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Decreto 28 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/01/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/01/1997
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1332 de enero 15 de 1997
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ARTÍCULO 3

DECRETO 28 DE 1997

(enero 15)

por el cual se modifica la Estructura Orgánica del Departamento Administrativo de Catastro Distrital establecida en el Decreto 760 del 28 de noviembre de 1994; se suprimen, se crean unos cargos y se establece la planta global de cargos y se incorporan a la planta de personal los funcionarios de la entidad.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.,

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 36 numeral 9 y 55 del Decreto 1421 de 1993.

Ver el Acuerdo Distrital 1 de 1981

DECRETA:

CAPÍTULO I

DE LA ESTRUCTURA

Artículo 1º.- Modificado Decreto 42 de 1999 Decía así: Modificar del Decreto 760 del 28 de noviembre de 1994 del Capítulo I, el artículo primero, el cual quedará así: La estructura orgánica del Departamento Administrativo de Catastro será la siguiente:

1. DIRECCIÓN

2. OFICINA CONTROL INTERNO

3. OFICINA JURÍDICA

4. OFICINA PLANEACIÓN

5. DIVISIÓN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

6. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA

6.1. OFICINA CONSERVACIÓN ZONA CENTRO

6.2. OFICINA CONSERVACIÓN ZONA NORTE

6.3. OFICINA CONSERVACIÓN ZONA SUR

6.4. DIVISIÓN CARTOGRAFÍA

6.5. DIVISIÓN FORMACIÓN

7. SUSDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

7.1. OFICINA SISTEMAS Ver Decreto 42 de 1999

7.2. DIVISIÓN RECURSO HUMANO

7.3. DIVISIÓN FINANCIERA

7.4. DIVISIÓN SERVICIOS GENERALES

7.5. DIVISIÓN SERVICIOS AL USUARIO

7.6. DIVISIÓN CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO. Adicionado mediante Decreto 660 de 1999. Suprimido medinte el Decreto 660 de 1999 Decía así:

CAPÍTULO II

DE LAS FUNCIONES

Artículo 2º.- Modificado Decreto 42 de 1999 Modificar del Decreto 760 del 28 de noviembre de 1994 del Capítulo II, el artículo segundo, el cual quedará así: Las Dependencias del Departamento Administrativo de Catastro Distrital tendrán las Siguientes funciones:

1. DIRECCIÓN

Las señaladas en el artículo 5to. del Acuerdo 1 de 1981 del Concejo Distrital y en las demás normas que lo modifiquen, aclaren o complementen. Ver Acuerdo 1 de 1981

2. OFICINA CONTROL INTERNO

  1. Asesorar a la Dirección en la formulación y aplicación del Sistema de Control Interno del Departamento y en el desarrollo de programas de auditoría administrativa - financiera, operativa y de sistemas.
  2. Velar por la redefinición del control interno en la entidad y su inclusión en los manuales de funciones y de procedimientos.
  3. Efectuar la evaluación del control en las diferentes dependencias del Departamento para garantizar la eficiencia, eficacia y economía en todas las operaciones asegurando la continuidad del proceso administrativo y formular las recomendaciones y correctivos necesarios para el cumplimiento de la misión, los objetivos y metas propuestas.
  4. Desarrollar y llevar a cabo programas de auditoría administrativa, financiera, operativa y de sistemas. Presentar las recomendaciones y correctivos del caso.
  5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Departamento y recomendar los ajustes necesarios.
  6. Fomentar en todo el Departamento la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
  7. Velar por el establecimiento y continuidad del sistema de evaluación y control de gestión del Departamento.
  8. Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas y mantener permanentemente informado al Director del Departamento sobre el estado del Control Interno en las dependencias de la entidad.
  9. Implantar y mantener operativa el sistema de evaluación y control de gestión del Departamento, que permita conocer el funcionamiento y situación del mismo y sirva de base objetiva para la toma de decisiones.
  10. Las demás que desarrollen las normas vigentes sobre el ejercicio del Control Interno en las entidades del Estado.
  11. Establecer el autocontrol en su dependencia.

