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Resolución 001 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
06/01/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 001 DE 2026

 

(Enero 06)

 

Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría Jurídica Distrital y se les asignan funciones

 

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

 

En uso de sus facultades legales, en especial las contenidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 11 del Decreto Nacional 1498 de 2022, el Acuerdo Distrital 638 de 2016, el Decreto Distrital 323 de 2026 y

 

CONSIDERANDO QUE:

 

De conformidad con el Acuerdo Distrital 638 de 2016, la Secretaría Jurídica Distrital fue creada como organismo del Sector Central y como líder del Sector Administrativo de Gestión Jurídica, con la misión de formular, adoptar, ejecutar, liderar, dirigir, coordinar, orientar y evaluar las políticas de gerencia jurídica y de prevención del daño antijurídico, para la defensa de los intereses del Distrito Capital.

 

En ese sentido, la Secretaría Jurídica Distrital actúa como ente rector en los asuntos jurídicos del Distrito Capital y tiene por objeto formular, orientar y coordinar la gerencia jurídica distrital; así como definir, adoptar, coordinar y ejecutar políticas en materia de contratación estatal, gestión judicial y prevención del daño antijurídico, en los términos previstos por la normativa distrital vigente.

 

Así mismo, las funciones asignadas a la Secretaría Jurídica Distrital se encuentran previstas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y sus modificaciones, e incluyen, entre otras, la asistencia y asesoría jurídica al(la) Alcalde(sa) Mayor; la orientación y coordinación de la política de gerencia jurídica y de prevención del daño antijurídico ; la revisión de legalidad de proyectos normativos y de actos del(la) Alcalde(sa); la unificación de doctrina jurídica distrital y la expedición de lineamientos para mantener la unidad de criterio jurídico ; la defensa judicial del Distrito Capital en los asuntos que se determinen ; y el ejercicio de inspección, vigilancia y control sobre entidades sin ánimo de lucro con domicilio en Bogotá, D. C., sin perjuicio de competencias especiales de otras autoridades.

 

Adicionalmente, mediante el Decreto Distrital 479 de 2024 se adoptó el Decreto Único Distrital del Sector Gestión Jurídica, como instrumento de compilación, depuración y simplificación normativa del sector, dentro del cual la Secretaría Jurídica Distrital opera como ente rector.

 

Ahora bien, en materia de organización interna, los incisos 2 y 3 del artículo 115 de la Ley 489 de 1998 prevén que el representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo para atender las necesidades del servicio y asegurar el cumplimiento eficaz y eficiente de los objetivos, políticas y programas; y que, en el acto administrativo respectivo, deberán precisarse las tareas a cumplir, las responsabilidades asignadas y las demás disposiciones necesarias para su funcionamiento.

 

En armonía con lo anterior, el Consejo de Estado, en Concepto 11001-03-06-000-2010-00093-00 (2030) de 2010, precisó que la creación de grupos internos de trabajo constituye una potestad del jefe del organismo, que responde a las necesidades del servicio; que dichos grupos no integran la estructura orgánica de la entidad; y que su creación y disolución se materializan mediante resolución del jefe del organismo respectivo.

 

De otra parte, el artículo 11 del Decreto Nacional 1498 de 2022 reguló el reconocimiento por coordinación para empleados públicos de entidades y organismos distritales a los que se aplica el decreto, cuya planta sea global y que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del jefe del organismo respectivo, reconocimiento equivalente al veinte por ciento (20%) adicional del valor de la asignación básica mensual del empleo desempeñado, durante el tiempo en que se ejerzan tales funciones, sin que dicho valor constituya factor salarial para ningún efecto legal.

 

Así mismo, el parágrafo del artículo 11 estableció como requisitos previos para la creación de los grupos internos de trabajo: (i) la viabilidad presupuestal expedida por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, y (ii) el concepto técnico del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD ; además de fijar que la integración de cada grupo no podrá ser inferior a cuatro (4) empleos públicos y que un mismo empleo no podrá estar asignado simultáneamente a dos grupos.

