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Decreto 560 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/11/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/11/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 560 DE 2025

 

(Noviembre 10)


Dejado sin efectos por el art. 1°, Decreto Distrital 605 de 2025

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país a la Secretaría Distrital de Movilidad y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3° Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."

 

Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de "ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento".

 

Que los señores Britta Lang, Global Manager de Global Road Safety Parntnership y Abdulgafoor M. Bachani, Director de Johns Hopkins International Injury, extendieron invitación a la servidora pública CLAUDIA ANDREA DÍAZ ACOSTA identificada con cédula de ciudadanía No. 53.073.882, quien ocupa el cargo de Secretaría de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital Movilidad para participar como ponente en la próxima cumbre en la "Red de Alumni del Curso Global de Liderazgo en Seguridad Vial (GRSLC): América Latina", que se llevará a cabo del 1º al 5 de diciembre de 2025, en Buenos Aires, República Argentina.

 

Que mediante oficios radicados con Nos. 1-2025-32703 y 1-2025-42816 del 26 de agosto de 2025 y 28 de octubre de 2025, respectivamente, la servidora pública CLAUDIA ANDREA DÍAZ ACOSTA, solicitó se le conceda comisión de servicios al exterior del país por los días 2 y 3 de diciembre de 2025, para asistir y participar en el mencionado evento.

 

Que el propósito de la "Cumbre de la Red de Alumni del Curso Global de Liderazgo en Seguridad Vial (GRSLC): América Latina", es reunir exalumnos del GRSLC de América Latina que continúan trabajando en seguridad vial desde distintos sectores tales como gobierno, investigación, salud, planificación urbana y fiscalización. La Secretaría Distrital de Movilidad participará como ponente dentro de la sesión "Alumni en acción" que se realizará el miércoles 3 de diciembre en horas de la mañana.

 

La participación de la Secretaría de Movilidad en la Cumbre, tiene como objetivo adquirir de primera mano, conocimiento técnico y estratégico sobre políticas y prácticas innovadoras en seguridad vial, liderazgo institucional y sostenibilidad de la movilidad urbana, con el fin de fortalecer los proyectos en curso en Bogotá D.C. En particular esta comisión contribuirá al avance de iniciativas orientadas a la reducción de la siniestralidad, la consolidación de entornos seguros para peatones y ciclistas, la planificación de una movilidad sostenible e inclusiva y la incorporación de herramientas de cooperación internación para la gestión de la seguridad vial.

 

Así mismo, su presencia permitirá fortalecer la relación con actores estratégicos, con miras a identificar alianzas y soluciones replicables que contribuyan a mejorar la eficiencia, sostenibilidad y resiliencia del sistema de movilidad en Bogotá D.C

 

Que en ese sentido, su asistencia se considera procedente toda vez que esta guarda una estrecha relación con el propósito del cargo, establecido en la Resolución No. 92955, Manual Específico de Funciones de la Secretaría Distrital de Movilidad, siendo este el de "Dirigir la formulación de las políticas del Sistema de Movilidad y la articulación con las entidades adscritas y vinculadas con el fin de atender lus necesidades de desplazamiento de pasajeros, carga, tanto vehicular como peatonal y de su expansión al área rural del Distrito Capital, en condiciones de seguridad, sostenibilidad y corresponsabilidad con la ciudad y la región".

 

Que la Global Road Safety Partnership, Organización No Gubernamental sin ánimo de lucro, cubrirá el costo de los gastos de tiquetes aéreos, alimentación, alojamiento y traslados internos, es decir todo lo necesario para la comisión de servicios de la servidora pública.

 

Que, mediante correo electrónico de fecha 17 de septiembre de 2025, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica, recomendó la participación de la Secretaría Distrital de Movilidad en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

Que con el propósito de que la doctora CLAUDIA ANDREA DÍAZ ACOSTA asista al mencionado evento, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país del 30 de noviembre y hasta el 5 de diciembre de 2025, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes.

 

Que durante el término de la comisión, la comisionada tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.


Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)."

 

Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que la servidora pública María Teresa Rodríguez Leal, Directora de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Movilidad, certificó que el servidor público PAULO ANDRÉS RINCÓN GARAY identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.204.155, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Gestión Jurídica de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º-: Conceder comisión de servicios al exterior del país, por los días 2 y 3 de diciembre de 2025, a la servidora pública CLAUDIA ANDREA DÍAZ ACOSTA, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.073.882, Secretaría de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad para participar como ponente en la próxima cumbre de la "Red de Alumni del Curso Global de Liderazgo en Seguridad Vial (GRSLC): América Latina", que se llevará a cabo del 1º al 5 de diciembre de 2025, en Buenos Aires, República Argentina.

 

Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión, la servidora pública CLAUDIA ANDREA DÍAZ ACOSTA, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada deberá presentar ante este Despacho, con copia a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

ARTÍCULO 2º-: Encargar por los días 2 y 3 de diciembre de 2025, al servidor público PAULO ANDRÉS RINCÓN GARAY identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.204, 155, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Gestión Jurídica de la Secretaría Distrital de Movilidad, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 3°: Comunicar a los servidores públicos CLAUDIA ANDREA DÍAZ ACOSTA Y PAULO ANDRES RINCÓN GARAY, a la Secretaría Distrital de Movilidad, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

CLAUDIA ANDREA DÍAZ ACOSTA

cdiaz@movilidadbogota.gov.co

2

PAULO ANDRÉS RINCÓN GARAY

princon@movilidadbogota.gov.co

 

ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de noviembre del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.