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Decreto 511 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/10/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8433 del 22 de octubre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 511 DE 2025

 

(Octubre 22)

 

Por el cual se establece la planta de empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y numeral 9º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el numeral 7 del artículo 315(sic) ibidem, señala que son atribuciones del Alcalde,“7.  Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado”.

 

Que el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece como atribución del alcalde mayor la de: "Crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.”.

 

Que mediante el artículo 112 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, se creó la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

Que la planta de empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat, actualmente se encuentra establecida en el Decreto Distrital 458 de 2021.

 

Que la Secretaría Distrital del Hábitat elaboró los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.12.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal con el fin de mejorar el funcionamiento administrativo de la Entidad, determinar las necesidades de personal que requieran cada una de sus dependencias y establecer la nueva estructura organizacional de acuerdo con las políticas, programas y proyectos propios de la Secretaría, concluyendo que es necesario modificar la planta de empleos de la entidad para ajustarse a los cambios propuestos.

 

Que el artículo 2.2.12.1 del Decreto 1083 de 2015, señala que las reformas de las plantas de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán motivarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración y contar con estudios técnicos de análisis de cargas de trabajo e impacto en la modernización que así lo demuestren.

 

Que la Secretaría Distrital del Hábitat, adelantó los estudios técnicos de rediseño y modernización organizacional con el fin de mejorar el funcionamiento administrativo de la Entidad, determinar las necesidades de personal que requieren cada una de sus dependencias y establecer la nueva estructura organizacional de acuerdo con las políticas, programas y proyectos propios de la Secretaría, concluyendo que es necesario modificar la planta de empleos de la Entidad para ajustarse a los cambios propuestos.

 

Que el mencionado Estudio Técnico se realizó bajo los parámetros y lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y el Departamento Administrativo de la Función Pública; como resultado de este y con ocasión de la modificación a la Estructura Organizacional generada por el Rediseño Institucional, se hace necesario la modificación del Decreto Distrital 458 de 2021 “Por medio del cual se modifica la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat”.


Que en concordancia con los lineamientos de orden nacional, definidos para la formalización del empleo público y por el cual se busca dignificar la empleabilidad en el Sector Público, a través de la modificación de la Planta de Empleos la Secretaría Distrital del Hábitat se promueve el proceso de formalización, por el cual se pretende que quienes trabajen para el Estado lo hagan en condiciones de igualdad, con criterios meritocráticos y con vocación de permanencia.

 

Que, en cumplimiento de lo señalado, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, por intermedio de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, mediante radicado SIGA N.° 2-2024-17126 del 6 de junio de 2024, emitió concepto previo en el que determinó la pertinencia de continuar con el proyecto de modificación de la planta de personal y/o de la estructura administrativa de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

Que, mediante oficio DASCD N° 2-2024-12595 del 11 de septiembre de 2024, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital con base en la facultad que le confieren los artículos 6° y 7° del Acuerdo Distrital No. 199 de diciembre de 2005, en concordancia con el artículo 2° del Decreto Distrital No. 580 de octubre 26 de 2017, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional, la planta de empleos y el manual específico de funciones y competencias laborales de la Secretaría.

 

Que, en virtud de algunas modificaciones efectuadas al proyecto normativo de rediseño institucional, la Secretaria Distrital del Hábitat solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital dar un alcance al concepto previo, solicitud que fue atendida mediante oficio DASCD N.° 2-2025-378 del 15 de enero de 2025, en el cual se reitera el carácter técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional, de la planta de empleos y del manual específico de funciones y competencias laborales de ésta Secretaria..

 

Que, mediante oficio 2-2025-12391 del 14 de mayo de 2025, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor a través de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, emitió concepto previo, concluyendo lo siguiente:

 

“Revisados los requisitos del Decreto 062 de 2024 (art. 3) y la Circular 010 de 2024, se aprueba por par/e de esta secretaría la modificación de la estructura de la entidad con la creación de las siguientes oficinas: Tecnología y Transformación Digital, Control Interno, Asesora de Planeación (OAP), Participación y Relacionamiento con la Ciudadanía, Mejoramiento Habitacional, Estructuración de Proyectos y Contratación para la Secretaría Distrital de Hábitat. También se aprueba la ,modificación de la planta de empleos con la creación de 113 empleos en la planta global de la entidad (...)"

 

 Que igualmente, la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda, mediante comunicación 2025EE23609401 del 23 de mayo de 2025, con fundamento en lo establecido en el artículo 9 del Decreto 470 del 2024 y la Resolución SDH-000191 de 2017, teniendo en cuenta el equilibrio macroeconómico y financiero del Distrito Capital y el Decreto 062 de 2024, expidió ci respectivo concepto de viabilidad presupuestal.

