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ACUERDO LOCAL 015 DE 2025
(Julio 17)
Por medio del cual la localidad de Kennedy se une a la conmemoración del Día Mundial para la Prevención del Abuso Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes y se dictan otras disposiciones
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE KENNEDY
En uso de atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Decreto 1421 de 1993.
ACUERDA:
Artículo 1. Objeto. El presente Acuerdo tiene como objetivo que la localidad de Kennedy se sume a la conmemoración del Día Mundial para la Prevención del Abuso Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes. Para ello, se establecerá la entrega de una rendición de cuentas e informe sobre los avances en la implementación de acciones para la prevención del abuso sexual infantil en la localidad. Además, se busca fortalecer las medidas adoptadas por la administración local para prevenir cualquier forma de violencia contra niños, niñas y adolescentes.
Artículo 2. Conmemoración. En el marco de la conmemoración del "Día Mundial para la Prevención del Abuso Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes", la Administración local se une a la conmemoración que se realiza cada año, el 19 de noviembre. También rendirá cuentas del avance de la línea de Política Pública para Prevención al Abuso Sexual y la Explotación sexual de Niños, Niñas y Adolescentes, estrategias y acciones en materia de prevención del abuso sexual infantil en la localidad, en una sesión plenaria en la Junta Administradora Local.
Artículo 3. Actividades locales. En las actividades programadas por la Alcaldía local de Kennedy en el marco de la semana de la juventud, el día internacional de la juventud y el día del niño en Colombia, se realizarán acciones pedagógicas para fomentar la prevención, detección temprana y denuncia de cualquier tipo de violencia, contra niños, niñas y adolescentes a través de dinámicas interactivas y lúdicas, brindando herramientas para identificar situaciones de riesgo y saber cómo actuar ante cualquier tipo de abuso o violencia. se articularán con instituciones educativas que incluyan la primera infancia y Juntas de Acción Comunal de la localidad.
Artículo 4. Comité Interinstitucional para la Prevención del Abuso Sexual de niños, niñas y adolescentes de Kennedy. Créase el Comité Interinstitucional para la Prevención del Abuso Sexual de niños, niñas y adolescentes de Kennedy, como instancia de carácter consultivo y propositivo, encargado de acompañar, evaluar y plantear recomendaciones respecto a las acciones pedagógicas, preventivas y de respuesta institucional frente a las violencias sexuales contra niñas, niños y adolescentes en la localidad, para contribuir a la efectividad de las actividades realizadas.
En el Comité podrán participar:
1. Un delegado de la Alcaldía Local de Kennedy, quien lo presidirá.
2. Un representante de la Junta Administradora Local.
3. Representantes de las Comisarías de Familia con jurisdicción en la localidad.
4. Un delegado de la Subdirección Local para la Integración Social Kennedy.
5. Un delegado de la Dirección Local de Educación.
6. Un representante del Hospital Local.
7. Un delegado de la Policía de Infancia y Adolescencia de la localidad, como invitados.
8. Dos representantes de organizaciones de la sociedad civil con trabajo en infancia y prevención de violencias en la localidad.
9. Un representante de asociaciones de padres de familia o veedurías ciudadanas de la localidad.
10. Un representante del Consejo Local de Juventud de Kennedy.
11. Un delegado de la Secretaría de la Mujer.
12. Un delegado de la zonal del ICBF.
13. Un delegado de la veeduría social.
Parágrafo 1. El Comité se reunirá al menos una vez cada trimestre y tendrá entre sus funciones:
1. Emitir recomendaciones técnicas y de política pública en materia de prevención y atención del abuso sexual infantil.
2. Hacer seguimiento a la implementación de las actividades realizadas en el marco del 19 de noviembre, Dia Internacional de la Prevención del Abuso Sexual Infantil.
3. Sugerir acciones pedagógicas a implementar durante la Semana de la Juventud, el Día Internacional de la Juventud y el Día del Niño.
4. Promover estrategias de articulación interinstitucional y participación ciudadana.
Parágrafo 2. La Alcaldía Local garantizará los medios logísticos para el funcionamiento del Comité, sin que ello implique creación de estructura administrativa o impacto fiscal adicional.
Artículo 5. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de julio del año 2025.
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL KENNEDY
JOHN FERNANDO CASTILLO RAMIREZ
Presidente
LUIS SEBASTIÁN MORENO GONZALEZ
Vicepresidente
CARLOS HUMBERTO OLATA RICO
Segundo Vicepresidente
KARLA TATHYANNA MARÍN OSPINA
Alcaldesa Local de Kennedy
NOTA: Ver norma original en Anexos. |