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Circular 048 de 2025 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección de Gestión Corporativa

Fecha de Expedición:
18/11/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 048 DE 2025

 

(Noviembre 18)

 

Para: SERVIDORES/AS PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

De: DIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA.

 

Asunto: CONVOCATORIA - APOYO AL FINANCIAMIENTO DE EDUCACIÓN FORMAL PARA LA VIGENCIA 2025

 

Radicado: 3-2025-11622

 

Cordial saludo:

 

El punto 7.2 del Plan de Bienestar e Incentivos 2025 de la Secretaría Jurídica Distrital establece el apoyo a la financiación de la educación formal para los servidores públicos de la entidad, en los siguientes términos:

 

"7.2. Financiación de la educación formal.

 

De conformidad con el Decreto 1083 de 2015, articulo 2.2.10.2, parágrafo 1. "Los programas de educación no formal y formal básica primaria, secundaria y media, o educación superior estarán dirigidos a los empleados públicos. También se podrán beneficiar de estos programas las familias de los empleados públicos, cuando la entidad cuente con recursos apropiados en sus respectivos presupuestos para el efecto."

 

Serán beneficiarios los servidores públicos de la Secretaría Juridica Distrital y sus familias, cuando la entidad cuente con recursos suficientes, en el respectivo presupuesto destinado para el efecto.


Los programas de educación no formal y de educación formal básica primaria, secundaria y media superior, estarán dirigidos a los empleados públicos y sus familias, siempre y cuando existan las apropiaciones destinados para el efecto dentro del presupuesto."

 

La Secretaria Jurídica Distrital cuenta con la asignación presupuestal correspondiente a la suma de TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL PESOS ($31.543.000), para educación formal en apoyo al financiamiento de educación preescolar, básica primaria, básica secundaria y media de funcionarios y funcionarias o de sus hijos e hijas, en el marco de lo señalado en el Plan de Bienestar e Incentivos para la vigencia 2025.

 

Los servidores y servidoras que deseen solicitar el apoyo para la educación formal de pregrado y posgrado deberán solicitarlo directamente en los fondos FRADEC o FEDHE de conformidad con lo enunciado en el artículo 14 del Decreto 062 de 2024, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.:

 

"Articulo 14. Fondos educativos. Las entidades y organismos distritales que tengan asignados recursos para promover la capacitación formal de sus empleados públicos e hijos, en el marco de sus Programas de Bienestar e Incentivos, deberán ejecutar la oferta distrital en el Fondo Educativo en Administración de Recursos para Capacitación Educativa de los Empleados Públicos del Distrito Capital - FRADEC y el Fondo Educativo del Distrito para hijos de empleados FEDHE, para optimizar los recursos y evitar duplicar esfuerzos institucionales destinados a este fin."

 

Así las cosas, se invita a los servidores públicos de la entidad a postularse a nombre propio o para sus hijos o hijas al apoyo al financiamiento de educación formal en los niveles preescolar, básica primaria, básica secundaria y media teniendo en cuenta los siguientes lineamientos:

 

Postulación:

 

Las y los servidores interesados deberán remitir antes del 26 de noviembre de 2025, a la Dirección de Gestión Corporativa, su postulación o la de sus hijos(as), acreditando y allegando los documentos y requisitos descritos a continuación:

 

1. Ser servidor o servidora activa desempeñando funciones en la Secretaria Juridica Distrital.

 

2. Llevar por lo menos un (1) año de servicio continuo en la entidad.

 

3. Aportar el certificado de la entidad educativa en la que conste: nombre de la institución educativa, nombre del estudiante, nivel educativo indicando si es educación preescolar, básica primaria, secundaria o media.

 

4. Recibos de matrícula o pensión pagados, o evidencias del pago de la matrícula o pensión pagados, o certificado de pago emitido por la institución educativa.

 

5. En caso de ser para hijos o hijas, documento que acredite el parentesco como registro civil de nacimiento, registro de adopción o patria potestad actualizada (si aplica).

 

La postulación para el apoyo a la financiación de Educación Formal se deberá realizar mediante memorando electrónico acreditando el cumplimiento de todos los requisitos y todos los documentos deben estar anexos, y debe ser dirigido a la Dirección de Gestión Corporativa desde el 18 de noviembre de 2025 y hasta el 26 de noviembre 2025 a las 4:00 PM.

 

El no cumplimiento de los requisitos o la falta de alguno de los documentos constituirá causal de exclusión y no podrá ser subsanado.

 

a) Verificación de requisitos

 

Posterior a la fecha de cierre, se verificará el cumplimento de todos los requisitos junto con los documentos, se presentarán los resultados al Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

 

b) Comité Institucional de Gestión y Desempeño

 

El Comité Institucional de Gestión y Desempeño será la instancia encargada de disponer la distribución de los recursos y de aprobar la entrega de los recursos a quienes cumplan con los requisitos señalados.

 

Los montos serán definidos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, basado en los criterios internamente dispuestos y acorde con la demanda de solicitudes y la disponibilidad de recursos presupuestales.

 

c) Comunicación y Desembolso

 

Se comunicará la Resolución a todos los beneficiarios y se asignaran los respectivos apoyos aprobados a cada uno de los servidores incluidos en el citado acto administrativo.

 

Atentamente,

 

MARIA FERNANDA QUIJANO VASQUEZ

 

Directora de Gestión Corporativa

 

Proyectó: Pedro Alfonso Mejía Sierra - Profesional Especializado - Dirección de Gestión Corporativa

Aprobó:   Karina Suarez Salcedo - Contratista - Dirección de Gestión Corporativa

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.