 

En línea con los mandatos legales descritos, las Directivas Distritales 001 de 2023, 006 de 2023 y 004 de 2024 impartieron lineamientos para la creación, conformación, coordinación y funcionamiento de grupos internos de trabajo en el Distrito Capital, precisando los soportes técnicos, legales y financieros mínimos, así como reglas asociadas a la evaluación del desempeño y a la subordinación funcional; y reiterando que, por no ostentar la condición de servidores públicos, los contratistas no pueden integrar los grupos ni ejercer su coordinación.

 

En el marco de la planta de personal de la entidad, la Secretaría Jurídica Distrital cuenta con ciento setenta (170) empleos permanentes fijados desde su creación mediante el Decreto Distrital 324 de 2016, modificado por el Decreto Distrital 440 de 2016, de los cuales ciento sesenta y cuatro (164) corresponden a planta global y, en consecuencia, pueden asignarse a grupos internos de trabajo conforme a las necesidades del servicio y a la facultad de dirección y organización interna.

 

Con fundamento en lo anterior, la Secretaría Jurídica Distrital elaboró el Documento de Justificación Técnica para la Creación de Grupos Internos de Trabajo, en el que se identificaron los procesos institucionales a fortalecer, la especialización funcional requerida y la distribución de diez (10) grupos internos de trabajo, cinco (5) asociados a procesos misionales, dos (2) asociados a procesos estratégicos y tres (3) asociados a procesos de apoyo, con impacto sobre el cincuenta y ocho por ciento (58%) de los procesos institucionales.

 

En desarrollo del requisito de concepto técnico previo, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD, mediante oficio radicado No. 2-2025-15618 del 15 de octubre de 2025, emitió concepto técnico favorable para la creación de los grupos internos de trabajo en la Secretaría Jurídica Distrital, con base en la justificación técnica presentada por la entidad.

 

Posteriormente, en cumplimiento del parágrafo del artículo 11 del Decreto 1498 de 2022, mediante oficio radicado No. 2-2025-13332 del 30 de octubre de 2025, la Secretaría Jurídica Distrital solicitó a la Secretaría Distrital de Hacienda la viabilidad presupuestal requerida para la creación de los grupos internos de trabajo y el pago del reconocimiento por coordinación asociado a los mismos.

 

Adicionalmente, la Dirección de Gestión Corporativa, mediante constancia expedida el 19 de diciembre de 2025, certificó la existencia de recursos disponibles por valor de trece millones doscientos sesenta y ocho mil seiscientos noventa pesos ($13.268.690) mensuales para la vigencia 2025 y ciento cincuenta y nueve millones doscientos veinticuatro mil doscientos ochenta pesos ($159.224.280) anuales para la vigencia 2026, destinados al reconocimiento por coordinación.

 

En respuesta, la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante Memorando 211000-24/5, radicado No. 2025ER28147101 del 30 de diciembre de 2025, emitió concepto de viabilidad presupuestal favorable para la creación de diez (10) grupos internos de trabajo y el reconocimiento por coordinación ; e indicó que copia del acto administrativo debidamente firmado deberá remitirse, dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición, a la Dirección Distrital de Presupuesto y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD.

 

Por lo tanto, se hace necesario conformar los grupos internos de trabajo y asignarles funciones, determinando las responsabilidades y normas necesarias para su funcionamiento, en atención a las necesidades del servicio y a la finalidad misional de la entidad; precisando que la eventual designación de coordinadores y el reconocimiento asociado solo proceden durante el tiempo en que se ejerzan tales funciones, sin que ello genere derechos de permanencia o estabilidad en la asignación.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. OBJETO Los Grupos Internos de Trabajo creados mediante la presente resolución tienen por objeto fortalecer la gestión institucional, especializar funcionalmente actividades, mejorar la articulación interna y optimizar la prestación del servicio a cargo de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

ARTÍCULO 2. CREACIÓN. Crear en la Secretaría Jurídica Distrital los siguientes Grupos Internos de Trabajo, adscritos a las siguientes dependencias:

 

