boyacá y costado oriental de los sectores catastrales Terminal de Transporte (006319) y Franco (006308)

SUR: Limite sur de la localidad de Fontibón, costado occidental del perímetro urbano.

OCCIDENTE: Costado occidental del perímetro urbano.

1.3. ZONA DE INFLUENCIA 3

NORTE: Avenida Chile, costado norte de los sectores catastrales Emaus (008202) y Las Acacias (008203).

ORIENTE: Costado oriental del perímetro urbano, Avenida Jiménez de Quesada, costado oriental de los sectores catastrales La Catedral (003110), Centro Administrativo (003106), Santa Bárbara (003203), Calvo Sur (001210), Nariño Sur (001207), Quinta Ramos (001206) y Sociego (001205).

SUR: Avenidas Primero de Mayo, Los Comuneros y la Esperanza.

OCCIDENTE: Avenidas Jorge Gaitán Cortes, Ciudad de Quito, Batallón Caldas y La Esmeralda.

1.4. ZONA DE INFLUENCIA 4

NORTE: Proyección de la Avenida Manuel Cepeda Vargas, Avenida de las Américas, calles 3, 1 y 2A sur.

ORIENTE: Avenida Boyacá, costado oriental de los sectores catástrales la Campiña (004506) y Renania Urapanes (004582).

SUR: Costado sur de los sectores catastrales Santa Catalina (004584), Timiza B (004530), Catalina (004545), Casablanca (004537), Casablanca Sur (004576), Gran Britalia (004557), El Carmelo (004559), Jorge Uribe Botero (004568), Chicalá (004605), Brasilia (004604), Portal del Brasil (004591) y El Corzo (004631).

OCCIDENTE: Río Bogota y costado occidental del perímetro urbano.

1.5. ZONA DE INFLUENCIA 5

NORTE: Avenida Primero de Mayo, costado norte de los sectores catastrales Libertador (002305) y Quiroga (002202).

ORIENTE: Avenida Caracas, costado oriental de los sectores catastrales Abraham Lincoln (002507), Meisen (002514) y México (002516).

SUR: Costado sur de los sectores catastrales Candelaria la Nueva (002531) y Verona (002412); Avenida Boyacá.

OCCIDENTE: Avenidas Jorge Gaitán Cortes, Boyacá y proyección de Ferrocarril del Sur.

1.6. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE FONTANAR DEL RIO - SUBA

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Tibabuyes II (009248), Rincón de Santa Inés (009217) y Tuna Baja (009242).

ORIENTE: Avenida Ciudad de Cali

SUR: Proyección de la Avenida del Tabor, costado norte del humedal Juan Amarillo.

OCCIDENTE: Cauce del Río Bogotá.

1.7. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE COUNTRY CLUB - CANCHA DE POLO - USAQUEN

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales El Contador (008514), Cedro Narváez (008511), Acacias Usaquen (008510) y Bosque de Pinos (008536).

ORIENTE: Perímetro Oriental sectores catastrales Bosque de Pinos (008536), Ginebra (008407), Usaquen (008407) y Santa Ana Occidental (008414).

SUR: Calles 112 y 106.

OCCIDENTE: Avenidas Paseo de los Libertadores, Santa Bárbara y Jorge Uribe Botero.

1.8. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE ZONA FRANCA - FONTIBON

NORTE: Avenida Centenario; costado norte de los sectores catastrales El Carmen Fontibón (006408) y San Pedro de los Robles (006523).

ORIENTE: Avenida Fontibón y costado oriental del sector catastral Sabana Grande (006521).

SUR: Limite sur de los sectores catastrales Sabana Grande (006521), El Tintal (105104), El Chanco I (006525) y El Chanco II (205401).

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales El Chanco II (205401) y El Chanco I (006525).

1.9. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA TINGUA TIBANICA II - BOSA

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales San Bernardino I (004597) y El Retazo (004533)

ORIENTE: Proyección de la Avenida Agoberto Mejia; costado oriental de los sectores catastrales La Estación-Bosa (004521), Nueva Granada Bosa (004527), José Maria Carbonel (004550), Villa Anny I (004599) y Villa Anny II (004598).

