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Resolución 007 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/07/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/07/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 007 DE 2025

 

(Julio 18)

 

Por la cual se delega la participación del Despacho del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D.C., en la sesión de la Comisión Intersectorial del Distrito Capital para la Atención e Integración de la población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos que se adelantará el 22 de julio de 2025

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 5 del Decreto Distrital 510 de 2021, modificado por el artículo 17 del Decreto Distrital 600 de 2023 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que: i) el servicio al interés general como objetivo fundamental de la administración pública; ii) la igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, como principios orientadores de la administración pública; iii) la descentralización, delegación y desconcentración, como las formas y mecanismos para el desarrollo de la función pública; iv) la necesaria coordinación de las actuaciones de las autoridades administrativas para lograr la consecución de los fines del Estado Social de Derecho, y v) el control interno en todas las entidades del Estado, en todos sus niveles, el cual se llevará a cabo de conformidad con lo que determine la ley.

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998[1] establece que las autoridades administrativas, conforme lo dispuesto en la Constitución Política y la ley, podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993[2] faculta al/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D.C., para delegar las funciones que le asignen la ley y los acuerdos distritales, en los secretarios, jefes de departamento administrativo, gerentes o directores de entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración, en las juntas administradoras y los alcaldes locales.

 

Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 establece que las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998.

 

Que el artículo 1 del Decreto Distrital 510 de 2021[3] creó la Comisión Intersectorial del Distrito Capital para la Atención e Integración de la población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos, como instancia de concertación de carácter distrital, cuyo objeto es liderar, orientar y articular la formulación y el desarrollo de la estrategia distrital de atención humanitaria de emergencia, asistencia, estabilización e integración para la población refugiada, migrante y retornada de cualquier nacionalidad, en situación de vulnerabilidad, desde una perspectiva de derechos con enfoque de género y diferencial, a través de la promoción del diálogo intercultural y la potenciación de Bogotá como ciudad acogedora, siendo esta la instancia de concertación entre los diferentes sectores involucrados en el proceso de toma de decisiones.

 

Que el artículo 5 del Decreto Distrital 510 de 2021, modificado por el artículo 17 del Decreto Distrital 600 de 2023, señala que: "La Comisión Intersectorial será presidida por el Despacho de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. o su delegado (a), quien deberá promover la articulación de la gestión intersectorial en torno a la atención al fenómeno migratorio en Bogotá. Además de ello, a la Presidencia le corresponderá el desarrollo de las funciones previstas en el artículo 4º de la Resolución No. 233 de 2018, modificada por la Resolución No. 753 de 2020 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá."

 

Que la Comisión Intersectorial del Distrito Capital para la atención e integración de la población proveniente de los flujos migratorios mixtos sesionará el día 22 de julio de 2025 conforme a la convocatoria remitida por la secretaría técnica de dicha instancia, a través de radicados Nos. 1-2025-26722 y 1-2025-26727 del 16 de julio de 2025.

 

Que, teniendo en cuenta lo anterior, se requiere, a través del presente acto, delegar la participación del Despacho de la Alcaldía Mayor de Bogotá en la Comisión Intersectorial del Distrito Capital para la atención e integración de la población proveniente de los flujos migratorios mixtos, que se llevará a cabo el 22 de julio de 2025, en el Secretario General de la Alcaldía Mayor D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:


Artículo 1º. Delegar en el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. la participación del Despacho de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en la sesión de la Comisión Intersectorial del Distrito Capital para la Atención e Integración de la población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos, que se llevará a cabo el día 22 de julio de 2025.

 

Artículo 2º. Comunicar el presente acto al servidor público Miguel Andrés Silva Moyano, quien actualmente desempeña el cargo de Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., al correo electrónico masilva@alcaldiabogota.gov.co, y a la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Distrito Capital para la atención e integración de la población proveniente de los flujos migratorios mixtos, ejercida por la Secretaría Distrital de Gobierno, al correo electrónico radicacionsdg.nivelcentral@gobiernobogota.gov.co y a migración.bogota@gobiernobogota.gov.co, por intermedio de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C..

 

Artículo 3º. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su comunicación.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de julio de 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.


NOTAS DE PIE DE PÁGINA:


[1] “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución política y se dictan otras disposiciones".

[2] "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”

 

[3] "Por medio del cual se crea la Comisión Intersectorial del Distrito Capital para la Atención e Integración de la Población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos, en el marco del Decreto Distrital No. 546 de 2007".