DEPENDENCIA

DENOMINACIÓN DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO

Dirección Distrital de Gestión Judicial

-       Defensa Judicial

-       Información y Seguimiento Judicial

Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

-       Asuntos Normativos

Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control

-       Inspección y Vigilancia

-       Control

Dirección de Gestión Corporativa

-       Gestión Administrativa

-       Gestión Documental

-       Gestión Contractual

-       Gestión Financiera  

-       Gestión de Talento Humano

 

Parágrafo. Los Grupos Internos de Trabajo creados en la presente resolución no hacen parte de la estructura orgánica de la Secretaría Jurídica Distrital y el representante legal podrá modificarlos de acuerdo con las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO 3. FUNCIONES Los grupos internos de trabajo a que se hace referencia en el artículo segundo de la presente Resolución, desempeñarán las siguientes funciones:

 

3.1 DIRECCIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL

 

Grupo Interno de Trabajo de Defensa Judicial:

 

1.    Organizar y gestionar la representación judicial y extrajudicial de la Secretaría Jurídica Distrital y del Sector Central de la Administración Distrital.

 

2.    Proyectar y revisar las respuestas a las acciones de tutela, requerimientos e incidentes de desacato que se promuevan contra la Secretaría Jurídica Distrital, o aquellas en que se disponga su vinculación, en los términos y condiciones señalados.

 

3.    Proponer estrategias para la unificación de criterios normativos y línea jurisprudencial para la defensa judicial de la Secretaría Jurídica Distrital y del Sector Central de la Administración Distrital.

 

4.    Adelantar el seguimiento y consulta periódica en los despachos judiciales, así como el reporte de términos legales en curso y actualización de la información de los procesos en que tenga interés la Secretaría Jurídica Distrital y del Sector Central de la Administración Distrital.

 

5.    Sustanciar los memoriales dirigidos a los despachos judiciales, conforme con los criterios técnicos definidos y el cumplimiento de las acciones, políticas y medidas encaminadas a la eficaz y eficiente defensa de los intereses judiciales de la Entidad.

 

6.    Proyectar los actos administrativos y documentos que se requieran para ejercer la defensa judicial.

 

7.    Proponer políticas de prevención del daño antijurídico relacionadas con la defensa judicial.

 

8.    Orientar a las dependencias de la Secretaría y entidades u organismos Distritales en los asuntos jurídicos relacionados con la defensa judicial.

 

9.    Realizar las notificaciones que se deriven de los procesos judiciales, extrajudiciales y administrativos.

 

10. Diseñar procedimientos, herramientas y estrategias que soporten la defensa judicial de la Secretaría.

 

11. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

Grupo Interno de Trabajo de Información y Seguimiento Judicial:

 

1.    Diseñar y proponer estrategias, planes y acciones para el cumplimiento de sentencias y conciliaciones.

 

2.    Realizar seguimiento y articulación institucional para el cumplimiento de las sentencias y providencias judiciales, extrajudiciales y administrativas en las cuales sea parte Bogotá, Distrito Capital, y/o la Secretaría Jurídica Distrital y/o Entidad o Secretaría del sector central de la administración Distrital actúe como representante judicial, o establezcan obligaciones a cargo del alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

3.    Proyectar los actos administrativos y documentos requeridos para el cumplimiento de sentencias y providencias judiciales de la Secretaría Jurídica Distrital o por parte del Distrito Capital, o la Alcaldía Mayor y en aquellos asuntos que determine el/la Alcalde/sa Mayor.

 

4.    Administrar los mecanismos y sistemas de información de los procesos judiciales de Bogotá.

 

5.    Orientar a las entidades y organismos distritales en materia de registro de información en el sistema de información de procesos judiciales de Bogotá.

 

6.    Realizar seguimiento para que las entidades y organismos distritales registren la información relacionada con la defensa judicial.

 

7.    Elaborar análisis, informes y estudios relacionados con la información de procesos judiciales de Bogotá.

 

8.    Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

3.2 DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS

 

Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Normativos:

 

1.    Proyectar y realizar la revisión jurídica para consideración del/la Director/a Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos de los pronunciamientos relacionados con los proyectos de acuerdo, proyectos de Ley, proposiciones y anteproyectos de acuerdo, que sean sometidos a análisis del Grupo.

