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DECRETO 554 DE 2025
(Noviembre 10)
Por medio del cual se realiza una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 3 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 17, 63 y 65 del Decreto 714 de 1996, artículo 19 del Acuerdo Distrital 940 de 2024, el artículo 19 del Decreto Distrital 470 de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que los numerales 3º y 4º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá" determina que son atribuciones del Alcalde Mayor, entre otras, "Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito" y "4. Ejercer la potestad reglamentaria, expidiendo los decretos, órdenes y resoluciones necesarios para asegurar la debida ejecución de los acuerdos"
Que el Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", en su artículo 17 consagra que: "[l]os recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría Distrital. (...)". Para este efecto, se trata de una adición presupuestal por donación.
Que de conformidad con el artículo 63 ibídem, cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.
Que el artículo 11 del Decreto Distrital 192 de 2021, "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", establece que para el caso de establecimientos públicos, cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo mencionado en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.
Que así mismo, el parágrafo ídem establece que cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que mediante el Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024 fue expedido el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, el cual, fue liquidado a través del Decreto Distrital 470 del 27 de diciembre de 2024.
Que el artículo 19 del citado acuerdo distrital, replicado en el artículo 19 del Decreto Distrital 470 de 2024, respecto a recursos de cooperación y/o donaciones, indica que "(...) las adiciones presupuestales originadas por recursos de cooperación y/o donaciones deberán incorporarse al presupuesto como donaciones, por decreto del Alcalde Mayor o Alcalde/sa Local según corresponda, previa certificación de su recaudo expedida por el/la Tesorero/a Distrital, salvo que los reglamentos internos de los donantes exijan requisitos diferentes."
Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá suscribió la Carta de Donación N° 154432 de fecha 25 de junio de 2025 con la Fundación Ford, con el objeto de "apoyar la consolidación del espacio de transformación cultural e integración para niños y adolescentes víctimas del conflicto armado, para generar espacios de paz y reconciliación basados en la música".
Que como consecuencia de la suscripción de la mencionada carta, la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB recibió por concepto de donación la suma de CINCUENTA MIL DÓLARES USD$50.000 los cuales corresponden a la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS ($201.304.500) en moneda colombiana, según consta en el recibo de ingreso No. 25990043627 del 14 de julio de 2025, emitido por la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, entidad encargada de la monetización y el recaudo de los recursos, y el oficio emitido por la Oficina de Gestión de Ingresos dando cumplimiento al requisito del artículo 19 del Acuerdo 940 respecto de la certificación de Tesorería Distrital.
Que, la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB, mediante oficio 202501200000311 del 25 de julio de 2025, solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación - SDP concepto favorable respecto a la donación realizada por la Fundación Ford.
Que la Secretaría Distrital de Planeación - SDP mediante oficio 2-2025-41551 del 30 de julio de 2025, emitió concepto favorable a la adición en el presupuesto de inversión de la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB, en cumplimiento del parágrafo del artículo 11 del Decreto Distrital 192 de 2021.
Que la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB, mediante oficio 202502030000121 del 31 de julio de 2025, solicitó a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto bajo radicado 2025ER18999801 del 1º de agosto de 2025, concepto favorable para adición de los recursos derivada de una donación efectuada por la Fundación Ford.
Que la Subdirección de Desarrollo Social de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante Memorando 20251E02070301 del 25 de agosto de 2025 da traslado para continuar el trámite de adición a la Dirección Distrital de Presupuesto - Subdirección de Finanzas Distritales, una vez validada la información remitida por la entidad, en cumplimiento del numeral 3.2.1.2. del Manual Operativo Presupuestal "Adición por donaciones" adoptado a través de la Resolución 191 de 2017 de la Secretaría Distrital de Hacienda, para adición de los recursos derivada de una donación efectuada por la Fundación Ford a la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
Que, al proyecto de inversión 8135 "Consolidación del Programa de Formación Musical Vamos a la Filarmónica", le correspondió la codificación presupuestal O230117330120240170.
Que la citada solicitud de adición de recursos se requiere para apoyar la consolidación del espacio de transformación cultural e integración para niños y adolescentes víctimas del conflicto armado, con el fin de generar espacios de paz y reconciliación basados en la música, recursos que serán adicionados en el proyecto 0230117330120240170 "Consolidación Programa de Formación Musical "Vamos a la Filarmónica" Bogotá D.C."
Que, a través del Acuerdo No. 004 del 16 de septiembre 2025, "Por el cual se aprueba una adición presupuestal al Presupuesto de la Orquesta Filarmónica de Bogotá de la vigencia 2025" la Junta Directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá adicionó el presupuesto de rentas e ingresos y gastos de inversión para la vigencia 2025 en la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS ($201.304.500) incorporados como donación de capital, destinados al proyecto de inversión 8135 "Consolidación del programa de formación musical - Vamos a la filarmónica".
Que, conforme a lo expuesto, se hace necesario adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital - Bogotá de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, correspondiente a la vigencia 2025, por la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS ($201.304.500).
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025, en la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS m/cte ($201.304.500) según el siguiente detalle: 0216 - Orquesta Filarmónica de Bogotá
Artículo 2º.- Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025, en la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($201.304.500), según el siguiente detalle: 0216 - Orquesta Filarmónica de Bogotá
Artículo 3º.- Una vez expedido el presente decreto, la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, incorporará las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal.
Parágrafo. En cumplimiento de las políticas de manejo y control del Programa Anual de Caja (PAC), la Orquesta Filarmónica de Bogotá deberá solicitar el ajuste del PAC a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería, de conformidad con las disposiciones y procedimientos que regulan la materia.
Artículo 4°. La Secretaría Distrital de Hacienda, informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los quince (15) días siguientes a la incorporación de estos recursos.
Parágrafo. La Secretaria Distrital de Hacienda, informará a la Orquesta Filarmónica de Bogotá, dentro de los quince (15) días siguientes a la incorporación de estos recursos para lo correspondiente.
Artículo 5º.- °. El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de noviembre del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
ANA MARÍA CADENA RUÍZ
Secretaria Distrital de Hacienda
Nota: Ver norma original en Anexos. |