SUR: Costado sur de los sectores catastrales Villa Anny II (004598) y San Bernardino I (004597).

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales San Bernardino I (004597) y Gran Colombiano (004539).

1.10. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE VILLA MAYOR - ANTONIO NARIÑO

NORTE: Avenida Primero de Mayo; costado norte de los sectores catastrales Remanso Sur (004412) y Santander (002105); Calle 28 Sur.

ORIENTE: Avenida General Santander, Carrera 27 y Avenida Mariscal Sucre.

SUR: Avenida Quiroga, Diagonal 40 Sur y Avenida del Sur.

OCCIDENTE: Avenida Batallón Caldas.

2. DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO II

2.1. ZONA DE INFLUENCIA 1

NORTE: Límite norte del perímetro urbano, proyección de la Avenida Tibabita.

ORIENTE: Avenida Alberto Lleras Camargo; limite oriental del perímetro urbano; Avenidas Santa Bárbara y Paseo de los Libertadores.

SUR: Costado sur del sector catastral Cedro Narváez (008511), Avenidas España y Medellín; canal y humedal Juan Amarillo.

OCCIDENTE: Costado occidental del sector catastral Los Cerezos (005616), costado occidental del perímetro urbano.

2.2. ZONA DE INFLUENCIA 2

NORTE: Avenidas Medellín, España y Carlos Lleras Restrepo

ORIENTE: Avenidas Alberto Lleras Camargo y Batallón Caldas

SUR: Avenidas José Celestino Mutis y su proyección entre Avenidas Caracas y Alberto Lleras, Pablo VI y Jorge Eliécer Gaitán; costado norte del sector catastral Puerta de Teja (006404) y el costado norte del Aeropuerto el Dorado, identificado con el código de sector catastral 005624

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Modelia Occidental (006312), Bosques de Modelia (006316), Santa Cecilia (006301) y Los Álamos (005626); costado occidental del perímetro urbano.

2.3. ZONA DE INFLUENCIA 3

NORTE: Proyección Avenida Ferrocarril de Occidente, Avenidas Jorge Eliécer Gaitán y Pablo VI

ORIENTE: Avenidas Ciudad de Quito, Jorge Gaitán Cortes y proyección de la Ferrocarril de Occidente.

SUR: Avenidas del Sur y Ciudad de Villavicencio; costado sur del sector catastral Mandalay (004531).

OCCIDENTE: Avenidas Primero de Mayo y Boyacá; costado occidental de los sectores catastrales Ciudad Salitre Occidental (006313) y el Salitre (005110).

2.4. ZONA DE INFLUENCIA 4

NORTE: Calle 8; Avenidas Jiménez de Quesada (Eje Ambiental) y de los Cerros.

ORIENTE: Costado oriental del perímetro urbano; costado oriental de los sectores catastrales El Guavio (003205), Girardot (003211), Ramírez (003210), Quinta Ramos (001206) y Sociego (001205).

SUR: Avenidas Fucha y Primero de Mayo.

OCCIDENTE: Avenidas Mariscal Sucre y Caracas.

2.5. ZONA DE INFLUENCIA 5

NORTE: Limite norte de los sectores catastrales Osorio X (105210), Osorio X Urbano (004616) y Las Margaritas (004316) y Avenida Ciudad de Villavicencio.

ORIENTE: Costado Oriental de los sectores catastrales Catalina (004545), Andalucia II (004553), La Cecilia (004532), Gualoche (004552), La Estación Bosa (004521), Nueva Granada Bosa (004527), José Maria Carbonel (004550), Villa Anny I (004598) y Villa Anny II (004599).

SUR: Costado sur de los sectores catastrales Villa Anny I (004598), San Bernardino I (004597) y San Diego Bosa (004513); costado sur del perímetro urbano.

OCCIDENTE: Límite Occidental de la localidad de Bosa.

2.6. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE SAN JOSÉ DE BAVARIA- SUBA

NORTE: Calles 177 y 181, Avenida San Antonio y costado norte del sector catastral Villa del Prado (009129).

ORIENTE: Carreras 59, 52A, 51A, 51 Bis y Carrera 55.