 

2.    Realizar la revisión de legalidad para consideración del/la Director/a Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos de acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, circulares y demás actos administrativos, así como de los convenios interadministrativos, de colaboración y coordinación, de cofinanciación para infraestructura de transporte, cartas de intención, memorandos de entendimiento y las modificaciones de todos estos, que deban ser sancionados y/o suscritos por el/la Alcalde/sa Mayor y/o el/la Secretario/la Jurídico/a Distrital.

 

3.    Proyectar y revisar conceptos u otros documentos de contenido o efecto legal que sean competencia de la Dirección de Asuntos Normativos, para consideración del/la Director/a Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos.

 

4.    Proyectar los decretos, resoluciones, directivas, circulares y demás actos administrativos que sean solicitados por parte del/la Director/a Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, para consideración de este último.

 

5.    Elaborar los conceptos jurídicos que sean solicitados por el/la Director/a Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, según la competencia de la dependencia.

 

6.    Proyectar y revisar los documentos jurídicos mediante los cuales se resuelven los recursos de reposición, apelación, queja y las solicitudes de revocatoria directa contra actos expedidos por el/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá o por el/la Secretario/a Jurídico/a Distrital, para consideración del/la Director/a Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos.

 

7.    Realizar actividades para la coordinación, seguimiento y publicación de la agenda regulatoria del Distrito Capital bajo los lineamientos del/la Director/a Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos.

 

8.    Brindar apoyo jurídico y técnico en el desarrollo de las funciones asignadas a la Secretaría Jurídica Distrital relacionadas con el funcionamiento del Consejo de Gobierno Distrital.

 

9.    Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

3.3 DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL

 

Grupo Interno de Trabajo de Inspección y Vigilancia:

 

1.    Realizar actividades de inspección y vigilancia para las entidades sin ánimo de lucro - ESAL, sujetas a supervisión.

 

2.    Solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro, sujetas a supervisión.

 

3.    Verificar las ESAL en su formación, funcionamiento y en el desarrollo de su objeto social para que se ajusten a la ley y a los estatutos dentro del marco de su función.

 

4.    Adelantar la etapa de averiguación preliminar para ejercer inspección y/o vigilancia a las entidades sin ánimo de lucro - ESAL sujetas a supervisión o a un programa de supervisión especial, y expedir los actos administrativos correspondientes.

 

5.    Realizar requerimientos a las entidades sin ánimo de lucro ESAL sujetas a supervisión especial.

 

6.    Practicar visitas y/o diligencias administrativas a las entidades sin ánimo de lucro ESAL, sujetas a supervisión o a un programa de supervisión especial.

 

7.    Elaborar y expedir las certificaciones de inspección, vigilancia, certificados históricos, y certificados especiales de las entidades sin ánimo de lucro - ESAL.

 

8.    Elaborar y expedir los certificados de Existencia y Representación Legal de las Ligas de Consumidores.

 

9.    Desarrollar actividades de formación y actualización para los diferentes grupos de interés del proceso de inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro - ESAL.

 

10. Notificar y/o comunicar el contenido de requerimientos y autos en el marco de la inspección y vigilancia para las entidades sin ánimo de lucro ESAL sujetas a supervisión o a un programa de supervisión especial.

 

11. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

Grupo Interno de Trabajo de Control:

 

1.    Adelantar las etapas del proceso administrativo sancionatorio para las entidades sin ánimo de lucro - ESAL, sujetas a supervisión.

 

2.    Analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro sujetas a control, y realizar los requerimientos correspondientes a las entidades sin ánimo de lucro - ESAL sujetas a control, en el marco del proceso de control.

 

3.    Practicar visitas y/o diligencias administrativas a las entidades sin ánimo de lucro ESAL, en el marco del proceso de control.

 

4.    Elaborar los actos administrativos de apertura del proceso administrativo sancionatorio.

 

5.    Verificar y analizar la información y documentos aportados por las entidades sin ánimo de lucro ESAL, en la etapa de descargos del proceso administrativo sancionatorio.

 

6.    Elaborar los actos administrativos y adelantar la práctica de pruebas en el marco del proceso administrativo sancionatorio.

 

7.    Proyectar el auto de cierre del periodo probatorio donde se establecen los términos para la presentación de alegatos.