3. OFICINA JURÍDICA

  1. Asesorar jurídicamente al Director en la interpretación y aplicación de disposiciones legales y reglamentarias que regulen la organización y funcionamiento interno del Departamento, así como sobre las consecuencias jurídicas de sus actos
  2. Conceptuar sobre asuntos de carácter legal que se relacionen con la administración y prestación de servicios a cargo del Departamento, ya sean administrativos, civiles, laborales etc.
  3. Atender oportunamente los requerimientos efectuados por la Oficina Jurídica de la Alcaldía Mayor relacionados con la representación judicial y extrajudicial del Distrito.
  4. Sustanciar los recursos que por la vía gubernativa procedan contra las Resoluciones que profiera el Director del Departamento y en general los asuntos de orden jurídico cuya decisión sea competencia del Departamento.
  5. Suministrar al Ministerio Público y a las autoridades que lo soliciten todos los documentos e informaciones necesarios para la defensa de las actividades del Departamento.
  6. Realizar el proceso de contratación administrativa en coordinación con las dependencias ejecutoras de los contratos y efectuar el control y seguimiento de los mismos.
  7. Cumplir con las funciones de Grupo de Control Disciplinario Interno y llevar las investigaciones internas de los funcionarios de la entidad de acuerdo con la Ley 200 de 1995.
  8. Formular, diseñar y controlar la ejecución de los planes y programas para el desarrollo del Plan Estratégico, en el área de su competencia.
  9. Establecer el autocontrol en su dependencia.

4. OFICINA PLANEACIÓN

  1. Fijar los lineamientos generares para la determinación del Plan Estratégico del Departamento.
  2. Asesorar a la Dirección en la determinación de planes, programas y proyectos que debe desarrollar el Departamento en el corto, mediano y largo plazo para el cumplimiento de su misión e inscribir los proyectos factibles en el Banco de proyectos del DAPD.
  3. Diseñar y coordinar el proceso global de planificación en cuanto a los aspectos técnicos, económicos y administrativos del Departamento.

  1. Desarrollar los estudios de factibilidad técnico-económicas de los proyectos sometidos a su consideración, para su inclusión en los planes de desarrollo del Distrito.
  2. Mantener actualizado el plan estratégico corporativo del Departamento, efectuar el seguimiento y preparar informes trimestrales para evaluar la gestión.
  3. Asesorar al Director en la definición y establecimiento de políticas en materia de organización, métodos y procedimientos de trabajo.
  4. Elaborar estudios sobre la simplificación, agilización y modernización de trámites, procedimientos, y demás asuntos relacionados con la gestión, organización y métodos de trabajo.
  5. Elaborar y mantener actualizados los manuales de normas, organización, funciones y atribuciones procedimientos administrativos y de Control Interno promoviendo una evaluación permanente de los mismos en busca de la eficiencia y eficacia en las operaciones de la entidad.
  6. Elaborar informes estadísticos de las diferentes oficinas y efectuar las recomendaciones a la Dirección con el fin de mejorar la gestión y eficacia de la entidad.
  7. Diseñar y aplicar indicadores que permiten establecer niveles de rendimiento y eficiencia en el desarrollo de las funciones a cargo de las distintas dependencias del organismo.
  8. Coordinar la elaboración del proyecto de presupuesto del Departamento.

12. Establecer el autocontrol en su dependencia.

5. DIVISIÓN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

  1. Asesorar al Director en la adopción de las políticas y planes de la entidad.
  2. Realizar estudios e investigaciones relacionados con las actividades inherentes al Departamento.
  3. Presentar a la Dirección planes de mercadeo de los productos y servicios de la entidad.
  4. Realizar estudios económicos y presentar conclusiones y recomendaciones a la Dirección.
  5. Desarrollar nuevos productos y proponer políticas para su mejoramiento y control de calidad.
  6. Efectuar investigaciones sobre clientes, competencias, servicios, publicidad y promoción de productos.
  7. Llevar a cabo investigaciones sobre productividad. eficiencia y mejoramiento de la atención al usuario.
  8. Estudiar, analizar y proponer políticas de precios para la venta de productos o servicios.
  9. Presentar informes periódicos a su jefe inmediato sobre las labores desarrolladas.
  10. Formular, diseñar y controlar la ejecución de los planes y programas para el desarrollo del Plan Estratégico, en el área de su competencia.

