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Decreto 326 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/07/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/07/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 326 DE 2025

 

(Julio 18)

 

Por medio del cual se concede permiso remunerado y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3" Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."

 

Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: "El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos"

 

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: "De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales, alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores, gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente"

 

Que mediante oficio radicado con el No. 1-2025-26807 de 17 de julio de 2025, la señora María del Pilar González Moreno, Subdirectora de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó se le conceda permiso remunerado por el día 21 de julio de 2025 desde las 7:00 a.m. hasta las 2:00 p.m., a la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUIZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría, y se realice el respectivo encargo.

 

Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".

 

Que, de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que la Subdirectora de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, María del Pilar González Moreno, certificó que la servidora pública SANDRA DEL PILAR NARVAEZ CASTILLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.691.902, Tesorero Distrital, Código 091, Grado 08, de la Dirección Distrital de Tesorería de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º-: Conceder permiso remunerado por el día 21 de julio del 2025, a partir de las 7:00 a.m. hasta las 2:00 p.m. a la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUIZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

ARTÍCULO 2º-: Encargar por el día 21 de julio del 2025, a partir de las 7:00 a.m. hasta las 2:00 p.m. a la servidora SANDRA DEL PILAR NARVAEZ CASTILLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.691.902, Tesorero Distrital, Código 091, Grado 08, de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 3º-: Comunicar el contenido del presente Decreto a las servidoras públicas ANA MARÍA CADENA RUIZ y SANDRA DEL PILAR NARVAEZ CASTILLO, a la Secretaría Distrital de Hacienda, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de las servidoras de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos electrónicos

1

ANA MARÍA CADENA RUIZ

amcadena@shd.gov.co

2

SANDRA DEL PILAR NARVAEZ CASTILLO

snarvaez@shd.gov.co.

 

ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de julio del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.