SUR: Calles 167 y 164; costado sur del sector catastral Casablanca Suba (009215).

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Casablanca Suba (009215) e Iragua (009247); Carreras 71 y 68.

2.7. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA VIDA - USAQUEN

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Orquídeas (008516), La Pradera Norte (008502) y San Cristóbal Norte (008505).

ORIENTE: Avenida Laureano Gómez, Carreras 20, 18, 17, 16 y 15.

SUR: Avenidas La Sirena y de los Cedritos.

OCCIDENTE: Avenida Santa Bárbara), Carrera 37A y costado occidental del sector catastral La Pradera Norte (008502).

2.8. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE MORATO- SUBA

NORTE: Avenida Alfredo D Bateman.

ORIENTE: Costado oriental del sector catastral Julio Flores (005403) y carrera 49A.

SUR: Calles 103, 101 y 99A.

OCCIDENTE: Transversal 56A; Diagonales 113, 113ª y 114; costado occidental del sector catastral Potosí (0054019).

2.9. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE TABORA - ENGATIVA

NORTE: Avenida Medellín.

ORIENTE: Costado oriental del sector catastral Bonanza (005406); Avenidas de la Constitución y Boyacá.

SUR: Avenida Chile y Calle 66A.

OCCIDENTE: Avenida Ciudad de Cali.

2.10. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE VILLA LUZ- ENGATIVA

NORTE: Avenida el Salitre y Calle 69A.

ORIENTE: Avenida Boyacá.

SUR: Avenida Jorge Eliécer Gaitan.

OCCIDENTE: Transversal 93.

2.11. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE SIMÓN BOLÍVAR - SECTOR PARQUE DE LOS NOVIOS - BARRIOS UNIDOS

NORTE: Calle 70, Avenida Chile, costado norte de los sectores catastrales San Fernando (005203), 12 de Octubre (005202), 11 de Noviembre (007405), La Aurora (007407), Colombia (007303) y Concepción Norte (007304).

ORIENTE: Avenidas Colombia, Caracas y Ciudad de Quito.

SUR: Costado Norte de los sectores catastrales Chapinero Occidental (007203), Banco Central (007208) y Ciudad Universitaria (005108).

OCCIDENTE: Avenida Congreso Eucarístico y costado occidental del sector catastral San Fernando (005203).

2.12. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE GUSTAVO URIBE BOTERO - CHAPINERO

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Quinta Camacho (008201), Porciúncula (008306) y Bellavista (008305).

ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales Bellavista (008305), Las Acacias (008203) y Maria Cristina (008205).

SUR: Costado sur de los sectores catastrales La Salle (008206) y Chapinero Norte (008214).

OCCIDENTE: Avenidas Alberto Lleras Camargo, Caracas y Germán Arciniegas.

2.13. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LAS MARGARITAS - KENNEDY

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Tintalito (004617) y Chucua de la Vaca (004621).

ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales Chucua de la Vaca (004621) y Casablanca Sur (004576).

SUR: Costado norte de los sectores catastrales Class (004535), La Paz Bosa (004520) y Escocia (004519) y Proyección de la Avenida Primero de Mayo.

OCCIDENTE: Costado occidental del sector catastral Brasilia (004604) y Carrera 88C.

2.14. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA ESPERANZA - BOSA

NORTE: Costado norte del sector catastral Gran Colombiano (004539) y calles 71F Sur y 72 B Bis Sur.

ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales Villa Anny II (004599) y Villa Anny I (004598).

SUR: Limite sur de la localidad de Bosa.

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales San Diego Bosa (004513), El Jardín (004561) y Los Laureles (004575).

2.15. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA VICTORIA- SAN CRISTOBAL

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Bello Horizonte (001304) y San Vicente (001309).

ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales San Vicente (001309), Bellavista Sur (001313), Altos del Poblado (001333) y La Gloria Oriental (001319).

SUR: Costado sur de los sectores catastrales La Gloria Oriental (001319), La Gloria Occidental (001311) y San Martín Sur (001321).

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Las Guacamayas (001326), Villa de los Alpes (001408) y Bello Horizonte (001304).