11. Establecer el autocontrol en su dependencia.

6. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA

  1. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de formación y su actualización, conservación del Catastro y la Cartografía Distrital.
  2. Mantener interrelación con las Oficinas de Registro e Instrumentos Públicos para el intercambio de información actualizando el archivo catastral.
  3. Elaborar y presentar a la Dirección del Departamento para su aprobación el Plan Estratégico del área Técnica, incluyendo el anteproyecto anual de presupuesto.
  4. Supervisar y controlar el cumplimiento de Plan Estratégico incluido el presupuesto anual.
  5. Dirigir y controlar la organización y funcionamiento de la Planoteca del Departamento.
  6. Realizar comités técnicos con las oficinas a su cargo y presentar ante el Director los informes correspondientes.
  7. Las demás que le señalen las normas, reglamentos y expresamente el Director del Departamento.
  8. Establecer el autocontrol en su dependencia.

6.1 OFICINA CONSERVACIÓN ZONA CENTRO

6.2 OFICINA CONSERVACIÓN ZONA NORTE

6.3 OFICINA CONSERVACIÓN ZONA SUR

  1. La Conservación en el Departamento Administrativo de Catastro Distrital se desconcentra en tres (3) zonas a saber: Zona Centro, Norte y Sur.
  2. La Jurisdicción de cada una de las zonas es la siguiente:

Zona Centro: Desde la calle primera (1ª) incluido solamente el costado norte, nomenclatura par, hasta la calle 100 incluido solamente el costado sur, nomenclatura impar. Desde el límite oriental del Distrito Capital, hasta el límite occidental.

Zona Norte: Desde la calle 100, incluido el costado norte, nomenclatura par, hasta el límite del Distrito Capital. Desde el limite oriental hasta el limite occidental del Distrito Capital.

Zona Sur: Desde la calle primera (1ª), incluído solamente el costado sur, nomenclatura impar, hasta donde termina el límite del Distrito capital (colindante con el departamento del Huila). Desde el límite oriental hasta el límite occidental del Distrito Capital.

  1. Los jefes de cada zona, son competentes para expedir en primera instancia las resoluciones de revisión de avalúo, el recurso de reposición que contra las mismas se presente y la admisión o inadmisión de los autovalúos de que trata el artículo 13 de la Ley 14 de 1983 en el territorio de su zona.
  2. Velar por la actualización de los documentos catastrales de acuerdo con los cambios que experimente la propiedad raíz de conformidad a los reglamentos y procedimientos en el Distrito Capital, así como su actualización cartográfica.

  1. Mutación de Primera, evaluar la documentación aportada y efectuar las correspondientes modificaciones de los archivos del Departamento en el aspecto jurídico de los predios.
  2. Mutación de Segunda, evaluar la documentación aportada y efectuar las correspondientes modificaciones de los archivos del Departamento en el aspecto físico, jurídico económico.
  3. Mutación de Tercera, evaluar la documentación aportada y efectuar las correspondientes modificaciones de los archivos del Departamento en los aspectos físico y económico.
  4. Mutación de Cuarta, evaluar la documentación aportada y. cuando haya lugar efectuar las correspondientes modificaciones de los archivos del Departamento en los aspectos físico, económico y jurídico.
  5. Mutación de Quinta, efectuar la incorporación de los predios omitidos en el proceso de la formación o de actualización.