 

8.    Recibir, revisar y analizar los argumentos que las entidades sin ánimo de lucro ESAL presentaron en los alegatos de conclusión, según sea el caso.

 

9.    Proyectar el acto administrativo que resuelve el proceso, de acuerdo con los hechos, las pruebas practicadas y la normatividad vigente.

 

10. Proyectar la respuesta y dar traslado a los recursos de reposición, apelación o queja que se deriven del proceso de control adelantado a las entidades sin ánimo de lucro - ESAL.

 

11. Proyectar y comunicar a la Cámara de Comercio de Bogotá el acto administrativo de constancia de ejecutoria, de los procesos de control.

 

12. Analizar y recomendar los correctivos necesarios a fin de subsanar una situación de orden jurídico, contable, económico, administrativo o de impacto social, como la potestad de imposición de sanciones a las ESAL, buscando garantizar la reinversión de excedentes y el desarrollo de su objeto social.

 

13. Elaborar y expedir las certificaciones de inspección, vigilancia y control, que sean solicitados por entidades públicas en procesos de contratación en el marco de la normatividad vigente.

 

14. Notificar y comunicar el contenido de autos o resoluciones en el marco de la inspección y vigilancia para las entidades sin ánimo de lucro ESAL, sujetas a control.

 

15. Desarrollar actividades de formación y actualización para los diferentes grupos de interés del proceso de inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro - ESAL.

 

16. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

3.4 DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA

 

Grupo Interno de Trabajo de Gestión Administrativa:

 

1.    Coordinar, organizar y monitorear los servicios administrativos necesarios para el funcionamiento de la Secretaría de acuerdo con los lineamientos internos.

 

2.    Administrar, controlar, preservar y llevar el registro de la adquisición, almacenamiento, custodia y distribución de los bienes y servicios que son propiedad de la Secretaría.

 

3.    Administrar el manejo de caja menor de gastos generales, conforme a las normas y los procedimientos establecidos.

 

4.    Dirigir el manejo de los recursos físicos, el almacén y los inventarios de bienes muebles de la entidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

 

5.    Dirigir la custodia, administración y mantenimiento de los bienes inmuebles de la entidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

 

6.    Dirigir, organizar y realizar seguimiento de las actividades relacionadas con el uso de las instalaciones de la Secretaría.

 

7.    Elaborar el programa de seguros para la protección de los activos de la Secretaría y suministrar la información necesaria para tramitar la indemnización por los riesgos amparados.

 

8.    Dirigir la prestación de servicios generales relacionados con arrendamientos, adecuaciones locativas, apoyo logístico, aseo, cafetería y vigilancia de la Secretaría.

 

9.    Dirigir el diseño e implementación del Sistema de Gestión Ambiental de la entidad, de acuerdo con las normas vigentes.

 

10. Administrar la operación del servicio de transporte que requiera el funcionamiento de la Secretaría.

 

11. Coordinar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), que le sean asignadas al proceso.

 

12. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

Grupo Interno de Trabajo de Gestión Documental:

 

1.    Coordinar la planeación, ejecución y seguimiento de la gestión documental y correspondencia de la Secretaría y su memoria institucional, de conformidad con los lineamientos del Archivo General de la Nación y el Archivo de Bogotá D.C.

 

2.    Diseñar lineamientos, procedimientos, herramientas, formatos y demás instrumentos archivísticos que se requieran para el manejo de la gestión documental.

 

3.    Revisar y mantener actualizadas las Tablas de Retención Documental de conformidad con la normativa vigente y los lineamientos impartidos por el Archivo General de la Nación y el Archivo de Bogotá D.C.

 

4.    Brindar orientación y acompañamiento a las áreas de la Secretaría en los procedimientos relacionados con la gestión documental, aplicando la normativa vigente.

 

5.    Realizar seguimiento permanente a la gestión de los terceros que presten servicios de apoyo de gestión documental, conforme a los parámetros establecidos por la Secretaría.

 

6.    Realizar actividades de capacitación y formación relacionadas con los temas de gestión, conservación y restauración documental, en la Secretaría de acuerdo con la normatividad vigente.

