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Decreto 525 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/10/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 525 DE 2025

 

(Octubre 28)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país

 

EI ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, у

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2.2.5.5.21. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo del Decreto Nacional 648 de 2017, dispone: "(...) El empleado se encuentra en comisión cuando cumple misiones, adelanta estudios, atiende determinadas actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede otorgarse al interior del país o al exterior."

 

Que el inciso segundo del artículo 50 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que "(...) Las comisiones oficiales del Alcalde Mayor serán ordenadas por el propio Alcalde, quien fijará su objeto, duración y costo para el erario. Así mismo, designará el funcionario que deba reemplazarlo".

 

Que el señor Mark Watts, Director Ejecutivo de C40 Cities, extendió invitación al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXX, para asistir al C40 World Mayors Summit 2025, que se llevará a cabo del 3 al 5 de noviembre de 2025, en Río de Janeiro, República Federativa de Brasil.

 

Que mediante memorando electrónico radicado con No. 3-2025-26384 del 14 de octubre de 2025 y correo electrónico de la misma fecha, se solicitó conceder al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, comisión de servicios al exterior del país, desde las 7:30 p.m. del 3 de noviembre hasta el 6 de noviembre de 2025, para participar en el C40 World Mayors Summit 2025 y a su vez asistir al The Earthshot Prize Summit 2025.

 

Que el C40 World Mayors Summit 2025 reunirá a alcaldes, lideres climáticos, empresas, filántropos, inversionistas, científicos, académicos y líderes juveniles de todo el mundo para celebrar las dos últimas décadas de liderazgo decisivo de las ciudades frente a la crisis climática y dar un nuevo impulso a las inminentes negociaciones internacionales sobre el clima. En este año crucial para la acción climática, se debe permanecer unidos para impulsar una acción ambiciosa, inclusiva y acelerada que reduzca las emisiones, proteja la salud de las comunidades y mejore la vida de las personas en todo el mundo.

 

Que la participación del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., en este evento se considera procedente, por cuanto es el jefe de gobierno y de la administración distrital y primera autoridad administrativa de la ciudad; además reviste especial importancia para el Distrito Capital, teniendo en cuenta que ofrece una valiosa oportunidad para conectar con líderes de ciudades afines, así como socios influyentes a nivel mundial y regional, además, brinda una plataforma para mostrar el liderazgo climático de la ciudad en la escena mundial y permitirá compartir los avances de Bogotá en materia de movilidad eléctrica, restauración ecológica, gestión de residuos y planificación urbana sostenible, en línea con las metas del Plan de Desarrollo orientadas a la transición energética, la movilidad sostenible y la adaptación al cambio climático, lo cual se enmarca en el cumplimiento de los objetivos del Plan de Desarrollo Distrital "Bogotá Camina Segura" y de la Estrategia de Internacionalización de Bogotá, estos instrumentos orientan la acción del Gobierno Distrital hacia una ciudad más segura, sostenible, incluyente y conectada con el mundo, fortaleciendo su liderazgo internacional y su capacidad de generar alianzas estratégicas para el desarrollo local.

 

Que el Earthshot Prize, es el reconocimiento ambiental más prestigioso del mundo, e igualmente reúne a lideres globales, instituciones científicas y filantrópicas y gobiernos locales para impulsar proyectos innovadores con impacto ambiental positivo. En esta edición, Bogotá fue seleccionada entre los tres finalistas globales con el proyecto Bogotá Urban Mobility Plan, una distinción que resalta el compromiso del Distrito con la movilidad sostenible, la transición energética justa y la lucha contra el cambio climático. Esta nominación posiciona a la capital colombiana entre las ciudades más innovadoras y comprometidas del planeta en la construcción de soluciones urbanas justas, resilientes y bajas en carbono.

 

Que C40 Cities Climate Leadershp Group (C40 Citiest), organización internacional no gubernamental y sin ánimo de lucro, asumirá tiquetes aéreos de ida y vuelta, alojamiento durante el evento con desayuno incluido y traslados internos.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., viáticos a razón del treinta y tres coma dos por ciento (33,2%) por los días 4 y 5 de noviembre de 2025, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo del Decreto No. 613 de 2025, aplicable en virtud del artículo del Decreto No. 620 de 2025, con cargo al rubro presupuestal 02120202010, descripción "Viáticos de los funcionarios en comisión" según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 62 del 3 de enero de 2025.

 

Que con el propósito que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, asista y participe en los mencionados eventos, se hace necesario conceder comisión de servicios al exterior del país, desde las 7:30 p.m. del 3 de noviembre hasta el 6 de noviembre de 2025, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelos.

 

Que durante el término de la comisión, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tendrá derecho a percibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado por el artículo del Decreto No. 648 de 2017.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º-: Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 534 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente> Conceder comisión de servicios al exterior del país desde las 6:00 p.m. del 31 de octubre de 2025 hasta las 2:00 p.m. del 6 de noviembre de 2025, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXX, para asistir al C40 World Mayors Summit 2025 y The Earthshot Prize Summit 2025, así como a los eventos y reuniones previas, que se llevarán a cabo, del 1 al 5 de noviembre de 2025, en Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil.

 

Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión, el comisionado, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017.

 

Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado, presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, en el formato establecido para tal fin, denominado "4232000-F-1154 informe de comisión", a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.


El texto original era el siguiente:

ARTÍCULO 1º-: Conceder comisión de servicios al exterior del país, desde las 7:30 p.m. del 3 de noviembre hasta el 6 de noviembre de 2025, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXX, para asistir a los eventos C40 World Mayors Summit 2025 y The Earthshot Prize Summit 2025, los cuales se llevarán a cabo del 3 al 5 de noviembre de 2025, en Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil.

Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión, el comisionado, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado, presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, en el formato establecido para tal fin, denominado "4232000-F-1154 informe de comisión", a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 2º-: Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 534 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente> La Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., reconocerá traslados internos aeropuerto hotel por el valor de SESENTA DOLARES ($60USD), y viáticos a razón del cien por ciento (100%) por los días 1 y 3 de noviembre de 2025, del sesenta y seis coma seis por ciento (66,6%) por el día 2 de noviembre de 2025, y del ochenta y tres coma dos por ciento (83,2%) por los días 4 y 5 de noviembre de 2025, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo del Decreto No. 613 de 2025, aplicable en virtud del artículo del Decreto No. 620 de 2025, con cargo al rubro presupuestal O2120202010, descripción "Viáticos de los funcionarios en comisión" según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 62 del 3 de enero de 2025.


El texto original era el siguiente:

ARTÍCULO 2º-: La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., viáticos a razón del treinta y tres coma dos por ciento (33,2%) por los días 4 y 5 de noviembre de 2025, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1º del Decreto No. 613 de 2025, aplicable en virtud del artículo 9º del Decreto No. 620 de 2025, con cargo al rubro presupuestal 02120202010, descripción "Viáticos de los funcionarios en comisión" según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 62 del 3 de enero de 2025.

 

ARTÍCULO 3º-: Comunicar al Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital, a la Subdirección de Servicios Administrativos y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

ARTÍCULO 4°-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de octubre del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.