  1. Expedir las certificaciones que determine la entidad con base en los archivos catastrales.
  2. Asignar los identificadores prediales a nivel predio, previa localización en la manzana catastral.
  3. Realizar las visitas a terrenos en forma integral, en la cual se deben: localizar el predio, tomar las medidas de áreas de terreno y construcción, calificar y obtener los datos jurídicos cuando se requiera.
  4. Efectuar el intercambio de información de los predios en la zona de influencia, con la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.
  5. Recibir, estudiar y resolver las peticiones, reclamos y recursos que se presenten en el área de influencia de conformidad con las normas y reglamentos vigentes
  6. Presentar informes periódicos a su jefe inmediato sobre las labores desarrolladas por su dependencia .
  7. Evaluar los informes de los funcionarios a cargo y rendir conceptos consolidados al superior inmediato. Con sugerencias de las acciones que se han de seguir cuando fuere el caso.
  8. Responder ante las instancias del Departamento por la buena calidad, confiabilidad y veracidad de la información.
  9. Formular, diseñar y controlar la ejecución de los planes y programas para el desarrollo del Plan estratégico en el área de su competencia.
  10. Establecer el autocontrol en su dependencia.

6.4 DIVISIÓN CARTOGRAFÍA

  1. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de actualización cartográfica del Distrito Capital.
  2. Mantener actualizada la cartografía del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y fijar oficialmente la nomenclatura vial y domiciliaria de los predios.

  1. Dirigir, coordinar y controlar el proceso de implantación y uso del mapa digital.
  2. Coordinar y supervisar los convenios del Departamento para la comercialización del Plano Digital. Ver Concepto Secretaría General 33 de 2002
  3. Planear, dirigir, coordinar y controlar el Sistema de Información Geográfica del Departamento.
  4. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de actualización cartográfica y velar porque sean atendidas eficaz y oportunamente las solicitudes de los peticionarios.
  5. Vigilar la producción de informes y documentación de actualización cartográfica del Distrito.
  6. Realizar las gestiones pertinentes y actuar coordinadamente con las entidades distritales para el mejor aprovechamiento del mapa digital y del sistema integrado de información geográfica del Distrito
  7. Ejercer la interventoría de las actividades del área que estén bajo su control.
  8. Elaborar y presentar los planes y programas para el desarrollo del Plan Estratégico sobre las labores desarrolladas en el área de su competencia.
  9. Establecer el aurtocontrol en su dependencia.

6.5 DIVISIÓN FORMACIÓN

  1. Realizar el proceso de formación y actualización de la formación en los aspectos físicos, jurídicos y económicos de los predios de Santa Fe de Bogotá mediante el reconocimiento predial.
  2. Determinar los estudios económicos mediante la definición de zonas homogéneas físicas y zonas homogéneas económicas y determinar la tipificación de las construcciones para configurar modelos econométricos de acuerdo a los destinos económicos.
  3. Llevar a cabo actividades correspondientes a determinar los Avalúos Administrativos solicitados por las diferentes entidades del Estado, de predios ubicados en el Distrito Capital y otros avalúos de conformidad con las normas legales vigentes.
  4. Planificar, dirigir, coordinar y controlar las operaciones de la formación y actualización de la formación, rindiendo informes periódicos a la Subdirección Técnica de la entidad.
  5. Elaborar y presentar los planes y programas para el desarrollo del Plan Estratégico en el área de su competencia.
  6. Establecer el autocontrol en su dependencia.

7. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

  1. Planear, dirigir, supervisar y controlar los programas de las dependencias a su cargo.
  2. Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las políticas y de los procesos relacionados con las Divisiones de Recurso Humano, Servicio al Usuario, Servicios Generales, Financiera, centro de Documentación y la Oficina de Sistemas.
  3. Elaborar y presentar a la Dirección del Departamento para su aprobación los planes y programas del Plan estratégico del área administrativa incluyendo el anteproyecto anual de presupuesto.
  4. Tramitar las peticiones y expedir concepto relacionados con el área administrativa.
  5. Supervisar y controlar el cumplimiento del Plan Estratégico incluido el presupuesto anual.
  6. Las demás que le señalen las normas, reglamentos y expresamente el director del Departamento.
  7. Establecer el autocontrol en su dependencia.