 

7.    Desarrollar actividades de conservación preventiva de la documentación, de acuerdo con las condiciones medioambientales y materiales necesarias.

 

8.    Coordinar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, que le sean asignadas al proceso.

 

9.    Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

Grupo Interno de Trabajo de Gestión Contractual:

 

1.    Coordinar los procesos de contratación que se adelanten para el funcionamiento y desarrollo de actividades, proyectos y programas propios de la Secretaría, en sus etapas precontractual, contractual y pos contractual.

 

2.    Orientar a los supervisores de contratos o convenios, en el cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones derivadas de los mismos.

 

3.    Consolidar y hacer seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones de la Secretaría.

 

4.    Organizar y ejecutar las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan en materia de contratación en la entidad.

 

5.    Revisar los estudios previos requeridos para la contratación con base en los insumos del área que desee suplir la necesidad, así como, orientar a las dependencias en la estructuración de los insumos que se requieran.

 

6.    Elaborar los pliegos de condiciones o documentos de invitación para los procesos de contratación que se requieran.

 

7.    Elaborar los contratos, convenios y demás documentos contractuales que requiera la Secretaría, y velar por su perfeccionamiento, legalización, ejecución y liquidación.

 

8.    Proyectar los actos administrativos que se originen con ocasión de la gestión contractual de la Secretaría conforme a los manuales y procedimientos vigentes de la entidad.

 

9.    Brindar apoyo para desarrollar de los procesos administrativos contractuales para la imposición de multas, sanciones e incumplimientos a cargo de la Subsecretaría que se puedan presentar conforme lo indicado por cada supervisor.

 

10. Expedir las certificaciones contractuales, de conformidad con el procedimiento interno.

 

11. Elaborar los documentos jurídicos que en materia de contratación se requieran, así como las respuestas a consultas y el establecimiento de lineamientos e instrucciones para la adecuada gestión contractual de la entidad.

 

12. Mantener actualizados los sistemas de información estatales diseñados para diligenciar, publicitar, registrar y hacer seguimiento de todos los procesos contractuales que adelante la Secretaría.

 

13. Coordinar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, que le sean asignadas al proceso.

 

14. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera:

 

1.    Gestionar las actividades de presupuesto, contabilidad y trámite para la ordenación del pago, que requiera la Entidad para dar cumplimiento a sus compromisos.

 

2.    Gestionar ante la Secretaría Distrital de Hacienda, la ordenación de pago de los compromisos a cargo de la Secretaría.

 

3.    Implementar las políticas contables de conformidad con los lineamientos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda y realizar el seguimiento a su cumplimiento.

 

4.    Elaborar los estados financieros de la Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Contaduría General de la Nación, la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría de Hacienda Distrital y demás órganos de control.

 

5.    Preparar, consolidar y presentar los reportes establecidos por la administración de impuestos nacionales y distritales.

 

6.    Dirigir la elaboración y sustentación del anteproyecto anual del presupuesto de gastos de funcionamiento de la Secretaría Jurídica Distrital; así como sus modificaciones.

 

7.    Consolidar el anteproyecto anual del presupuesto de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

8.    Realizar el seguimiento a la ejecución del presupuesto asignado a la Secretaría Jurídica Distrital.

 

9.    Elaborar los indicadores financieros y organizacionales para los procesos contractuales de la entidad respondiendo a sus observaciones y evaluar las ofertas presentadas por los proponentes.

 

10. Adelantar la gestión de cobro persuasivo de las obligaciones exigibles pendientes de pago a favor de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

11. Consolidar el Plan Anual Mensual de Caja - PAC, así como realizar el seguimiento y modificaciones de acuerdo con los lineamientos y directrices establecidas por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

12. Coordinar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, que le sean asignadas al proceso.

 

13. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Talento Humano:

 

1.    Diseñar, implementar y realizar seguimiento a los planes estratégicos, programas y proyectos para la gestión del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los servidores públicos de la Secretaría, de conformidad con las normas vigentes.

 

2.    Diseñar e implementar los planes y programas de formación, capacitación, bienestar social e incentivos de la Secretaría, de conformidad con las normas vigentes.

