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ACUERDO LOCAL 006 DE 2007 (Noviembre 16) Modificado por el Acuerdo Local 003 de 2014 Por medio del cual se crea el Consejo Local del Adulto Mayor de Usaquén. LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USAQUÉN En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por el decreto ley 1421 de 1993, acuerdo local 002 de 2.003 reglamento interno y en general por las demás normas concordantes y, CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 1421 de 1.993 en su artículo 76. Establece: "Proyectos de Acuerdo. Pueden presentar proyectos de acuerdo local los ediles, el correspondiente alcalde y las organizaciones cívicas, sociales y comunitarias que tengan sede en la respectiva localidad. También los ciudadanos conforme a la respectiva ley estatutaria". Que son las personas adultas mayores a quienes debemos las enseñanzas, experiencias, y en especial el respeto por las costumbres y actividades que hicieron posible el desarrollo de nuestras familias y la sociedad, por lo que debemos retribuirles de alguna forma lo que hicieron por nosotros. Que es necesario trazar derroteros claros en la promoción de los proyectos que propendan por una mejor calidad de vida de los adultos mayores en la localidad de Usaquén, en las políticas con diferentes actividades deportivas, lúdicas, y culturales en favor de ellos. Que es necesario para una mejor calidad de vida fortalecer los grupos de los adultos mayores en todas las UPZ de la localidad, en sus barrios y en los conjuntos residenciales por intermedio de la Junta Administradora Local, la Alcaldía Local y las Juntas de Acción Comunal, brindando y promoviendo en los escenarios comunales y lúdicos de la localidad. Que se considera necesario para el crecimiento de calidad de vida, intelectual, cognitiva y física de las personas mayores adultas de la localidad, brindar por parte de las autoridades locales, el respaldo, apoyo con herramientas para ejecutar los programas de fortalecimiento de los adultos mayores de la localidad de Usaquén para colaborar y propender políticas que se encarguen de personas adultas mayores dirigiendo programas a favor de estos. Que se hace necesario, la creación del Consejo Local del Adulto Mayor de Usaquén, para brindar mayor espacio y participación en los diferentes programas enmarcados dentro del plan de desarrollo Distrital y Local. ACUERDA: Artículo 1°. Créase el Consejo Local del Adulto mayor en la localidad de Usaquén. Artículo 2°. El Consejo Local del adulto Mayor tiene como misión acompañar las políticas públicas locales y Distritales en la localidad y los demás temas que se relacionen. Artículo 3°. El Consejo Local del adulto Mayor será una organización que privilegia la participación comunitaria comprometida en la búsqueda de promoción y actividades de desarrollo para personas adultas mayores, teniendo en cuenta la diversidad de estrato social, genero, religión y cultura dentro del territorio de la localidad de Usaquén. Artículo 4°. El Consejo Local del Adulto mayor estará integrado por: Miembros permanentes e invitados especiales: Serán Miembros permanentes: 1. El Alcalde local o su delegado. 2. Un Edil de la Junta Administradora Local. 3. Un representante de cada una de las UPZ de la localidad, elegido democráticamente por los grupos de los adultos mayores existentes en cada una de ellas mayores de 55 años. Reglamentado por el Decreto Local 01 de 2008 4. El Subdirector local para la integración social o su delegado. 5. El Gerente del hospital de Usaquén o su delegado. 6. Un representante delegado del CADEL (Consideramos necesario que el CADEL esté dentro de los miembros permanentes por los proyectos de capacitación y validación del bachillerato para el adulto mayor que se manejan desde la localidad de Usaquén) 7. Un representante delegado del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal. (IDPAC) 8. El coordinador local del SENA o su delegado. 9. El Coordinador zonal del Instituto colombiano de Bienestar Familiar o su delegado. 10. El representante del IPES Serán invitados especiales: 1. Un representante de la Policía Nacional - comando E1 de Usaquén. 2. Un representante del Ejercito Nacional, y, 3. Las personas naturales o jurídicas que el consejo local del adulto mayor considere pertinente. Los invitados especiales tendrán voz pero no voto. Artículo 5°. El Consejo Local del Adulto Mayor, se reunirá ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando sea necesario. Artículo 6°. La duración de cada periodo del consejo local del Adulto mayor será de dos años. Artículo 7°. FUNCIONES. El Consejo Local del adulto Mayor tendrá las siguientes funciones: 1. Presentar propuestas al Consejo Local de Planeación sobre los temas de su interés para la elaboración del Plan de Desarrollo Local de Usaquén. 2. Coordinar acciones con las instituciones locales distritales y nacionales en temas de su naturaleza. 3. Asesorar a cualquier ciudadano en la presentación de los proyectos de su interés en la localidad. 4. Gestionar recursos públicos o privados nacionales e internacionales para impulsar y desarrollar los programas sociales y recreativos de su interés en la localidad. 5. El consejo local del adulto mayor actualizará el censo de los adultos mayores en la localidad así como el de los que se beneficien con los programas del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén y los del orden distrital, siendo veedores de los diferentes proyectos. PARÁGRAFO. El Consejo Local del Adulto Mayor reglamentará su funcionamiento. Artículo 8°. La Alcaldía Local de Usaquén dentro de los dos (2) meses de sanción del presente acuerdo, reglamentará la elección de un representante de los adultos mayores de 55 años por UPZ, de conformidad a lo establecido en el artículo 4, numeral 3 del presente acuerdo. Artículo 9°. El presente acuerdo rige a partir de su sanción y publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Expedido en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de noviembre de 2007 Aprobado en primer debate el día 18 de septiembre de 2007 Aprobado en segundo debate el día 20 de septiembre de 2007 Objeciones aprobadas el día 22 de octubre de 2007 comisión de Bienestar Social y Salud. Coautor: ORLANDO AMOROCHO CHACÓN Ponentes: LUIS ALFONSO VILLAMIL ponencia POSITIVA ÓMAR ALFREDO CÁRDENAS ponencia SUSTITUTIVA OLGA LUCÍA SERRANO FALLA Presidente JAL ANA MARÍA PAREDES Presidente Comisión Bienestar Social y Salud MARTHA EUGENIA BOTERO TERREROS Alcaldesa Local de Usaquén NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3876 de noviembre 19 de 2007. |