  1. Oficina Asesora de Control Disciplinario Funciones. Ver Decreto 660 de 1999

7.1 OFICINA SISTEMAS

  1. Asesorar al Departamento en la definición y establecimiento de políticas en sistemas de información y procesamiento de datos.
  2. Elaborar y presentar los planes y programas para el desarrollo del Plan estratégico a la Subdirección Administrativa.
  3. Elaborar y mantener actualizado el plan estratégico de sistemas, preparar los planes operativos anuales, evaluar y controlar su cumplimiento.
  4. Efectuar directamente o a través de terceros, el desarrollo de las aplicaciones computacionales que requiera el Departamento.

  1. Coordinar con las diferentes entidades el uso de aplicaciones y preparar los convenios requeridos para firma del Director y controlar su cumplimiento.
  2. Velar por el uso adecuado y mantenimiento de los equipos de computo de propiedad del Departamento.
  3. Asistir y dar soporte técnico a las diferentes áreas del Departamento en sistemas de información y procesamiento automático de datos y la capacitación que sea necesarias sobre las aplicaciones que el Departamento requiera.
  4. Establecer el autocontrol en su dependencia. Ver Decreto 42 de 1999 Adicionada Oficina del Sistema de División Redes y Comunicaciones. Funciones.

7.2 DIVISIÓN RECURSO HUMANO

  1. Elaborar y presentar los planes y programas para el desarrollo del Plan estratégico en el área de su competencia.
  2. Presentar ante la Subdirección Administrativa el programa de capacitación de personal.
  3. Organizar y mantener actualizado los registros de la planta de personal.
  4. Organizar y realizar las actividades de Bienestar Social para los funcionarios del Departamento.
  5. Actualizar la nómina de acuerdo a las novedades de los funcionarios.
  6. Llevar el control del horario de los funcionarios.
  7. Inscribir a los funcionarios de acuerdo a la autorización dada por los mismos a los fondos de pensión o seguro social e igualmente a los fondos de cesantías.
  8. Cumplir las normas de carrera administrativa.
  9. Establecer el autocontrol en su dependencia.

7.3 DIVISIÓN FINANCIERA

  1. Llevar el registro en libros de las operaciones financieras y contables de la entidad, debidamente soportadas.
  2. Mantener actualizado los registros de las operaciones contables para presentar estados financieros oportunos, confiables y veraces.
  3. Asesorar al Director en el aspecto financiera de la entidad.
  4. Dar cumplimiento a las políticas, fijadas por la Administración Central y el Contador Distrital en la programación, agrupación y control contable y financiero de la entidad.
  5. Conocer y mantener actualizado el archivo sobre las normas contables que se expidan y aplicarlas estrictamente.
  6. Efectuar balances financieros periódicos que reflejen las actividades desarrolladas por el Departamento.
  7. Elaborar y presentar a la Dirección para su aprobación el presupuesto del Departamento y controlar la ejecución y cumplimiento del mismo.
  8. Elaborar y presentar los planes y programas para el desarrollo del Plan Estratégico en el área de su competencia.
  9. Establecer el autocontrol en su dependencia.

7.4 DIVISIÓN SERVICIOS GENERALES

  1. Manejar los recursos técnicos y administrativos que le sean asignados y responder por su utilización.
  2. Preparar el programa anual de compras y presentarlo a la Subdirección Administrativa para su aprobación.
  3. Efectuar la ejecución de las compras, la distribución y almacenamiento de los insumos, elementos y equipos necesarios para el trabajo de cada dependencia.
  4. Organizar y ejecutar actividades, relacionadas con el manejo de inventarios, adquisiciones y suministros.
  5. Administrar los recursos de transporte vehicular y su mantenimiento.
  6. Controlar el cumplimiento de los contratos de mantenimiento de equipos del Departamento.
  7. Tramitar cotizaciones y contratos referentes a la compra de los elementos que sean necesarios para el Departamento.
  8. Supervisar las reparaciones de muebles y equipos oficina.

  1. Planear, dirigir, coordinar y controlar los diferentes servicios de vigilancia, aseo, cafetería y correspondencia.
  2. Elaborar y presentar los planes y programas para el Desarrollo del Plan estratégico en el área de su competencia.
  3. Establecer el autocontrol en su dependencia.

