RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 642 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/09/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/09/1999
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1986 fechado 20 de septiembre de 1999
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 642 DE 1999

DECRETO 642 DE 1999

(septiembre 17)

 

por el cual se corrigen errores tipográficos en el Decreto 401 de 1999.

 

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el artículo 45 de la Ley 4 de 1913, los numerales 1 y 4 del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993, y el Acuerdo 26 de 1998.

 

CONSIDERANDO:

 

  1. Que el Decreto 401 de 1999, se expidió en ejercicio de las facultades otorgadas por el Acuerdo 26 de 1998 para readecuar y actualizar el procedimiento tributario del Distrito Capital.
  2.  

  3. Que en el Decreto 401 de 1999, existen referencias al Decreto 807 de 1003 y al Decreto 807 de 1998.
  4.  

  5. Que el procedimiento tributario del Distrito Capital está contemplado en el Decreto 401 de 1993, y no en los Decretos 807 de 1003 y 807 de 1998.
  6.  

  7. Que las referencias a los Decretos 807 de 1003 y 807 de 1998 en el Decreto 401 de 1999 constituyen un error de tipo mecanográfico.
  8.  

  9. Que el artículo 45 de la Ley 4 de 1913 contempla que los yerros tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán y deberán ser corregidos por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador.

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- La referencia que en los artículos 19, 34, 47 y 49 del Decreto 401 de 1999 se hace al Decreto 807 de 1003 y Decreto 807 de 1998, deberá entenderse hecha al Decreto 807 de 1993.

 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de su publicación.

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de septiembre de 1999.

 

El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. El Secretario de Hacienda, CARLOS ALBERTO SANDOVAL.

 

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1986 fechado 20 de septiembre de 1999.