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Resolución 037 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
29/01/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/01/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 037 DE 2026

 

(Enero 29)

 

Por la cual se adopta la metodología de evaluación para Gerentes Públicos - Acuerdos de Gestión 4.0, en la Secretaría Jurídica Distrital

 

EL SECRETARIO JURIDICO DISTRITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, conferidas por el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 y en especial las atribuidas en el Decreto 323 de 2016, у

 

CONSIDERANDO QUE:

 

La Ley 909 de 2004[1] señala en el marco de los principios de la función pública, que la responsabilidad de los servidores públicos, sin distinción del tipo de vinculación, deberá concretarse a través de instrumentos de evaluación, con miras a la satisfacción de los intereses generales, la efectiva prestación del servicio y al logro de los fines del Estado.

 

El artículo 47 de la referida norma, establece que los cargos del nivel directivo que conlleven el ejercicio de responsabilidad directiva en la administración pública de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, y son de libre nombramiento y remoción, tienen el carácter de empleos de gerencia pública.

 

La Ley 909 de 2004, en el artículo 48, numerales 5 y 6, señala que "los gerentes públicos están sujetos a la responsabilidad de la gestión, lo que significa que su desempeño será valorado de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia (...)" y que "todos los puestos gerenciales estarán sujetos a un sistema de evaluación de la gestión que se establecerá reglamentariamente".

 

El artículo 2.2.13.1.5 del Decreto 1083 de 2015[2] señala que "La evaluación de la gestión gerencial se realizará con base en los Acuerdos de Gestión, documentos escritos y firmados entre el superior jerárquico y el respectivo gerente público, con fundamento en los planes, programas y proyectos de la entidad para la correspondiente vigencia."

 

De conformidad con el artículo 2.2.13.1.12 ibídem, "El Departamento Administrativo de la Función Pública diseñará una metodología para la elaboración, seguimiento y evaluación de los Acuerdos de Gestión, que podrá ser adoptada por las entidades, o que estas podrán desarrollar una metodología propia, acorde a los parámetros establecidos para la gerencia pública".

 

El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, ha actualizado la metodología de evaluación de los gerentes públicos distritales, así como el aplicativo e instructivos para su implementación, acorde a los lineamientos emitidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el marco de la Gerencia Pública 4.0.

 

Para la implementación de la metodología desarrollada por el Departamento Administrativo del Servicio Civil y el uso del módulo de evaluación Acuerdos de Gestión 4.0, se hace necesaria su adopción por parte de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. ADOPTAR de manera integral la metodología de evaluación para los gerentes públicos de la Secretaría Jurídica Distrital desarrollada por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, Acuerdos de Gestión 4.0, a partir de la vigencia 2026.

 

ARTÍCULO 2°. ORDENAR la implementación de la metodología de evaluación para los gerentes públicos de la Secretaría Jurídica Distrital desarrollada por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, Acuerdos de Gestión 4.0, en la Secretaría Jurídica Distrital.

 

ARTÍCULO 3°. A partir de la adopción de la metodología Acuerdos de Gestión 4.0, la concertación, formalización, seguimiento y evaluación de los gerentes públicos de la Secretaría Jurídica Distrital se realizará ingresando a través de SIDEAP, al módulo Acuerdos de Gestión 4.0.

 

ARTÍCULO 4°. PUBLICAR en la página web de la Secretaría Jurídica Distrital la presente resolución.

 

ARTÍCULO 5°. COMUNICAR el contenido de la presente resolución a los gerentes públicos y sus superiores jerárquicos.

 

ARTÍCULO 6°. Remitir copia de la presente Resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil, como requisito habilitante del Módulo Acuerdos de Gestión 4.0.

 

ARTÍCULO 7°. La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 29 días del mes de enero del año 2026.

 

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

 

Secretario Jurídico Distrital


NOTAS AL PIE DE PÁGINA:  


[1] LEY 909 DE 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones".

[2] DECRETO 1083 DE 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública."


Nota: Ver norma original en Anexos.