7.5 DIVISIÓN SERVICIO AL USUARIO

  1. Recepcionar las solicitudes que el usuario trámite ante e1 Departamento.
  2. Orientar e informar al usuario sobre los trámites presentados ante la entidad.
  3. Recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos que presente el usuario y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.
  4. Efectuar la entrega de documentos al usuario y establecer los mecanismos de publicidad para efectuar su entrega.
  5. Establecer los procedimientos que lleven a una prestación de servicios eficaz y ágil.
  6. Realizar los trámites directos que la entidad establezca de respuesta inmediata.
  7. Llevar el control de la información recepcionada en las radicaciones y la verificación de su debido enrutamiento.
  8. Realizar las estadísticas por tipo de trámite y oficina enrutada, presentando informes diarios a la Subdirección Administrativa, incluyendo el control de calidad efectuado a la respuesta del usuario.
  9. Formular, diseñar y controlar la ejecución de los planes y programas para el desarrollo del Plan Estratégico en el área de su competencia.
  10. Realizar las pautas de control a las funciones desarrolladas por los funcionarios y trámites, estableciendo el autocontrol requerido.

7.6 DIVISIÓN CENTRO DE DOCUMENTACIÓN

  1. Recopilar las normas, documentos y publicaciones relacionadas con la entidad.
  2. Ser un Centro activo de información y documentación a disposición de toda la entidad y de los particulares.
  3. Establecer el procedimiento interno para controlar el manejo del archivo catastral.
  4. Coordinar, vigilar y controlar el movimiento de todos los documentos existentes en el centro de documentación.
  5. Satisfacer eficazmente las exigencias de consulta a todas las personas que lo requieran de manera funcional con exactitud, estableciendo los controles de seguridad requeridos.
  6. Mantener y velar por la organización del archivo de la cédula catastral y documental de la entidad.
  7. Expedirle copia o fotocopia a quien lo solicite, de acuerdo a las normas legales vigentes.
  8. Proponer a la Subdirección Administrativa mecanismos para la conservación, manejo y consulta de los documentos del centro de Documentación.
  9. Presentar informes periódicos al jefe inmediato sobre la labor desarrollada.
  10. Responder ante las instancias del Departamento por la buena calidad, confiabilidad y veracidad de la información.
  11. Formular, diseñar y controlar la ejecución de los planes y programas para el desarrollo del Plan Estratégico en el área de su competencia.
  12. Establecer el autocontrol en su dependencia.

ARTÍCULO 3. Suprimir los siguientes cargos:

PARÁGRAFO ÚNICO. Por la supresión de cargos se causará las indemnizaciones a que hubiese lugar en los términos de ley. En todo caso para obtener el pago de la indemnización el empleado no debe tener causado el derecho a pensión de jubilación, de vejez o invalidez conforme con el decreto 1223 de 1993.

ARTICULO 4. Creanse los siguientes cargos:

ARTICULO 5. Adoptase la siguiente Planta Global de Cargos del Departamento Administrativo de Catastro Distrital adscrita a la Dirección de la entidad así:

ARTICULO 6. De acuerdo al artículo anterior incorpórese a la planta de personal del Departamento Administrativo de Catastro Distrital, los siguientes funcionarios actualmente vinculados a la entidad así:

ARTÍCULO 7. Los gastos que ocasione el presente Decreto se harán con cargo al rubro 12431 de Gastos de Funcionamiento y las indemnizaciones según disponibilidad 0002 de enero 10 de 1997 expedida por la Secretaría de Hacienda según rubro 111023310646296033 de Apoyo Institucional para la Legitimidad Institucional Actividad Ejecutora - Reestructuración Administrativa Distrital.

ARTÍCULO 8. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 15 de enero de 1997.

La Alcaldesa Mayor (e), ALICIA EUGENIA SILVA,

El Secretario de Hacienda (e), HENRY RODRÍGUEZ SOSA.

La Directora DASCD, SONIA VANIN NIETO,

El Director del DACD, ALEJANDRO ROJAS MOGOLLON.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1332 de enero 15 de 1997.

Los cuadros de este Decreto pueden ser consultados en el Registro Distrital o en la oficina de Decretos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.