 

Que en cumplimiento de los incisos 2 y 3 del artículo 3 del Decreto Distrital 062 del 9 de febrero de 2024 y atendiendo las orientaciones para las Entidades Distritales que lleven a cabo modificaciones en la estructura organizacional y/o en las plantas de personal, contenidas en la Circular No. 010 del 12 de agosto de 2024 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, mediante radicado SIGA 2-2025-46399 de la Secretaria Distrital del Hábitat, se solicitó concepto a la Subsecretaria de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Que, de conformidad con anterior, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable mediante radicado 2-2025-45292 SDP del 21 de agosto de 2025, de la siguiente manera:

 

"Adicionalmente, frente al PDD se destaca la necesidad del fortalecimiento organizacional y de planta para poder cumplir a cabalidad los 9 proyectos de inversión con sus respectivas 17 metas, de 4 objetivos estratégicos y 8 programas, centrados en las temáticas de relacionadas con revitalización urbana, vivienda, informalidad, mejoramiento integral de barrios, servicios públicos y suelo, sobre lo cual .se presentó un análisis de cada uno de estos proyectos con sus principales apuestas e impactos esperados por cada uno de estos.

 

(…) En consecuencia, una vez revisada toda la documentación allegada con los conceptos previos emitidos con sus alcances por la Secretaría General, el DASDC y la Dirección Distrital de Presupuesto de la SDH, esta Secretaría emite concepto de viabilidad para culminar el proceso de rediseño institucional de la Secretara Distrital de Hábitat.”

 

Que, en consecuencia, para el pago de los fines del presente Decreto, existe aprobación y disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales de los funcionarios que sean vinculados en la planta permanente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Suprimir los siguientes empleos de la planta de empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat:

 

N° DE CARGOS

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

NIVEL DIRECTIVO

Catorce (14)

Subdirector Técnico, Financiero, Administrativo

068

05

NIVEL ASESOR

Uno (1)

Asesor

105

05

 

Artículo 2º.- Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital del Hábitat:

 

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

NIVEL DIRECTIVO

Tres (3)

Jefe de Oficina

006

05

Catorce (14)

Director Administrativo o Financiero o Técnico u Operativo

009

05

NIVEL ASESOR

Uno (1)

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

115

07

Uno (1)

Asesor

105

07

PLANTA GLOBAL – NIVEL PROFESIONAL

Diecisiete (17)

Profesional Especializado

222

24

Seis (6)

Profesional Especializado

222

22

Dieciséis (16)

Profesional Universitario

219

18

Seis (6)

Profesional Universitario

219

15

Once (11)

Profesional Universitario

219

12

Dieciocho (18)

Profesional Universitario

219

07

Once (11)

Profesional Universitario

219

01

NIVEL TÉCNICO

Seis (06)

Técnico Administrativo

367

12

Tres (3)

Técnico Administrativo

367

08

Ciento trece (113)

TOTAL EMPLEOS CREADOS

 

Artículo 3º.- La Secretaría Distrital del Hábitat cumplirá sus funciones con la planta de empleos que se establece a continuación:

 

N° DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DE LA SECRETARÍA

Uno (1)

Secretario de Despacho

020

09

Dos (2)

Asesor

105

05

Uno (1)

Asesor

105

07

Cuatro (4)

TOTAL PLANTA DESPACHO

PLANTA GLOBAL

Seis (6)

Subsecretario de Despacho

045

08

Catorce (14)

Director Administrativo o Financiero o Técnico u Operativo

009

05

Cuatro (4)

Jefe de Oficina

006

05

Veinticuatro (24)

TOTAL NIVEL DIRECTIVO

Uno (1)

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

115

07

Uno (1)

Jefe Oficina Asesora de Planeación

115

07

Dos (2)

TOTAL NIVEL ASESOR

Nueve (9)

Profesional Especializado

222

27

Uno (1)

Profesional Especializado

222

25

Cincuenta y dos (52)

Profesional Especializado

222

24

Trece (13)

Profesional Especializado

222

22

Veintiuno (21)

Profesional Universitario

219

18

Once (11)

Profesional Universitario

219

15

Doce (12)

Profesional Universitario

219

12

Diecinueve (19)

Profesional Universitario

219

07

Quince (15)

Profesional Universitario

219

01

Ciento cincuenta y tres (153)

TOTAL NIVEL PROFESIONAL

Diez (10)

Técnico Administrativo

367

12

Siete (7)

Técnico Administrativo

 

367

08

 

Diecisiete (17)

TOTAL NIVEL TÉCNICO

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

20

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

16

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

09

Uno (1)

Auxiliar Administrativo

407

07

Uno (1)

Secretario

440

15

Cinco (5)

Conductor

480

10

Diez (10)

TOTAL NIVEL ASISTENCIAL

TOTAL

Doscientos diez (210) empleos

 

 

Artículo 4º.- La provisión de los cargos creados en el artículo 2° del presente Decreto, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto el 1083 de 2015, y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

Artículo 5º.- Régimen de Transición. – La implementación de los empleos señalados en el artículo 2° del presente Decreto deberá realizarse dentro de un plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente a su publicación. Este proceso se efectuará conforme a lo establecido en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 648 de 2017 y demás normas que regulan el Empleo Público.

 

En el plazo comprendido entre la fecha de expedición de este Acto Administrativo y la formalización de los nuevos empleos, la Secretaría Distrital de Hábitat, a través de las dependencias competentes, adelantará los trámites tendientes a la provisión de los nuevos cargos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

 

Artículo 6º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto Distrital 458 de 2021.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de octubre del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

 

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

 

Secretaria Distrital del Hábitat

 

LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 

Nota: Ver norma original en Anexos.