2.16 ZONA DE INFLUENCIA CEMENTERIO CENTRAL - GLOBO B

NORTE: Costado norte de los sectores catastrales el Recuerdo (006201), Acevedo Tejada (005107) y Palermo (007205); Calle 47 y costado norte del sector catastral Cataluña (008111).

ORIENTE: Avenida de los Cerros, Costado Oriental de los sectores catastrales La Perseverancia (008104), La Macarena (008105) y La Catedral (003110).

SUR: Costado sur del sector catastral La Catedral (003110); Calles 10, 8 y 9; Avenida Colon.

OCCIDENTE: Avenidas Ciudad de Quito, Cundinamarca y Pedro León Trabuchy.

3. DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO III

3.1. ZONA DE INFLUENCIA 1

NORTE: Límite norte del perímetro urbano y la proyección de las Avenidas Tibabita y el Polo y costado norte del sector catastral Tibabuyes Occidental (009250).

ORIENTE: Limite oriental del perímetro urbano, costado oriental de los sectores catastrales Páramo urbano (008420) y Seminario (008302) y la Avenida Paseo del Country.

SUR: Límite sur del perímetro urbano, Avenida Alejandro Obregón, Avenida Medellín y costado sur de los sectores catastrales Polo Club (007401), Antiguo Country (008314) y Chico Norte (008307).

OCCIDENTE: Límite occidental del perímetro urbano y costado occidental de la Localidad de Suba.

3.2. ZONA DE INFLUENCIA 2

NORTE: Límite norte de la Localidad de Engativa; Avenidas Morisca y Medellin.

ORIENTE: Avenidas Ciudad de Quito, La Esmeralda y Congreso Eucarístico.

SUR: Limite Norte del sector catastral Parque Distrital Salitre (005112); Avenidas Jorge Eliécer Gaitán, Avenida Ferrocarril de Occidente y José Celestino Mutis.

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Sabana del Dorado (005657), Engativa Zona Urbana (005636), Villas de Alcalá (005668) y el Cortijo (00563).

3.3. ZONA DE INFLUENCIA 3

NORTE: Costado Norte del sector Providencia Norte (004310), Avenida Colón (calle 13), costado norte del sector catastral Eduardo Santos (004105).

ORIENTE: Avenidas Mariscal Sucre (carrera 19) y Caracas, carrera 11, costado oriental del sector catastral San José Sur (001401) y Avenida Tunjuelito.

SUR: Avenida Ciudad de Villavicencio.

OCCIDENTE: Avenida Primero de Mayo, costado occidental del sector catastral Providencia Oriental (004503) y Avenida Ferrocarril del Sur

3.4. ZONA DE INFLUENCIA 4

NORTE: Avenida Ciudad de Villavicencio, Avenida Calle 54 Sur, Avenida Bosa y costado norte de los sectores catastrales Canaveralejo (004634) y Santa Fe de Bosa (004633).

ORIENTE: Avenida Agoberto Mejía Cifuentes y Avenida del Sur

SUR: Avenida del Sur y limite sur del perímetro urbano.

OCCIDENTE: Limite occidental de la Localidad de Bosa y Río Bogotá.

4. DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO IV

4.1. ZONA DE INFLUENCIA 1

NORTE: Transversal de Suba, Avenida San Jose, costado norte de los sectores catástrales Canaima (008544), Tibabita (008521) y Buena Vista (008535).

ORIENTE: Limite oriental del perímetro urbano y costado oriental de los sectores catastrales La Granja Norte (008524) y Santa Teresa (008503).

SUR: Costado sur del sector catastral Santa Ana (008408); Avenida Carlos Lleras y Medellín; Canal y Humedal Juan Amarillo.

OCCIDENTE: Costado occidental del perímetro urbano.

4.2. ZONA DE INFLUENCIA 2

NORTE: Avenidas Luis Carlos Galán Sarmiento y Jorge Eliécer Gaitán, costado norte de los sectores catastrales Los Álamos (005625), Soledad Norte (005615) y Tabora (005609); Avenida Medellín.

ORIENTE: Avenidas Colombia y Congreso Eucarístico.

SUR: Avenidas Jorge Eliécer Gaitán, De las Americas y Proyección de la Castilla.