 

3.    Planear, gestionar y mantener el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría, siguiendo las políticas institucionales y la normatividad vigente.

 

4.    Realizar la liquidación de la nómina, prestaciones sociales y parafiscales de los servidores públicos de la Secretaría.

 

5.    Elaborar los actos administrativos y demás documentos relacionados con la gestión del talento humano de la Secretaría.

 

6.    Gestionar la aplicación y funcionamiento del sistema de carrera administrativa al interior de la Secretaría, de conformidad con la normativa vigente y los lineamientos emitidos por las entidades competentes.

 

7.    Liderar el desarrollo, aplicación y funcionamiento de los mecanismos de evaluación y valoración del desempeño laboral del personal de la Secretaría.

 

8.    Coordinar y apoyar, en conjunto con la Oficina Asesora de Planeación, la suscripción, seguimiento y evaluación de los acuerdos de gestión, de conformidad con la ley y los lineamientos institucionales.

 

9.    Mantener actualizado el manual específico de funciones y de competencias laborales de la Secretaría, de conformidad con la normativa vigente.

 

10. Administrar y mantener actualizada la información sobre la gestión del talento humano de la Secretaría, en las herramientas dispuestas para tal fin.

 

11. Gestionar el desarrollo de acciones para la organización, trámite y seguimiento de las diferentes modalidades de trabajo para los servidores públicos de la Secretaría.

 

12. Custodiar y mantener actualizadas las historias laborales de los servidores y exservidores públicos de la Secretaría, de acuerdo con la normativa vigente.

 

13. Expedir las certificaciones laborales, de conformidad con el procedimiento interno.

 

14. Liderar las actividades relacionadas con la gestión del cambio, cultura y clima organizacional de la Secretaría.

 

15. Apoyar la implementación de la estrategia de comunicación interna y organizacional en materia de gestión del talento humano, en coordinación con el Despacho del Secretario.

 

16. Coordinar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), que le sean asignadas al proceso.

 

17. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo Interno de Trabajo.

 

ARTÍCULO 4. FUNCIONES TRANSVERSALES. Sin perjuicio de las funciones específicas señaladas, los Grupos Internos de Trabajo desarrollarán, según corresponda, las siguientes funciones transversales:

 

1.    Gestionar las actividades de planeación y seguimiento para los planes y proyectos que se asocien con la gestión del Grupo Interno de Trabajo.

 

2.    Realizar actividades de carácter administrativo y financiero que se requieran para el funcionamiento del Grupo Interno de Trabajo.

 

3.    Realizar las actividades del proceso contractual que se requieran para la gestión del Grupo Interno de Trabajo.

 

4.    Reportar y gestionar las actividades relacionadas con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y el Sistema Integrado de Gestión.

 

5.    Consolidar, registrar y reportar datos, estadísticas, indicadores, informes y reportes que generen las actividades desarrolladas por el Grupo Interno de Trabajo.

 

6.    Elaborar documentos e informes sobre la gestión desarrollada por el Grupo Interno de Trabajo.

 

7.    Mantener actualizados los sistemas de información para garantizar el adecuado funcionamiento del grupo.

 

8.    Dar respuesta y realizar seguimiento a las peticiones, consultas, tutelas, requerimientos y/o cualquier otra solicitud formulados a nivel interno, por los organismos de control, grupos de interés o por la ciudadanía, en asuntos relacionados con la gestión del Grupo.

 

9.    Atender las auditorías realizadas para los temas de calidad, control interno, organismos de control, inspección y vigilancia, y de certificación y seguimiento, y gestionar los planes de mejoramiento que se deriven de las mismas.

 

ARTÍCULO 5. FUNCIONES DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. Las personas a quienes les sean asignadas funciones como coordinadores de Grupos Internos de Trabajo, coordinarán y realizarán seguimiento a las funciones establecidas en el presente acto administrativo para cada Grupo Interno de Trabajo, así como las funciones transversales establecidas en el artículo 4 de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 6. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Gestión Corporativa, para que adelante los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 06 días del mes de enero del año 2026.

 

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

 

Secretario Jurídico Distrital


Nota: Ver norma original en anexos.