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CIRCULAR 050 DE 2006 (Noviembre 08) Derogada por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011
Cordial saludo: Como es de su conocimiento de acuerdo con lo establecido en el Decreto 284 de 2004 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, se hace imperativa la implementación del Sistema Distrital de Información Disciplinaria en todas las entidades distritales en las que es aplicable el Código Disciplinario Único y radica en cabeza de esta Entidad, a través de la Oficina de Control Disciplinario Interno, la obligación de realizar el seguimiento necesario para el cumplimiento de dicha meta. En tal virtud, les informo que para tener una operatividad óptima del Sistema, teniendo en cuenta las innovaciones técnicas y tecnológicas, tal y como se anunció al momento de indicarles la hora cero para la implementación del mismo, se debe cumplir con unos determinados requisitos tecnológicos, por lo que los equipos de cómputo de todos los servidores del área de control disciplinario Interno deben cumplir, como mínimo, con las siguientes especificaciones: WINDOWS 2000 o XP Procesador de 1.4 Ghz Memoria RAM de 228 Mb Internet Explorer 6.0 con sus actualizaciones Acceso permanente a Internet Es importante tener en cuenta que en el evento de experimentar fallas en el acceso a la página del Sistema Distrital de Información Disciplinaria a través de la página de la Alcaldía Mayor, podrán hacerlo directamente a través de la siguiente dirección de Internet: http://www.alcaldiabogota.gov.co/SID3/portal/index.jsp#0 De otra parte, es importante anotar que en la Comisión Distrital de Sistemas se avanza conjuntamente con el Concejo de la ciudad en la elaboración de un proyecto de acuerdo tendiente a fomentar el ingreso de "Software Libre" en las entidades distritales, como herramienta informática adicional a las ya existentes. A pesar de lo cual, mientras no se expida formalmente el acuerdo en mención, es indispensable que no se realice ningún cambio en este sentido en los equipos de cómputo destinados al diligenciamiento del "Sistema Distrital de Información Disciplinaria". En la actualidad se adelantan los trámites pertinentes para la adecuación de la plataforma de nuestro sistema para que a futuro pueda implementarse sin contratiempo en cualquiera de las modalidades de software libre. Para los fines pertinentes, el Manual del Usuario del Sistema, debidamente actualizado, estará a disposición de los operadores disciplinarios y visitantes de la página, a partir del treinta (30) de noviembre de dos mil seis (2006). Finalmente les informo que con el objeto de dar cumplimiento al Decreto mencionado, la Oficina de Control Disciplinario Interno continuará practicando visitas de comprobación respecto del cumplimiento de las condiciones de los equipos de cómputo de los usuarios, de los accesos de Internet y de la utilización y actualización permanente del sistema, debiéndose reportar al terminar la presente vigencia un cumplimiento total en el proceso de implementación, actividad por la cual debe responder la Dirección de cada entidad distrital. Atentamente, ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General |