OCCIDENTE: Limite occidental del perímetro urbano.

4.3. ZONA DE INFLUENCIA 3

NORTE: Proyección de la Avenida Castilla, limite norte del predio 02 de la manzana 98 del sector catastral Ciudad Techo II (006531); costado norte de los sectores catastrales Ciudad Kennedy Central (004511), Ciudad Kennedy Oriental (004510), Providencia Occidental (004505), la Campiña (004506) y Nueva York (004549).

ORIENTE: Avenidas Boyacá, Ferrocarril del Sur y del Sur; costado oriental de los sectores catastrales La Estación-Bosa (004521), Nueva Granada Bosa (004527), José Maria Carbonel (004550), Villa Anny I (004599) y Villa Anny II (004598).

SUR: Limite sur de la Localidad de Bosa.

OCCIDENTE: Cauce del Río Bogota.

4.4. ZONA DE INFLUENCIA 4

NORTE: Avenidas Fucha y de la Hortua; costado norte de los sectores catástrales Caracas (001203), 20 de Julio (001405) y Granada Sur (001301).

ORIENTE: Avenida Fernando Mazuera; limite oriental de los sectores catastrales Granada Sur (001301), Monte Bello (001302), Córdoba (001303), Bello Horizonte (001304), Atenas (001305), Canada (001330), Arrayanes I (002601), Diana Turbay Cultivos (001432), Palermo Sur (002535), La Fiscal Norte (002597), La Fiscala (002590), Alaska (002551) y Porvenir (002589).

SUR: Costado sur del sector catastral Porvenir (002589); Avenidas Boyacá y Ciudad de Villavicencio.

OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Guadalupe (004563), Delicias (004544) y Alquería la Fragua (004543); Avenida del Sur.

Para la delimitación de las zonas de influencia de los sistemas de movilidad y de espacio público Parques Distritales, se anexan los planos de delimitación de las zonas de influencia, que prevalecen en caso de duda de las delimitaciones descritas.

ANEXO 4

Adicionado y eliminado parcialmente por el Acuerdo Distrital 398 de 2009, Modificado por el art. 1,  Acuerdo Distrital 445 de 2010

FACTORES EXPLOTACIÓN ECONÓMICA, PISOS, GRADO DE BENEFICIO, ESTRATO Y GEOECONÓMICO

FACTOR DE EXPLOTACIÓN ECONÓMICA

Explotación Económica

Factor

RESIDENCIALES

Residencial

1.00

Residencial con comercio o servicios de escala vecinal o industria

1.16

Residencial con Dotacional

1.05

COMERCIALES Y DE SERVICIOS

Comercial o servicios de escala metropolitana

3.60

Comercial o servicios de escala zonal

2.40

Comercial o servicios de escala vecinal

1.90

Comercio o servicios con residencial

1.48

INDUSTRIALES

Industria zonificada micro

4.08

Industria zonificada pequeña

5.10

Industria zonificada mediana

6.12

Industria zonificada grande

7.14

Industria no zonificada micro

2.88

Industria no zonificada pequeña

3.60

Industria no zonificada mediana

4.32

Industria no zonificada grande

5.04

MINEROS

Minero en Parque Minero Industrial

1.44

Minero en Área de suspensión de Actividad Minera

0.22

DOTACIONALES

Dotacional privado administrativo

1.30

Dotacional privado educativo 1

0.90

Dotacional privado educativo 2

1.20

Dotacional privado educativo 3

1.50

Dotacional privado recreativo 1

0.88

Dotacional privado recreativo 2

1.21

Dotacional privado otras

1.15

Dotacional Privado Zonas Verdes Metropolitanas.

0.60

Dotacional público administrativo

0.90

Dotacional público otros

0.60

CONSERVACIÓN

Inmuebles de conservación histórica, artística o arquitectónica

0.22

LOTES

Lotes con área de terreno inferior a 100 metros cuadrados

1.00

Lotes Tratamiento de Desarrollo

1.75

Lotes Tratamiento de actualización de actividad múltiple

3.25

Lotes Tratamiento de actualización de actividad industrial

4.50

Lotes Tratamiento de actualización de actividad residencial

3.00

Lotes Tratamiento de actualización de actividad dotacional

2.10

Lotes Tratamiento de conservación de actividad múltiple

2.50

Lotes Tratamiento de conservación de actividad industrial

3.30

Lotes Tratamiento de conservación de actividad residencial

3.03

Lotes Tratamiento de conservación de actividad dotacional

2.75

Lotes Tratamiento de conservación de actividad comercio y servicios

2.50

Lotes Tratamiento de conservación de actividad central

2.50

Lotes Tratamiento de conservación área urbana integral

2.50

Lotes Tratamiento de conservación de actividad minera

2.75

Lotes Tratamiento de Habilitación

2.25

Lotes de Preservación Urbana

0.22

Lotes Tratamiento de consolidación de actividad industrial

4.50

Lotes Tratamiento de consolidación de actividad residencial

3.00

Lotes Tratamiento de consolidación de actividad dotacional

2.10

Lotes Tratamiento de consolidación de actividad comercio y servicios

3.25

Lotes Tratamiento de consolidación de actividad central

3.25

Lotes Tratamiento de consolidación área urbana integral

3.25

Lotes Tratamiento de consolidación de actividad minera

2.10

Lotes Tratamiento de renovación urbana

2.25

Lotes Tratamiento de mejoramiento integral

2.25

Lotes en áreas de manejo especial nacionales

0.22

Lotes en áreas de manejo especial regionales

0.22

Lotes en Santuario Distrital de flora y fauna

0.10

Lotes en Área forestal Distrital

0.22

Lotes en Parque Ecológico Distrital

0.00

Lotes en Parques urbanos

0.00

Lotes en ronda de río o canal

0.00

Lotes en Corredor ecológico de ronda

0.00

Lotes en Corredor ecológico vial

0.00

Lotes en Corredor ecológico del borde

0.00

Lotes en Corredor Ecológico regional

0.00

Lotes en ronda Hidráulica del Río Bogotá

0.00

Lotes en zona de manejo y preservación ambiental del Río Bogotá

0.10

Lotes en áreas reservadas para las plantas de tratamiento de los ríos Fucha y Tunjuelito

0.22

Lotes en áreas de los 130 hectáreas para expansión del relleno sanitario Doña Juana

0.22

Lotes de expansión urbana

0.50

TABLA FACTOR PISOS

USO RESIDENCIAL

Número Pisos

Factor

1

1

2

1

3

1

4

2.021

5

2.352

6

2.682

7

3.013

8

3.344

9

3.674

10

4.005

11

4.335

12

4.666

13

4.997

14

5.327

MAS DE 14

5.327

TABLA FACTOR PISOS USO COMERCIAL

Número Pisos

Factor

1

1

2

1.785

3

2.571

4

2.918

5

3.265

6

3.611

7

3.958

8

4.305

9

4.652

10

4.998

11

5.345

12

5.692

13

6.038

14

6.385

15

6.732

16

7.079

17

7.425

18

7.772

19

8.119

20

8.466

21

8.812

22

9.159

MAS DE 22

9.159

FACTOR GRADO BENEFICIO

SISTEMA DE MOVILIDAD

Grado Beneficio

Factor

MAYOR 1

2.50

MEDIO 2

1.80

MENOR 3

1.30

MÍNIMO 4

1.00

FACTOR GRADO BENEFICIO

SISTEMA DE PARQUES

Grado Beneficio

Factor

MAYOR 1

1.50

MENOR 2

1.00

FACTOR ESTRATO Para predios Residenciales

Estrato

Factor

1

1.0

2

2.5

3

5

4

9

5

14

6

20

TABLA FACTOR GEOECONÓMICO*

para predios No Residenciales

 

RANGO

Valor m2 Terreno (DACD)

 

NIVEL

Mínimo

Máximo

FACTOR

1

$0

$89,000

1.0

2

$89,001

$175,000

2.8

3

$175,001

$350,000

5.4

4

$350,001

$520,000

9.5

5

$520,001

$860,000

14.6

6

MAS DE $860,000

22.4

*Valores a junio 2005, ajustados según el índice del IPC al momento de asignación